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La Corte Suprema de Estados Unidos emitió este jueves un fallo que autoriza al gobierno de Donald Trump a rechazar a los solicitantes de asilo en la frontera con México sin procesar sus solicitudes, en una decisión que consolida la agenda migratoria más restrictiva de las últimas décadas.
El tribunal resolvió el caso Noem v. Al Otro Lado con seis votos a favor y tres en contra, con la mayoría conservadora respaldando al Ejecutivo y los tres magistrados liberales votando en disidencia.
La clave legal: ¿Qué significa «llegar» a Estados Unidos?
El debate jurídico giraba en torno a una pregunta concreta: ¿un migrante detenido en el lado mexicano de la frontera ha «llegado» a territorio estadounidense según la Ley de Inmigración y Nacionalidad?
La respuesta de la mayoría fue negativa.
El magistrado Samuel Alito, autor de la opinión mayoritaria, argumentó que «en el lenguaje ordinario, nadie diría que una persona 'llega a' un lugar -por ejemplo, una casa, una ciudad o un país- antes de que la persona entre en ese lugar».
Con ese razonamiento, el tribunal determinó que los migrantes retenidos en México no han activado los derechos legales que la ley federal reconoce a quienes «arriban» al país, lo que permite a las autoridades negarse a procesar sus solicitudes de forma indefinida.
La política de «metering» y su historia
El fallo avala la práctica conocida como metering o control de acceso, que limita el número de solicitantes de asilo que pueden presentar su caso cada día en los cruces fronterizos.
Esta política fue aplicada por primera vez en 2016 bajo la administración Obama ante una oleada de migrantes haitianos en el cruce de San Diego-Tijuana, y fue formalizada y extendida a toda la frontera sur durante el primer mandato de Trump en 2018.
El presidente Joe Biden la derogó en 2021, y ese año un juez federal de California la declaró ilegal.
El Noveno Circuito de Apelaciones confirmó esa decisión en octubre de 2024, pero la Corte Suprema aceptó revisar el caso y este jueves revirtió ese fallo.
Defensores de derechos humanos señalaron que cuando esta política estuvo vigente, generó una crisis humanitaria con miles de personas instaladas en refugios improvisados a la espera de su turno.
Reacciones: Celebración oficial y alarma de los demandantes
James Percival, consejero general del Departamento de Seguridad Nacional, celebró la decisión afirmando que «abre una herramienta importante para continuar asegurando nuestra frontera sur».
Melissa Crow, abogada de los demandantes -la organización Al Otro Lado, que inició el litigio en 2017—, advirtió que el fallo «debería sonar la alarma para cualquiera que se preocupe por los derechos humanos y el estado de derecho»; y que «sugiere que el presidente puede unilateralmente anular décadas de ley establecida y pisotear los derechos legales de las personas si eso sirve a su agenda política».
La disidencia de la magistrada Sonia Sotomayor: «Más personas morirán»
La magistrada Sonia Sotomayor leyó desde el estrado un extenso resumen de su voto disidente, acompañada por Elena Kagan y Ketanji Brown Jackson, en señal de fuerte oposición.
«Más personas morirán. Más personas intentarán cruzar la frontera ilegalmente, y algunas lo lograrán mientras otras no. Más personas se verán obligadas a caminar a lo largo de la frontera en condiciones peligrosas, buscando un puerto que las inspeccione», advirtió la magistrada.
En un movimiento inusual, Alito respondió desde el estrado a las críticas de Sotomayor, señalando que habría incluido más argumentos en su resumen de haberlo sabido con anticipación.
Un segundo fallo que golpea a haitianos y sirios
Este mismo jueves, la Corte emitió un segundo fallo de 6-3, también redactado por Alito, que permite al gobierno de Trump revocar el Estatus de Protección Temporal (TPS) para aproximadamente 350,000 haitianos y 6,100 sirios, dejándolos expuestos a la deportación.
Ambas decisiones refuerzan el respaldo judicial a la política migratoria de Trump, que aún tiene pendiente ante la Corte una decisión sobre la ciudadanía por nacimiento que podría llegar antes de que concluya el período de sesiones.
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