El Tribunal Municipal Popular de Habana del Este publicó el jueves un comunicado en Facebook en el que justificó la condena de dos años de limitación de libertad impuesta a Anna Sofía Benítez Silvente —conocida como Anna Bensi— y a su madre, Caridad Silvente Laffita, alegando que el video grabado el 10 de marzo de 2026 expuso la «dirección de domicilio» del agente del MININT.
Las imágenes disponibles del carnet contradicen esa afirmación: la dirección del domicilio no aparece en ninguno de los documentos visibles en la grabación.
Las imágenes contradicen el comunicado oficial
El texto del Tribunal afirma que Caridad Silvente «mostró los datos contenidos en el carné de este como nombre y apellidos, número de identidad, foto y dirección de su domicilio», afirmación que aparece destacada en el propio comunicado.

Sin embargo, el carnet visible en las imágenes corresponde a Yoel Leodán Rabaza Ramos, suboficial del MININT con número de expediente 2164794, y ese documento solo recoge nombre, número de expediente, categoría, características físicas y fecha de vigencia.
No existe ningún campo de dirección de domicilio.
En el carnet también aparece el nombre de Martín Rodríguez Rodríguez, el oficial que firma el documento, primer coronel y segundo jefe de la Dirección de Cuadros y Personal del MININT.
La afirmación del Tribunal sobre ese dato no se sostiene con las imágenes disponibles: es una afirmación falsa incluida en el comunicado oficial con el que el Tribunal justificó la condena.
El agente que actuó por órdenes de la Seguridad del Estado
El periodista José Raúl Gallego identificó al agente el 11 de marzo de 2026: «Yoel Leodán Rabaza Ramos, con grado de suboficial y número de chapa 179542, fue el policía que se presentó vestido de civil, con gorra y gafas en la vivienda de Anna Sofía Benítez, para citar a su mamá».
El propio agente reconoció en el video que no actuaba por iniciativa propia: «Yo no tengo que ver con esto, pero la Seguridad es quien me está mandando a citar para mañana a las dos de la tarde».
Gallego señaló además que «el oficial de la Seguridad del Estado lo esperaba escondido, con una moto sin chapa y sin valor para dar la cara».
La citación que Rabaza Ramos entregó presentaba irregularidades: mencionaba a un «capitán Alberto» sin apellido, pero la firma correspondía a un «capitán Rafael», y el espacio del motivo estaba en blanco.
Además, la normativa exige entregar las citaciones con al menos 72 horas de antelación, plazo que tampoco se cumplió.
Un juicio con acceso restringido y jueza cuestionada
El caso fue archivado inicialmente y solo reabierto en julio de 2026 tras una querella presentada por el propio agente.
La jueza designada, Zamira Marrero Morgado, había sido señalada por activistas por su participación en causas vinculadas a los juicios del 11J de 2021.
La hermana de Anna Bensi denunció que solo un testigo de la defensa pudo entrar; otros dos —el «Pregonero de Cristo» y el activista David Espinosa— fueron retenidos por las autoridades antes de llegar al tribunal.
A su llegada al tribunal, Anna Bensi fue recibida entre aplausos y declaró: «No es justo» y «ninguno de nosotros somos criminales».
La ley usada como instrumento de represión
Cubalex había advertido que el artículo 393 del Código Penal —en virtud del cual fueron condenadas— no debería aplicarse a la actuación de funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones, ya que la intimidad protege la vida privada, no la actuación oficial de un agente del Estado.
Los congresistas cubanoamericanos Mario Díaz-Balart, María Elvira Salazar y Carlos A. Giménez expresaron su completo apoyo a las acusadas y exigieron su liberación incondicional.
La Embajada de Estados Unidos en La Habana resumió su posición sobre el caso con una frase: «Pensar diferente no es un crimen».
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