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Después de más de dos décadas sin modificaciones sustanciales, el régimen cubano aprobó una nueva legislación sobre marcas y nombres comerciales que impactará directamente a mipymes, trabajadores por cuenta propia, cooperativas y empresas estatales que buscan proteger su identidad comercial en un entorno económico cada vez más diverso.
La medida quedó oficializada este martes con la publicación en la Gaceta Oficial del Decreto-Ley 103 “De marcas y nombres comerciales”, que sustituye al Decreto-Ley 203 vigente desde diciembre de 1999. Según el texto, la actualización responde a los cambios ocurridos en la economía nacional, la aparición de nuevos actores económicos y el avance de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Uno de los cambios más relevantes es que la nueva norma amplía los tipos de marcas que podrán registrarse en Cuba. Además de palabras, nombres, números o logotipos tradicionales, ahora podrán protegerse signos como sonidos, combinaciones de sonidos, formas tridimensionales, colores específicos asociados a una marca e incluso otros formatos más modernos contemplados en el reglamento de la norma.
La legislación también reconoce expresamente que las personas naturales y jurídicas, tanto cubanas como extranjeras, pueden solicitar registros de marcas y nombres comerciales, un aspecto especialmente relevante para el creciente sector privado surgido en los últimos años.
Para quienes han apostado por desarrollar una marca propia, la norma fortalece la protección legal frente a copias o usos indebidos. El registro otorgará a su titular el derecho exclusivo de utilizar la marca en la comercialización, publicidad, importación, exportación y distribución de productos o servicios, además de permitir acciones legales contra terceros que la empleen sin autorización.
Otra novedad es la incorporación de procedimientos más flexibles para transferir marcas, otorgar licencias de uso, dividir registros o fusionarlos, mecanismos que pueden resultar especialmente útiles para negocios privados en expansión o para proyectos que evolucionan hacia nuevas líneas comerciales.
La nueva regulación también endurece algunos requisitos. Por ejemplo, una marca podrá perderse si no es utilizada de forma efectiva durante tres años consecutivos dentro del territorio nacional. En esos casos, la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial podrá declarar la caducidad del registro por falta de uso.
Asimismo, la norma busca evitar registros que puedan inducir a error a los consumidores o aprovecharse de marcas conocidas. Se mantienen restricciones para signos que resulten engañosos, contrarios a la ley o que vulneren derechos de terceros.
El Decreto-Ley establece además que los registros tendrán una vigencia de diez años y podrán renovarse por períodos sucesivos de igual duración.
Entre las disposiciones transitorias figura la conversión gradual de figuras jurídicas que existían bajo la legislación anterior, como los rótulos de establecimiento, emblemas empresariales y lemas comerciales, que deberán adaptarse al nuevo sistema cuando corresponda.
La nueva normativa entrará en vigor 60 días después de su publicación en la Gaceta Oficial.
Para miles de emprendedores cubanos que han construido negocios alrededor de una marca reconocible en redes sociales, plataformas digitales o mercados locales, la reforma supone un marco legal más amplio para proteger sus activos comerciales, aunque también introduce nuevas obligaciones para conservar esos derechos.
Preguntas frecuentes sobre la nueva legislación de marcas en Cuba
CiberCuba te lo explica:
¿Qué cambios introduce el nuevo Decreto-Ley de marcas en Cuba?
El nuevo Decreto-Ley 103 amplía los tipos de marcas que pueden registrarse en Cuba. Ahora, además de los nombres, logotipos y palabras tradicionales, también se pueden proteger sonidos, combinaciones de sonidos, formas tridimensionales y colores específicos asociados a una marca. Este cambio refleja un intento de modernización del sistema de propiedad intelectual en Cuba.
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¿Cómo afecta la nueva ley de marcas a las mipymes y emprendedores en Cuba?
La nueva ley fortalece la protección legal de las marcas para mipymes y emprendedores. Esto permite que estos actores económicos gocen de derechos exclusivos sobre sus marcas, lo que les otorga la capacidad de emprender acciones legales contra usos no autorizados. Además, la norma facilita la transferencia de marcas y el otorgamiento de licencias, beneficiando a negocios en expansión.
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¿Cuál es el costo de registrar una marca en Cuba bajo la nueva normativa?
Registrar una marca en Cuba costará 390 dólares por solicitud para hasta tres clases de productos o servicios. Además, se deberán pagar 120 dólares por cada clase adicional. Las tarifas se aplican en dólares para actores privados y extranjeros, mientras que los cubanos residentes pagarán en pesos cubanos según la tasa de cambio aprobada.
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¿Qué sucede si una marca registrada no se utiliza en Cuba?
Una marca podrá perderse si no se utiliza de forma efectiva durante tres años consecutivos en Cuba. La Oficina Cubana de la Propiedad Industrial puede declarar la caducidad del registro por falta de uso, lo que obliga a los titulares a mantener su marca activa para conservar sus derechos.
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¿Cuándo entrará en vigor la nueva legislación sobre marcas en Cuba?
La nueva normativa de marcas entrará en vigor 60 días después de su publicación en la Gaceta Oficial. Esto significa que alrededor del 8 de agosto de 2026, el nuevo sistema legal comenzará a regir en el país, reemplazando al Decreto-Ley 203 vigente desde 1999.
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