Acuerdo 5457

Otorgar Título Honorífico Héroe del Trabajo

Organismo
Consejo de Estado de la República de Cuba
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 5 Extraordinaria Especial de 2016 (2016-08-08)
Páginas
13–14
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Resumen generado por IA

El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga el Título Honorífico 'Héroe del Trabajo de la República de Cuba' a varios ciudadanos. Esta distinción se establece según la Ley número 17 de 1978 y el Decreto-Ley número 30 de 1979.

Texto íntegro

El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le hansido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución, y la Ley número 17 de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adop-tado el siguiente

ACUERDO NÚMERO 5456

PRIMERO: Otorgar el Título Honorífico “HÉROE DEL TRABAJO DE LA REPÚ-BLICA DE CUBA”, creado por el Decreto-Ley número 30 de 10 de diciembre de 1979, alos compañeros

JUAN CHAMIZO MILIANS

FÉLIX RIVERA PÁEZ

CARLOS A. CREMATA MALBERTI

ORLANDO VALLS PÉREZ

MANUEL MERIÑO AMADOR

JAIME SMITH PRIDE

MARÍA A. ORTEGA GARCÍA

LUIS M. RAMÍREZ VILLASANA

JUAN RICARDO SANTIESTEBAN

INORBIS ROMÁN CARABALLO

LÁZARO F. EXPÓSITO CANTO

MIGUEL A. VALDÉS MIER

ISRAEL P. BORRAJERO MARTÍNEZ

en reconocimiento a su relevante y fructífera trayectoria laboral y social, y a los ex-traordinarios méritos alcanzados en el trabajo creador.

SEGUNDO: Que la entrega del Título, así como la imposición de la Estrella de Oroque lo representa, se efectúe, en acto solemne, en ocasión del Día Internacional de los Trabajadores.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a 1 ro. de mayo de 2016.

Raúl Castro Ruz

Presidente del Consejo

de Estado

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