La Justicia española obliga a tramitar la homologación de una estomatóloga formada en Cuba tras casi cinco años de espera

Homologación de títulos cubanos ante la Justicia española. Creada con IA. © CiberCuba
Homologación de títulos cubanos ante la Justicia española. Creada con IA. Foto © CiberCuba

Una profesional que obtuvo su título de Doctora en Estomatología en Cuba ha conseguido que la Audiencia Nacional de España anule el rechazo por silencio administrativo de su solicitud de homologación, después de que el expediente permaneciera prácticamente cinco años sin una resolución expresa.

La sentencia, dictada el 5 de marzo de 2026 por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, obliga a la Administración española a continuar la tramitación, solicitar el informe técnico obligatorio y dictar una decisión motivada sobre el reconocimiento del título.

El caso pone de manifiesto las dificultades burocráticas que afrontan numerosos profesionales formados en Cuba para ejercer sus carreras en España, especialmente en sectores sanitarios como Medicina, Enfermería y Odontología.

Casi cinco años esperando la homologación de su título

Según la sentencia 95/2026 de la Audiencia Nacional, la interesada presentó su solicitud el 17 de marzo de 2021 ante la Secretaría General de Universidades.

Su objetivo era conseguir que España reconociera el título de Doctora en Estomatología expedido por el Instituto Superior de Ciencias Médicas de La Habana, para poder acceder al ejercicio de la profesión regulada de dentista.

La solicitante aseguró que había entregado la documentación acreditativa de sus estudios, incluida la carga horaria de la carrera cursada en Cuba, y defendió que cumplía los requisitos establecidos en la normativa aplicable.

Sin embargo, transcurrieron los plazos legales sin recibir una decisión expresa, por lo que acudió a la vía judicial para reclamar el reconocimiento de su formación.

El procedimiento judicial quedó registrado con el número 759/2022 y culminó con una sentencia dictada el 5 de marzo de 2026, casi cinco años después de la solicitud inicial.

La Administración no había realizado los trámites necesarios

Uno de los aspectos más relevantes del fallo es que la Audiencia Nacional constató que la Administración no había desarrollado los trámites exigidos para estudiar la homologación.

Según recoge la resolución judicial, el expediente administrativo contenía únicamente la solicitud inicial y los documentos aportados por la interesada para acreditar sus estudios en Cuba.

No constaba el informe técnico de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), un documento obligatorio para valorar si la formación extranjera reúne las condiciones necesarias para obtener el reconocimiento solicitado.

La Abogacía del Estado argumentó precisamente que la ausencia de ese informe impedía conceder la homologación.

Sin embargo, el tribunal concluyó que esa omisión no justificaba mantener una desestimación por silencio administrativo sin haber realizado los trámites correspondientes.

Los magistrados consideraron que la falta del informe técnico impedía resolver adecuadamente el expediente y determinaron que la Administración debía completar el procedimiento antes de decidir sobre el reconocimiento del título.

¿Significa la sentencia que la profesional ya puede ejercer como dentista?

No. La Audiencia Nacional estimó parcialmente el recurso presentado por la interesada, pero no ordenó concederle directamente la homologación.

La sentencia anuló la desestimación presunta de su solicitud y ordenó retrotraer el procedimiento administrativo para que ANECA emita el informe técnico correspondiente.

Una vez incorporado ese informe, la Administración deberá dictar una resolución expresa y motivada, que podrá ser favorable, desfavorable o condicionada al cumplimiento de requisitos formativos adicionales, según corresponda.

Por tanto, el fallo representa una victoria judicial frente a la inactividad administrativa, pero no equivale al reconocimiento automático de las titulaciones obtenidas en Cuba.

La resolución también establece que no procede imponer expresamente las costas judiciales a ninguna de las partes.

La documentación consultada no permite confirmar si posteriormente se emitió el informe técnico, si se concedió la homologación o si la sentencia fue recurrida.

¿Qué establece la legislación española sobre las homologaciones?

El expediente fue iniciado en 2021, cuando resultaba aplicable el Real Decreto 967/2014. Aunque esa norma fue sustituida posteriormente, la disposición transitoria del Real Decreto 889/2022 establece que los procedimientos iniciados antes de su entrada en vigor continúan tramitándose conforme a la regulación anterior, salvo las opciones de transición previstas legalmente.

Para los procedimientos sujetos a la normativa de 2022, el plazo general para dictar y notificar la resolución es de seis meses desde la entrada de la solicitud en el registro electrónico, sin perjuicio de las suspensiones legalmente previstas.

Cuando transcurre el plazo sin recibir una respuesta, la solicitud puede entenderse desestimada por silencio administrativo. Sin embargo, esto no elimina la obligación de la Administración de resolver expresamente.

Así lo recoge también el artículo 21 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, que establece la obligación de dictar y notificar resolución en los procedimientos administrativos.

La sentencia sobre el título expedido en La Habana recuerda precisamente que la falta de respuesta no permite prescindir de los trámites de evaluación ni de la obligación de fundamentar la decisión.

¿Qué deben hacer los cubanos que quieren homologar sus títulos en España?

España considera la Odontología una profesión regulada, por lo que los profesionales titulados fuera del país necesitan obtener el reconocimiento correspondiente antes de ejercer como dentistas.

El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades dispone de una guía específica para la homologación de títulos extranjeros de Odontología.

Entre los documentos exigidos se encuentran la acreditación de identidad y nacionalidad, el título universitario, la certificación académica con las asignaturas y horas de formación, la documentación legalizada cuando corresponda y el justificante del pago de la tasa.

La evaluación también tiene en cuenta los criterios académicos establecidos por ANECA, que incluyen requisitos relacionados con la duración de los estudios, las competencias profesionales y la formación clínica.

Actualmente, las nuevas solicitudes de homologación se presentan mediante la sede electrónica del Ministerio, donde los interesados también pueden consultar el estado de sus expedientes.

Quienes lleven un tiempo prolongado sin respuesta deben comprobar las comunicaciones oficiales, conservar los justificantes de presentación y verificar si existe algún requerimiento de documentación pendiente.

Ante retrasos que superen los plazos aplicables, pueden valorar las vías de reclamación administrativa o judicial con asesoramiento jurídico especializado. La sentencia de esta estomatóloga demuestra que es posible impugnar determinadas actuaciones u omisiones de la Administración, aunque cada expediente debe examinarse individualmente.

Miles de profesionales cubanos buscan ejercer en España

El caso se produce en un contexto de creciente emigración de profesionales cubanos hacia España, donde numerosos médicos, enfermeros, dentistas y otros titulados intentan continuar sus carreras.

Según datos del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, durante 2025 España resolvió 85.564 expedientes de homologación y equivalencia de títulos extranjeros. A pesar del incremento de resoluciones, el organismo todavía contabilizaba 72.337 solicitudes pendientes a mediados de marzo de 2026.

Como informó anteriormente CiberCuba, Cuba figura entre los países con mayor presencia en los procedimientos españoles de reconocimiento de títulos universitarios extranjeros.

Las dificultades para obtener la homologación tienen consecuencias directas sobre la vida laboral de los emigrantes.

En septiembre, este medio contó la historia de una médica cubana que trabaja como camarera en España mientras intenta reconstruir su trayectoria profesional después de abandonar la isla.

También existen casos de profesionales que finalmente han logrado superar el proceso. En enero, una doctora cubana celebró haber podido volver a ejercer su profesión en España después de cuatro años de espera.

La sentencia de la Audiencia Nacional no garantiza una respuesta favorable para todos los profesionales que soliciten homologar sus títulos, pero establece una diferencia fundamental: la Administración no puede sustituir indefinidamente la evaluación de un expediente por su propia inactividad.

Para quienes han invertido años en formarse y buscan ejercer legalmente en España, obtener una resolución fundamentada constituye un paso imprescindible para conocer si pueden continuar su carrera o qué requisitos adicionales deben cumplir.

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Este artículo ha sido generado o editado con la ayuda de inteligencia artificial. Ha sido revisado por un editor antes de su publicación.


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