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Ministra de Finanzas y Precios aclara sobre impuesto del 4% a cubanos residentes con contratos en el exterior

La aclaración de Bolaños en la Mesa Redonda deja lagunas en relación con el cobro del impuesto del 4% a los residentes en Cuba con contrato de trabajo en el extranjero


Este artículo es de hace 3 años

Los cubanos residentes en el territorio nacional con contratos de trabajo en el extranjero estarán sujetos a una tributación del 4% del total de los ingresos que perciban a partir del 1 de enero de 2021, según explicó la ministra de Finanzas y Precios, Meisy Bolaños Weiss.

Aunque “la Ley 113 del sistema tributario, vigente desde 2013, establece la aplicación de un impuesto del 4% sobre los ingresos obtenidos del trabajo en el extranjero a los residentes permanentes en el territorio nacional”, su puesta en marcha dista de ser una realidad inmediata, como reconoció la ministra en la Mesa Redonda de este sábado.

Más que a los repatriados o falsos residentes, su redacción inicial tenía en mente a deportistas profesionales, técnicos contratados en el exterior o empleados de cruceros y otros servicios turísticos. Si bien el objetivo es una aplicación universal del impuesto, las condiciones materiales impiden que esto se haga una realidad que preocupe a toda la comunidad concernida.

No obstante, la ministra insistió en que se trata de un texto legal adoptado hace siete años. Lo único nuevo es la sustitución del nombre de la moneda con validez de curso legal, subrayó la funcionaria haciendo hincapié en que la Ley de Presupuestos de este año ya recogía su aplicación en el caso de los atletas y la creación de condiciones para una aplicación más extensiva.

Según el artículo 19 de la Ley, estarán sujetos a este impuesto aquellos cubanos residentes en la isla que trabajen fuera del territorio nacional, según “su derecho legítimo de salir al extranjero y contratarse”, como expresó Bolaños en una formulación algo inusual. También estarían sujetas “las personas naturales cubanas y extranjeras que no tengan residencia permanente en la República de Cuba, por los ingresos que obtengan o generen en el territorio nacional”.

Asimismo, la Ley 113 del sistema tributario recoge que “se entenderá como contrato individual de trabajo en el exterior la labor remunerada que realice un ciudadano cubano en otro país por gestión propia o por medio de una entidad cubana, sin estar amparado en un convenio de colaboración, contrato de exportación de servicio u otro de similar naturaleza”. Quedarán exentos del pago del impuesto aquellos que desarrollen alguna actividad en el exterior por vía oficial o a través de convenios.

En su intervención la ministra explicó que se modificó el artículo que establecía un pago de 20 CUC mensuales y se sustituyó por 500 pesos mensuales a partir de la tasa vigente con la moneda de cambio extranjera, de 24 pesos por dólar estadounidense. La Ley especifica que “el pago se realizará aplicando el tipo de cambio establecido con respecto al dólar estadounidense y el valor mínimo a liquidar es de quinientos pesos cubanos (500.00 CUP) mensuales”.

Sin embargo, la ministra aclaró que este impuesto no se había podido implementar porque no estaban creadas las condiciones necesarias para ello. Una situación que persiste, según reconoció la propia titular del Ministerio de Finanzas y Precios. “Seguimos trabajando en conseguir esas condiciones”, aseguró.

El impuesto se cobrará en base a una situación laboral, “no por estar en el extranjero”, especificó la ministra, dejando con ello una abultada casuística sin aclarar. La aclaración de Bolaños en la Mesa Redonda todavía deja lagunas en relación con el cobro de este impuesto.

¿Se pretende cobrar a empleados y autónomos, o solo a los primeros? ¿En base a qué se justifica la doble imposición? ¿Qué servicios públicos o que libertades civiles serán garantizados con esos impuestos? ¿Por qué pagar un 4% de los ingresos generados en el extranjero a la hacienda de un país que persigue la creación de riqueza?

Al finalizar, Bolaños insistió una vez más en que se encuentran en la fase de creación de condiciones para la aplicación del impuesto. De momento, el estudio de los mecanismos está más avanzado en el caso de los deportistas profesionales. Pero el objetivo es aplicar el impuesto más allá del sector de los atletas.

En redes sociales el impuesto está generando una amplia controversia. En el caso de los repatriados, principales afectados por la medida, se quejan de que la repatriación era la única vía de poder conservar propiedades o inversiones en Cuba, algo que no se pierde en la inmensa mayoría de los países del mundo. Una vez acogidos a la repatriación, el gobierno de Cuba, les recibe con un impuesto del 4% sobre sus ingresos generados en el extranjero.

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Iván León

Licenciado en periodismo. Máster en Diplomacia y RR.II. por la Escuela Diplomática de Madrid. Máster en RR.II. e Integración Europea por la UAB.


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