ICE ratifica multas por no salir de EE.UU.: cubanos sancionados tienen un plazo de 21 días para reclamar

Pasaporte cubano (creada con IA) © CiberCuba
Pasaporte cubano (creada con IA) Foto © CiberCuba

El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS) ha decidido ratificar las multas civiles migratorias definitivas impuestas entre el 27 de junio de 2025 y el 13 de octubre de 2026 mediante un procedimiento que entró en vigor el año pasado, una medida que afecta a extranjeros sancionados por incumplir determinadas obligaciones migratorias y que puede tener consecuencias para cubanos con órdenes de deportación.

La decisión figura en el aviso oficial «Ratification of Civil Penalties» (Ratificación de multas civiles), firmado por el secretario de Seguridad Nacional, Markwayne Mullin, y puesto a disposición del público este viernes 23 de octubre. Su publicación en el Registro Federal está programada para el lunes 26.

La novedad no consiste en imponer nuevas sanciones ni en aumentar las cantidades adeudadas. Lo que hace el DHS es confirmar formalmente la validez administrativa de decisiones sancionadoras ya definitivas, adoptadas bajo las reglas provisionales que comenzaron a aplicarse en junio de 2025.

Sin embargo, el aviso introduce un elemento especialmente importante para quienes recibieron una multa durante ese período: un plazo de 21 días para plantear ante ICE reclamaciones por posibles perjuicios ocasionados por el procedimiento provisional.

Esta posibilidad es limitada. No constituye una nueva apelación ni garantiza que la agencia reduzca o elimine una sanción.

¿Qué multas está ratificando el Gobierno estadounidense?

La ratificación comprende las decisiones finales dictadas mediante los procedimientos establecidos en la parte 281 del título 8 del Código de Regulaciones Federales, vinculadas con tres disposiciones de la legislación migratoria estadounidense.

  • No abandonar Estados Unidos después de una orden final de deportación: multas que pueden acumularse diariamente cuando se determina que una persona incumple voluntariamente su obligación de salir del país.
  • Incumplir una salida voluntaria: sanciones por no abandonar el territorio estadounidense dentro del plazo concedido bajo ese mecanismo migratorio.
  • Entrada o intento de entrada ilegal: multas civiles previstas para determinadas infracciones relacionadas con el ingreso al país.

La medida alcanza las sanciones definitivas emitidas desde el 27 de junio de 2025 hasta el 13 de octubre de 2026.

El documento establece excepciones: no quedan incluidas las multas revocadas en apelación, las que actualmente están pendientes de resolución de una apelación ni las que fueron reabiertas y anuladas conforme al procedimiento correspondiente.

Por tanto, no significa que toda notificación de multa recibida durante ese período haya quedado automáticamente confirmada, independientemente de su estado procesal.

¿Por qué ICE ratifica ahora las sanciones?

El origen de la decisión está en las reglas provisionales que el DHS y la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) aprobaron el 27 de junio de 2025 para modificar el procedimiento de imposición y cobro de determinadas multas civiles.

Aquella regulación comenzó a aplicarse inmediatamente. Aunque las agencias consideraban que podían acogerse a excepciones legales al procedimiento ordinario de consulta pública, abrieron un período para recibir comentarios, durante el cual se presentaron 28 observaciones.

El 14 de octubre de 2026 se publicó la versión definitiva de la regulación, que mantuvo prácticamente intacto el procedimiento anterior.

La única modificación relevante fue permitir que ICE admita determinadas apelaciones fuera de plazo cuando el afectado demuestre documentalmente que sufrió retrasos postales ajenos a su control.

Ese cambio ya había sido explicado en una información sobre las nuevas condiciones para presentar apelaciones tardías contra multas migratorias.

Ahora, el DHS da un paso adicional para reforzar las decisiones adoptadas antes de que se publicara la regulación definitiva.

Según el aviso, la ratificación busca «resolver cualquier incertidumbre» relacionada con el procedimiento anterior.

El departamento aclara que adopta la medida por precaución y que ello no significa reconocer que las multas anteriores fueran inválidas.

En términos prácticos, la decisión busca reducir posibles cuestionamientos sobre la validez de las sanciones basados exclusivamente en la forma en que se aprobó la regulación provisional. No elimina, por sí sola, otras defensas legales que pudieran corresponder a un afectado.

El plazo de 21 días: quiénes pueden reclamar y cómo hacerlo

El aspecto más urgente del nuevo aviso es la oportunidad de presentar una reclamación administrativa ante el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).

El procedimiento está dirigido a personas sancionadas bajo las reglas provisionales que consideren haber sufrido un perjuicio como consecuencia de la aplicación de ese procedimiento.

El DHS establece que la reclamación debe ser recibida por ICE dentro de los 21 días siguientes a la publicación oficial del aviso en el Registro Federal.

Como la publicación está prevista para el lunes 26 de octubre, el vencimiento correspondería al 16 de noviembre de 2026, siempre que se mantenga esa fecha. Los interesados deberán comprobar el plazo definitivo en la versión publicada.

La dirección electrónica habilitada es: IFRCivilFinesReview@ice.dhs.gov

El aviso especifica qué información debe enviarse para que la agencia pueda examinar la reclamación.

En el asunto del correo electrónico deben aparecer:

  • Nombre completo de la persona sancionada.
  • Fecha de nacimiento.
  • Número de registro de extranjero, conocido como número A (Alien Registration Number).

La reclamación también debe incluir:

  • Dirección actual del afectado.
  • Número de teléfono actualizado.
  • Número de seguimiento de la multa (penalty tracking number).
  • Número de factura (invoice number), cuando corresponda.

Además de identificar la sanción, el interesado debe explicar qué perjuicio concreto considera que sufrió debido a la aplicación de las reglas provisionales, pues ese es el único tipo de reclamación que contempla el aviso.

ICE advierte expresamente que no revisará las solicitudes que carezcan de la información exigida.

La agencia evaluará si el perjuicio alegado está acreditado y, en ese caso, qué remedio podría resultar apropiado. El documento no promete una respuesta favorable ni establece una reducción automática de las cantidades reclamadas.

Es importante distinguir este procedimiento de la apelación ordinaria contra una multa. El plazo de 21 días no sustituye los plazos de apelación existentes ni permite reabrir cualquier caso simplemente por estar en desacuerdo con la sanción.

¿Qué significa para los cubanos con I-220A y órdenes de deportación?

La decisión tiene especial interés para los inmigrantes cubanos que permanecen en Estados Unidos con situaciones migratorias sin resolver, particularmente aquellos que tienen una orden final de deportación y han recibido una notificación de multa de ICE.

El formulario I-220A, por sí solo, no significa que una persona tenga una orden final de deportación ni que esté automáticamente expuesta a estas multas. Es necesario examinar el estado del expediente y las circunstancias particulares.

En el caso de quienes sí tienen una orden definitiva, uno de los puntos centrales es determinar si existe un incumplimiento voluntario de la obligación de abandonar el país.

La situación puede resultar especialmente compleja cuando la persona no ha podido ser deportada a Cuba por dificultades prácticas, documentales o relacionadas con la aceptación de su retorno.

Esas circunstancias no deben confundirse automáticamente con una negativa deliberada a salir de Estados Unidos, aunque tampoco representan una exención general de las sanciones.

Los efectos económicos de estas multas pueden ser considerables. Esta misma semana se conoció que un juez federal de Florida dictó una sentencia de 668,390.95 dólares contra una inmigrante hondureña por incumplir una orden de deportación.

Ese caso, que no corresponde a una ciudadana cubana, ilustra las posibles consecuencias de una deuda migratoria cuando llega a los tribunales federales y se convierte en una sentencia judicial ejecutable.

También se han conocido sanciones superiores al millón de dólares, lo que demuestra la magnitud que pueden alcanzar las multas acumuladas durante períodos prolongados.

Sin embargo, la ratificación anunciada por el DHS no significa que todas las multas administrativas se conviertan automáticamente en sentencias judiciales. Se trata de procedimientos diferentes, aunque una sanción administrativa puede dar lugar posteriormente a acciones de cobro.

Por otro lado, los cubanos que aún tienen procesos migratorios pendientes deben distinguir entre una orden final de deportación y una decisión que todavía puede ser recurrida.

Una abogada de inmigración explicó recientemente la importancia de apelar oportunamente las órdenes de deportación, una cuestión distinta del procedimiento extraordinario de 21 días establecido en el nuevo aviso.

Qué hacer si ya recibiste una multa de ICE

Quienes hayan recibido una sanción migratoria deben comenzar por verificar la fecha en que fue emitida, si la decisión es definitiva y si existe alguna apelación pendiente.

También es importante identificar qué disposición legal se utilizó para imponer la multa y si el caso fue tramitado conforme a las reglas provisionales vigentes entre junio de 2025 y octubre de 2026.

Si consideran que ese procedimiento les ocasionó un perjuicio específico, podrán evaluar la posibilidad de presentar una reclamación dentro de la ventana establecida por el DHS.

No obstante, antes de enviar información personal o formular argumentos legales, resulta recomendable consultar con un abogado especializado en inmigración, especialmente si existe una apelación pendiente, una orden de deportación, un litigio judicial o una gestión de cobro.

El nuevo aviso confirma que el Gobierno estadounidense pretende mantener las sanciones firmes emitidas bajo las reglas anteriores. Al mismo tiempo, deja una oportunidad limitada para que los afectados expongan posibles perjuicios relacionados con ese procedimiento.

Para los cubanos multados, la diferencia entre una sanción definitiva, una apelación pendiente y una reclamación por perjuicios puede resultar decisiva. El plazo de 21 días exige atención inmediata, pero no debe interpretarse como una oportunidad general para anular todas las multas de ICE.

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Este artículo ha sido generado o editado con la ayuda de inteligencia artificial. Ha sido revisado por un editor antes de su publicación.


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