Resolución 200/2026

Sobre depreciación acelerada para maquinarias y tecnología

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
2026-08-29
Publicada en
Gaceta No. 81 Ordinaria de 2026 (2026-10-01)
Páginas
2–3
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Resumen generado por IA

La Resolución 200/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios regula la depreciación acelerada para maquinarias y tecnología de producción de alimentos y procesamiento industrial. Esta norma permite a las entidades aplicar tasas de depreciación y amortización superiores a las establecidas en la legislación vigente, lo que será deducible para el cálculo del Impuesto sobre Utilidades. La Resolución es emitida por el Ministro de Finanzas y Precios en virtud de la facultad conferida por la Ley 113/2012.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 200/2026

POR CUANTO: La Ley 113 “Del Sistema Tributario”, de 23 de julio de 2012, estable-ce entre otros tributos, el Impuesto sobre Utilidades, al que están obligadas las personasjurídicas, cubanas y extranjeras, que obtengan utilidades imponibles, con independencia asu forma de organización o régimen de propiedad, y en su Disposición Final Segunda,inciso c), se faculta al ministro de Finanzas y Precios, cuando circunstancias económicas ysociales a su juicio así lo aconsejen, a establecer las tasas máximas anuales de depreciación y deamortización de los activos fijos a los efectos de la deducción de estos gastos para el pagode este Impuesto.

POR CUANTO: La Resolución 701, dictada por la ministra de Finanzas y Precios, de 22 de septiembre de 2015, aprueba las tasas máximas anuales de depreciación y de amorti-zación de los activos fijos tangibles e intangibles a los efectos del cálculo del Impuestosobre Utilidades.

POR CUANTO: Las Transformaciones Económicas y Sociales aprobadas reconocenla necesidad de establecer un régimen de depreciación acelerada para la adquisición demaquinarias, tecnología de producción de alimentos y procesamiento industrial, que fa-vorezca la recuperación de las inversiones.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el

Artículo 145,inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,

2778

RESUELVO

ÚNICO: Autorizar que las entidades que adquieran maquinarias, y tecnología de produc-ción de alimentos y procesamiento industrial de alimentos, apliquen tasas de depreciación yde amortización de los activos fijos tangibles e intangibles, superior a las establecidas en lalegislación vigente, el que se considera deducible a los efectos del cálculo del Impuesto sobre Utilidades.

DISPOSICIÓN FINAL

ÚNICA: La presente Resolución entra en vigor a partir de la publicación en la Gaceta Oficial de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 29 días del mes de agosto de 2026.

Vladimir Regueiro Ale

Ministro