Trabajar sin autorización en Estados Unidos no exime de declarar impuestos al IRS y hacerlo puede marcar una diferencia crucial en un proceso migratorio. Así lo advirtió John Dutton, del despacho de abogados de inmigración John Dutton Law PLLC, de Houston, Texas, en una entrevista con Tania Costa para CiberCuba.
La pregunta que motivó el intercambio es una de las más frecuentes entre la comunidad cubana en ese estado: si alguien trabajó sin permiso de trabajo, ¿está obligado a declarar sus 'taxes'?
La respuesta de Dutton fue directa: «Lo más importante cuando se refiere a los 'taxes' es que alguien consulte a su contador antes de hacer nada».
Más allá de esa primera recomendación, el abogado fue enfático en que la obligación tributaria existe con independencia del estatus migratorio. «Si la persona trabajó durante cierto tiempo en los Estados Unidos, aunque tuvo un mes de permiso de trabajo, dos meses, y la persona recibió un W-2 o un 1099, la persona debe y tiene que declarar al IRS sus impuestos».
El IRS establece que quienes no califican para un número de Seguro Social pueden cumplir con esa obligación usando un ITIN (Número de Identificación Personal del Contribuyente), solicitado mediante el Formulario W-7/SP ante el IRS. Ese número no otorga permiso de trabajo ni modifica el estatus migratorio, pero permite cumplir con la obligación fiscal.
Otro punto central del consejo legal tiene que ver con las entrevistas ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS). Dutton fue categórico: sus clientes nunca deben mentir sobre si trabajaron o no.
«Nosotros le hemos indicado a nuestros clientes no mentir nunca, que básicamente digan que ellos recibieron un permiso de trabajo y ellos trabajaron durante el tiempo que ese permiso decía, y su empleador los mantuvo trabajando, pero nunca mentir sobre que no lo hicieron, porque eso pudiera ser desfavorable».
La estrategia ha dado resultados. «Hasta el día de hoy, nuestros clientes, diciendo la verdad, diciendo que han trabajado aunque no han tenido ese permiso de trabajo, ellos han sido residentes», afirmó Dutton.
Un aspecto que muchos cubanos desconocen es que trabajar sin autorización no cancela automáticamente la posibilidad de ajustar estatus bajo la Ley de Ajuste Cubano. «Solo porque trabajas sin permiso de trabajo, eso no te impide ser elegible para el Ajuste Cubano», precisó Dutton. Su colega De Rojas lo confirmó: «El que usted haya trabajado sin permiso de trabajo no lo hace inelegible para el ajuste de estatus bajo la Ley de Ajuste Cubano».
En ese escenario, la declaración de impuestos puede convertirse en un factor determinante ante un juez. De Rojas explicó que los tribunales ponderan ambos elementos. «En cuanto a la Corte, los jueces pueden mirar: ok, usted trabajó sin permiso, pero usted hizo impuestos. Entonces, una cosa puede balancear a la otra».
El riesgo mayor, advirtió De Rojas, es la combinación contraria: haber trabajado sin permiso y además no haber declarado impuestos. Eso, dijo, «sí pudiera ser perjudicial».
Este contexto cobra especial relevancia para los cubanos con documentos I-220A que buscan residencia en Texas, muchos de los cuales quedaron en situación de empleo no autorizado tras la revocación masiva de permisos de trabajo en 2025. En 2026, USCIS reactivó entrevistas de ajuste de estatus para algunos cubanos con I-220A, lo que hace aún más urgente tener en orden la situación fiscal antes de comparecer ante un oficial o un juez de inmigración.
Si tienes dudas sobre cómo tu situación laboral puede afectar tu proceso migratorio, sigue de cerca los últimos desarrollos en nuestra sección de Inmigración en EE.UU., donde encontrarás información actualizada y orientación de expertos.
Para contactar a John Dutton:
https://www.emigrandousa.com
Teléfono 713 359 9302
WhatsApp 832 702 0225
Email info@houston-immigration.com
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