
El Consulado General de España en La Habana abrirá sus puertas durante varios fines de semana de octubre para facilitar determinados trámites a los ciudadanos españoles residentes en Cuba o que se encuentren temporalmente en la Isla, con horarios extraordinarios y fechas límite que deben tenerse en cuenta.
La medida está relacionada con las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado de España, previstas para el próximo 29 de noviembre de 2026, según informó el Consulado General de España en La Habana en un comunicado.
Las próximas jornadas de atención extraordinaria serán los días sábado 17, domingo 18, sábado 24, domingo 25 y sábado 31 de octubre, en horario de 10:00 a.m. a 2:00 p.m.
Sin embargo, no todos los trámites estarán disponibles en las mismas fechas, por lo que es importante conocer qué corresponde a cada grupo de ciudadanos.
Durante el sábado 17 y el domingo 18 de octubre, los españoles residentes en Cuba podrán consultar su inscripción en el censo electoral y presentar reclamaciones si detectan errores, exclusiones indebidas o necesitan actualizar determinados datos.
Este procedimiento forma parte del sistema conocido como CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes), que incluye a los ciudadanos españoles que residen habitualmente fuera de España y están inscritos a efectos electorales.
El período extraordinario para consultar el censo comenzó el 12 de octubre y finalizará el lunes 19 de octubre. Por tanto, quienes necesiten verificar su inscripción o solicitar una corrección deberán hacerlo dentro de ese plazo.
La consulta presencial se realiza sin necesidad de cita previa en el Palacio de Velasco, sede del Consulado General de España, situado en la calle Zulueta número 2, esquina a Cárcel, en La Habana Vieja.
Durante los días laborables comprendidos en ese período, el horario de atención es de 9:00 a.m. a 3:00 p.m., mientras que el sábado 17 y el domingo 18 será de 10:00 a.m. a 2:00 p.m.
Los ciudadanos que prefieran evitar el desplazamiento también podrán consultar su inscripción por internet, a través de la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística de España (INE), siempre que dispongan del sistema de identificación electrónica Cl@ve.
En caso de necesitar una reclamación, el interesado deberá utilizar el formulario oficial facilitado por la Oficina Consular y acompañarlo de la documentación correspondiente.
Entre los documentos admitidos figuran una fotocopia del DNI español, del pasaporte o del permiso de conducir español. Quienes no dispongan de ellos podrán presentar una certificación de nacionalidad española o un certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.
Los días 24, 25 y 31 de octubre estarán destinados a otro procedimiento, dirigido a ciudadanos españoles que se encuentran temporalmente en Cuba, pero que mantienen su residencia habitual en España.
Este grupo utiliza el sistema de voto conocido como ERTA (electores residentes temporalmente ausentes).
Para participar desde Cuba, estas personas deben figurar en el censo electoral de residentes en España y estar inscritas como no residentes en el Registro de Matrícula Consular.
Quienes todavía no hayan realizado esa inscripción podrán efectuarla junto con la solicitud de la documentación electoral, mediante el formulario oficial correspondiente.
El Consulado permitirá realizar ambos trámites durante los días laborables, de 9:00 a.m. a 3:00 p.m., y también en las jornadas extraordinarias de los días 17, 18, 24, 25 y 31 de octubre, de 10:00 a.m. a 2:00 p.m.
La fecha límite para solicitar la documentación electoral mediante este procedimiento será el 31 de octubre de 2026.
Es importante distinguir ambos casos: los españoles residentes habitualmente en Cuba que figuran en el CERA no necesitan solicitar previamente el voto, mientras que quienes están temporalmente en la Isla y utilizan el procedimiento ERTA sí deben solicitar la documentación dentro del plazo establecido.
Para los electores inscritos en el CERA, la Oficina del Censo Electoral enviará una primera documentación entre el 24 y el 30 de octubre, a la dirección que conste en su inscripción. Posteriormente, las papeletas se remitirán entre el 4 y el 8 de noviembre, salvo que existan impugnaciones de candidaturas que retrasen el proceso.
Los residentes en Cuba podrán enviar su voto por correo a la Oficina Consular hasta el 24 de noviembre, o depositarlo presencialmente en el Palacio de Velasco entre el 21 y el 26 de noviembre, de 9:00 a.m. a 5:00 p.m.
Por su parte, los electores que se encuentren temporalmente en Cuba y hayan completado el procedimiento ERTA deberán enviar su voto por correo postal certificado a la mesa electoral correspondiente en España, no más tarde del 25 de noviembre.
Las autoridades consulares recomiendan seguir las instrucciones oficiales correspondientes a cada modalidad, ya que los requisitos y plazos son diferentes.
La apertura extraordinaria de varios fines de semana busca facilitar estos procedimientos a los ciudadanos españoles que no puedan acudir al Consulado durante el horario habitual.
Para los cubanos que poseen nacionalidad española y residen en la Isla, la información resulta especialmente relevante si están inscritos en el censo electoral español o necesitan comprobar sus datos antes del cierre del plazo de reclamaciones.
El proceso electoral también ha generado dudas entre los ciudadanos que obtuvieron recientemente la nacionalidad española mediante la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como Ley de Nietos.
Las orientaciones sobre cómo votar desde Cuba en las elecciones del 29 de noviembre explican las diferencias entre los españoles residentes en el extranjero y quienes se encuentran temporalmente fuera de España, así como los procedimientos que corresponden a cada grupo.
Además, el proceso se desarrolla en medio de una controversia judicial relacionada con el derecho al voto de determinados nacionalizados por la Ley de Nietos. El Tribunal Supremo rechazó un recurso del Estado y mantuvo suspendida una medida relacionada con su participación electoral, una situación que hace especialmente importante comprobar la inscripción y las condiciones aplicables a cada elector.
No obstante, la atención extraordinaria anunciada corresponde específicamente a estos procedimientos electorales y no significa que el Consulado vaya a ofrecer durante esos fines de semana todos sus servicios habituales, como pasaportes, nacionalidad o visados.
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