Nota de Presentación de Cartas Credenciales SN

Fijación de precios del gas licuado de petróleo

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2018-03-28
Publicada en
Gaceta No. 33 Ordinaria de 2018 (2018-11-21)
Páginas
43–45
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Texto íntegro

GOC-2018-694-O33 RESOLUCIÓN No. 70/2018

POR CUANTO: Mediante el Decreto Ley No. 301, de fecha 9 de octubre de 2012, se crea el Ministerio de Energía y Minas como organismo de la Administración Central del Es-tado encargado de proponer y, una vez aprobadas, dirigir y controlar las políticas del Estado y el Gobierno en los sectores energético, geológico y minero del país.

POR CUANTO: La Resolución No. 265, de fecha 6 de junio de 2014, dictada por la ministra de Finanzas y Precios, faculta al que resuelve para formar, fijar y modificar los precios del gas licuado de petróleo (GLP) con destino a las entidades autofinanciadas, así como la tarifa de servicios de suministro a las entidades no autofinanciadas, correspondiente a dicho servicio.

POR CUANTO: La Resolución No. 157, de fecha 28 de diciembre de 2017, dictada por el que resuelve, fijó la lista de precios de la subrama 07.04.00 Abastecimiento Téc-nico-Material para aplicar en la Empresa Mixta Cubana de Gas S.A., correspondiente al trimestre enero-marzo de 2018, con vigor hasta el día 31 de marzo de 2018, por lo que resulta necesario actualizar los precios establecidos y, en consecuencia, derogar la Reso-lución No. 157/2017.

919 gACETA OFICIAL16 de noviembre de 2018

POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :PRIMERO: Fijar con carácter oficial los precios que se relacionan en el Anexo Único a esta Resolución, que forma parte integrante de la misma, que comprende la lista de pre-cios mayoristas del gas licuado de petróleo y las tarifas de servicios de suministro de GLP, tanto a granel como embotellado, correspondientes a la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material, para aplicar en la Empresa Mixta Cubana de Gas S.A., en el período de abril a junio de 2018, vigentes hasta el día 30 de junio de 2018.

SEGUNDO: Derogar la Resolución No. 157, de fecha 28 de diciembre de 2017, dictada por el que resuelve, por la que se fijó la lista de precios de la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material, para aplicar en la Empresa Mixta Cubana de Gas S.A., correspondiente al trimestre enero-marzo de 2018, vigentes hasta el día 31 de marzo de 2018.

TERCERO: Los precios fijados mediante la presente Resolución se aplican a partir del 1 ro. de abril de 2018. COMUNÍQUESE al director de Regulación y Control de este Ministerio, al director general de la Unión Cuba-Petróleo y al gerente general de la Empresa Mixta Cubana de Gas S.A. DESE CUENTA a la ministra de Finanzas y Precios.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de esta Resolución en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 28 días del mes de marzo de 2018.Alfredo López Valdés Ministro de Energía y Minas ANEXO ÚNICO 07.04.00 ABASTECIMIENTO TÉCNICO - MATERIAL PRECIOS AL CLIENTE FINAL DEL SECTOR AUTOFINANCIADODescripción UM Precio USDGas licuado de petróleo a granel l 0,5184 Gas licuado de petróleo embotellado kg 1,1804 Nota: Estos precios serán utilizados por la Empresa Cubana de Gas S.A. Vigentes hasta el 30 de junio de 2018.

920 gACETA OFICIAL 16 de noviembre de 2018 TARIFA DE SERVICIO DE SUMINISTRO A GRANEL Y EMBOTELLADO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO AL SECTOR NO AUTOFINANCIADODescripción UM Precio USDSuministro de gas licuado de petróleo: - A granel t 57,54 - Embotellado t 134,96 Nota: Estos precios serán utilizados por la Empresa Cubana de Gas S.A. Vigentes hasta el 30 de junio de 2018.________________