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Multan a pescador cubano por tener 2.5 kg de masa de ostión en Cienfuegos

Las autoridades cienfuegueras le decomisaron la escopeta de pesca submarina, las patas de rana y la careta, además de multarlo con mil pesos.

Pescadores cubanos © Granma
Pescadores cubanos Foto © Granma

Este artículo es de hace 3 años

Un pescador cubano fue multado por poseer 2.5 kilogramos de masa de ostión en Cienfuegos.

Según dio a conocer el medio local 5 de Septiembre, el pescador ilegal fue multado por un valor de mil pesos por tener cinco pomos repletos de ese molusco.

Las autoridades cienfuegueras también le decomisaron la escopeta de pesca submarina, las patas de rana y la careta.

En las últimas semanas los inspectores del Centro Provincial de Higiene, Epidemiología y Microbiología (CPHEM) y de la Oficina Nacional de la Inspección Estatal (ONIE) de esa provincia efectuaron 698 inspecciones y aplicaron 262 multas por diferentes ilegalidades y violaciones.

En los ocho municipios de la provincia se impusieron multas de un valor de poco más de 41 mil pesos, señaló el citado medio.

"Entre las deficiencias señaladas se encuentran la comercialización de productos fuera del alcance de la actividad y el ejercicio ilegal de diversas actividades", apuntó.

Asimismo, informaron que la Delegación Provincial de la Agricultura, de conjunto con la Policía, efectuó recorridos por áreas de Cienfuegos, Rancho Luna y Pepito Tey, donde fueron recogidos nueve animales: cuatro vacunos y cinco equinos.

Hace solo unas semanas, un cubano que vive en la Ciénaga de Zapata fue multado por las autoridades del cuerpo de Guardafronteras por 250 pesos tras pescar jaibas, cuyo destino era venderlas para con el dinero comprar medicinas para su hija.

A inicios de febrero el gobierno cubano divulgó en la Gaceta Oficial todas las normas jurídicas relacionadas con la actividad pesquera en el país, las cuales destacan las autorizaciones y requisitos para desarrollar dicha práctica, así como sus prohibiciones y restricciones.

La Ley de Pesca, aprobada en julio de 2019, establece que solo pueden realizar esta faena las personas jurídicas o naturales, cubanas o extranjeras mayores de 17 años, con licencias para ello, las cuales se emitirán por un período de un año natural (de enero a diciembre) y podrán ser suspendidas en cualquier momento por violaciones de la ley.

El documento señala que la captura del ostión, así como de especies como sigua, carey, coral negro, rana, entre otros, constituye una ilegalidad.

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