Nota de Presentación de Cartas Credenciales SN
Texto íntegro
GOC-2019-166-O7 RESOLUCIÓN No. 485/2018
POR CUANTO: El Acuerdo No.7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Cons-
201 GACETA OFICIAL31 de enero de 2019 trucción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: La Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 57, integrada al Grupo Empresarial de Construcción y Montaje, con domicilio legal en Santiago de Cuba, ha solicitado la Renovación de la Licencia No. 885/14, vigente hasta el 17 de noviembre de 2018, la que fue anteriormente renovada mediante la Resolución No. 231 de 9 de mayo de 2017, para continuar ejerciendo como Constructor.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 57, integrada al Grupo Empresarial de Construcción y Montaje, con domicilio legal en Santiago de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 57, integrada al Grupo Empresarial de Construcción y Montaje, con domicilio legal en Santiago de Cuba, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución se avala que, la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 57, cuenta con la capacidad técnica necesaria para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados: 1. Servicios de Constructor:a) Brindar servicios de construcción civil y montaje de nuevas obras, en los objetivos autorizados.1.1. Tipos de Objetivos:a) Obras de arquitectura. b) Viviendas hasta cinco niveles.
202 GACETA OFICIAL 31 de enero de 20192. Servicios de Constructor:a) Brindar servicios demolición, desmontaje, remodelación, restauración, reconstrucción, rehabilitación, reparación y mantenimiento constructivo de los objetivos autorizados. b) Brindar servicios de áreas verdes vinculadas al proceso constructivo. c) Brindar servicios de recogida de escombros vinculados al proceso constructivo. d) Brindar servicios de preparación técnica de obras.2.1. Tipos de Objetivos:a) Obras de arquitectura. b) Viviendas en general.
TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir del vencimiento de la vigencia de la Licencia anteriormente otorgada.
CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado, ni Avalado su Sistema de Gestión de la Calidad por la Norma NC ISO – 9001 vigente.
QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. COMUNÍQUESE al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción.
ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 29 días del mes de octubre de 2018.Ing. René Mesa Villafaña Ministro de la Construcción________________