Régimen cubano extiende plazos del comercio mayorista para mipymes y cooperativas privadas

La extensión del comercio mayorista para mipymes y cooperativas seguirá vigente hasta que el gobierno evalúe su desempeño económico y social a nivel local y nacional.


El gobierno cubano decidió extender los plazos para que las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) privadas y las cooperativas no agropecuarias puedan seguir realizando comercio mayorista.

Según establece la Resolución 18/2025 del Ministerio del Comercio Interior (MINCIN), publicada en la Gaceta Oficial No. 43 Ordinaria del 7 de mayo de 2025, la prórroga beneficia a los actores económicos no estatales que tienen autorizada la actividad mayorista, ya sea como parte principal o secundaria de sus negocios.


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Sin embargo, la medida aclara que esta extensión se mantendrá solo hasta que termine una evaluación sobre cómo funcionan estas empresas en lo económico y social, tanto en sus provincias como a nivel nacional, y según lo que decidan “las políticas del país”.

Por otro lado, el texto aclara que no están incluidos en esta prórroga aquellos trabajadores por cuenta propia que realizan comercio mayorista con productos nacionales o importados.

Para ellos sigue vigente el plazo original establecido en la Resolución 56/2024, que obliga a liquidar sus inventarios, mercancías en tránsito y productos disponibles una vez vencido el tiempo autorizado.

La nueva resolución también modifica un apartado clave de la normativa anterior y deja claro que las mipymes, las cooperativas y los trabajadores por cuenta propia que produzcan sus bienes, pueden venderlos tanto al por mayor como al por menor, siempre que cuenten con la licencia correspondiente que lo especifique.

Además, las direcciones provinciales y municipales de Comercio, así como los departamentos de Mercadotecnia e Inspección, quedan a cargo de garantizar que se cumpla lo dispuesto en esta norma.

Una vez que termine la evaluación a estas empresas, se decidirá quién puede continuar con el comercio mayorista y se actualizarán los objetos sociales y los inventarios de quienes no reciban autorización.

Por último, se ratifica que quienes tienen licencia para comercio minorista pueden seguir vendiendo productos y prestando servicios tanto a la población como a entidades estatales y privadas, sin que estos cambios les afecten.

En diciembre pasado, el régimen cubano dio un nuevo golpe a la iniciativa privada: la Gaceta Oficial No. 119 publicó la Resolución 56 del MINCIN, que cancelaba de forma automática las licencias de comercio mayorista a mipymes y cooperativas privadas que tenían esa actividad como secundaria.

La disposición, firmada por la ministra Betsy Díaz Velázquez, entraría en vigor el 5 de diciembre, con el argumento de “ordenar” el comercio mayorista y minorista dentro del sector no estatal.

En ese momento, el primer ministro Manuel Marrero justificó la medida, alegando que no se trataba de prohibir, sino de “reordenar” el comercio mayorista y minorista en el sector privado.

Durante su intervención ante la Asamblea Nacional, Marrero aseguró que la intención era corregir desvíos en el funcionamiento de algunas mipymes.

Según explicó, varias de estas empresas habían sido aprobadas con un objeto social específico, pero terminaron dedicándose principalmente a la importación y venta masiva de mercancías en las calles, a través de contenedores, en lugar de cumplir con los fines para los que fueron autorizadas.

En abril pasado, el gobierno informó a través de su cuenta oficial en X que los trabajadores por cuenta propia, autorizados inicialmente a vender productos nacionales o importados al por mayor, se encontraban en proceso de liquidar las mercancías en tránsito y las ya disponibles en plaza, tal como exige la normativa vigente.

Por otra parte, el régimen prorrogó hasta el 30 de septiembre el plazo fijado para que mipymes privadas y cooperativas no agropecuarias (CNA) cuya actividad principal era la comercialización mayorista, ratifiquen que seguirán realizando dicha actividad, pero con la participación obligada de entidades estatales.

La Resolución 56 del MINCIN de 2024 otorgó inicialmente 90 días para que estos negocios y cooperativas no agropecuarias, si expresaban su voluntad de continuar ejerciendo el comercio mayorista, actualicen su licencia comercial.

Preguntas frecuentes sobre la situación de las mipymes y el comercio mayorista en Cuba

¿Qué cambios introduce la Resolución 18/2025 para las mipymes y cooperativas en Cuba?

La Resolución 18/2025 extiende los plazos para que las mipymes privadas y cooperativas no agropecuarias puedan seguir realizando comercio mayorista, pero esta extensión se mantendrá solo hasta que termine una evaluación sobre su impacto económico y social. Esta normativa no incluye a los trabajadores por cuenta propia, quienes deben cumplir con los plazos originales para liquidar inventarios.

¿Por qué el gobierno cubano ha decidido extender los plazos para el comercio mayorista?

El gobierno ha extendido los plazos para evaluar cómo las mipymes y cooperativas impactan en la economía y sociedad cubana. La medida busca determinar quién podrá continuar con el comercio mayorista tras la evaluación, en función de las políticas nacionales. Esta decisión refleja una estrategia para controlar más de cerca la actividad económica del sector privado.

¿Cómo afecta esta resolución a los trabajadores por cuenta propia en Cuba?

La extensión de plazos no aplica a los trabajadores por cuenta propia, quienes deben seguir el plazo original para liquidar sus inventarios según la Resolución 56/2024. Esta distinción subraya la intención del gobierno de limitar la expansión del sector privado independiente en el comercio mayorista.

¿Qué implica para las mipymes seguir en el comercio mayorista tras la evaluación?

Para continuar en el comercio mayorista, las mipymes deberán cumplir con las actualizaciones de sus licencias y posiblemente establecer alianzas con entidades estatales. El resultado de la evaluación determinará qué mipymes pueden seguir operando en este ámbito, en base a las decisiones políticas del país.

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Este artículo ha sido generado o editado con la ayuda de inteligencia artificial. Ha sido revisado por un periodista antes de su publicación.


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