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La Aduana General de la República de Cuba dio a conocer las tarifas arancelarias para la importación de vehículos y accesorios por parte de personas naturales y residentes permanentes en el territorio nacional.
Una aclaración importante es que "la importación de triciclos eléctricos o híbridos por personas naturales en su condición de pasajeros o mediante envíos, puede realizarse una vez cada cinco años, en correspondencia con la legislación específica aplicable".
Cada tipo de vehículo cuenta con un valor asignado en aduana y un esquema detallado de pagos, que incluye aranceles y servicios diferenciados, según el medio de importación elegido.
Para un sidecar destinado a ciclomotores o motocicletas, el valor en aduana es de 100 USD y a partir de ahí se detallan los restantes pagos según la modalidad.
En el caso de un triciclo eléctrico o híbrido con más de dos plazas y capacidades adicionales de carga y pasaje, el valor asciende a 550 USD.
Por su parte, un ciclomotor o motocicleta de combustión interna de hasta 250 cc tiene un valor en aduana de 850 USD.
Finalmente, el mismo tipo de vehículo con sidecar incluido se valora en 950 USD.
A continuación resumimos en un cuadro la citada información arancelaria.
Pago de aranceles en dólares a ciertas importaciones en Cuba
El 1 de enero entraron en vigor nuevas disposiciones del Decreto-Ley 22 de 2020, que regula las importaciones no comerciales, es decir, aquellas realizadas por personas naturales o jurídicas para consumo personal o uso específico.
Según la nueva medida, se impuso el pago de aranceles en dólares a las importaciones no comerciales de ciertos artículos.
Estas modificaciones afectan principalmente las condiciones de pago de los aranceles aduaneros, los métodos de cálculo y la moneda aceptada para abonar las tasas aduaneras.
Entre los cambios más relevantes destacó la obligatoriedad de pagar los aranceles en moneda libremente convertible (MLC), como el dólar estadounidense (USD), para ciertos productos importados.
Además, se introdujo la posibilidad de aplicar tarifas específicas por la cantidad de productos importados, en lugar de calcular solo un porcentaje sobre el valor de los mismos (derecho ad-valorem).
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