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Madre de adolescente cubano con retraso mental denuncia multa a su hijo por violar el toque de queda

El joven, que no sabe leer ni escribir debido a su padecimiento, fue obligado a firmar la multa con las huellas digitales.

Policía cubana (Imagen referencial) © CiberCuba
Policía cubana (Imagen referencial) Foto © CiberCuba

Este artículo es de hace 3 años

Una madre en Cuba cuyo hijo adolescente padece retraso mental severo, denunció que al joven le fue impuesta una multa por violar el toque de queda impuesto por las autoridades para tratar de detener el avance del coronavirus.

Yudaykys Valle Figueredo, residente en el municipio Los Palacios, en Pinar del Río, acusó a la policía del régimen de “abuso de poder” contra su hijo de 16 años, quien no sabe leer ni escribir debido a su padecimiento.

El joven, identificado como Lázaro Hanoi Suárez, fue sancionado a finales de abril con una multa de 2.000 pesos, al amparo del Decreto Ley 175 de 1997.

Según reveló la mujer a la agencia Martí Noticias, el joven “tiene condiciones especiales de aprendizaje”, y el día del incidente fue a bañarse al río con varios amigos, sin saber que se había decretado un toque de queda. Ya en la noche, cuando volvieron a sus casas, hicieron “algún escándalo público”, lo cual motivó que una vecina los denunciara.

A día siguiente, recibió una citación para que acudiera a la estación de policía con su hijo “porque querían hablarle”, pero una vez en el lugar no los dejaron pasar juntos.

“Se demoraron allá adentro con mi niño; cuando él sale, veo que tiene el dedo como que le tomaron las huellas. Le pregunté que si había firmado algo y él me dice: ‘Mamá, yo no sé leer. Él me dijo: firma ahí, y yo firmé’”, explicó Valle Figueredo.

“No me llamaron en ningún momento para yo leer lo que mi hijo firmó. A mi hijo le pueden haber puesto ahí cualquier cosa, que es por gusto, porque él no sabe. Yo tampoco sé lo que él firmó. Pienso que es una falta de respeto”, recalcó.

El Decreto Ley 175 del 17 de junio de 1997 modificó el Código Penal, que ahora establece en su artículo 8, inciso 3, que en los delitos más leves, cuya sanción no exceda el año de privación de libertad o una multa de trescientas cuotas o ambas, la autoridad actuante puede imponer al infractor una multa administrativa, sin necesidad de remitir el caso al tribunal.

En la práctica esto supone que en aquellos hechos en que la infracción sea de poca peligrosidad, ya sea por sus consecuencias o por las condiciones de la persona que la comete, la policía está facultada para sancionar como estime conveniente.

Durante los últimos días ha aumentado la presencia policial en las calles de Cuba, para forzar a la población a cumplir las medidas de confinamiento contra el brote de coronavirus.

Lejos de traer más seguridad a las calles, se han reportado en las redes sociales numerosos casos de abuso de autoridad, también contra personas con capacidades disminuidas.

El pasado 28 de abril dos policías en La Habana le exigieron “con muy malas formas y golpes” a un hombre, identificado como Adrián y quien padecía trastornos mentales, que usara correctamente el nasobuco.

El suceso fue denunciado a CiberCuba por un familiar de la víctima, que pidió mantenerse en el anonimato por temor a represalias.

“Ese no es modo de tratar a un vecino que está enfermo, tiene un comportamiento pacífico y es querido por todos en el vecindario”, cuestionó.

A mediados de marzo varias personas en la barriada de Lawton, en La Habana, impidieron la detención violenta de un hombre con demencia senil y de su padre ciego, quien tenía un machete envuelto en la mano porque se dedica a chapear patios.

Gracias a la actitud firme de la ciudadanía se evitó el arresto, pese a que los agentes hicieron todo lo posible por llevárselos.

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