El SEN pagará 90 CUP por cada kWh de energía renovable que los cubanos inyecten a la red

Termoeléctrica de Nuevitas © Cubadebate
Termoeléctrica de Nuevitas Foto © Cubadebate

El Sistema Electroenergético Nacional (SEN) abonará 90 pesos cubanos por cada kilowatt-hora generado con fuentes renovables y entregado a la red eléctrica, según establece la Resolución 179/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios, publicada el viernes en la Gaceta Oficial No. 66.

La norma, firmada el pasado martes por el ministro Vladimir Regueiro Ale, modifica la Resolución 114/2026 de mayo de este año y amplía su alcance para incluir de forma explícita tanto a productores del sector residencial como del no residencial.

La tarifa de 90 CUP/kWh rige en cualquier franja horaria, sin distinción entre horario diurno, pico o nocturno.

El texto de la resolución establece: «Aprobar la tarifa para la compra de energía eléctrica, entregada al Sistema Electroenergético Nacional (SEN), por productores del sector no residencial y por el sector residencial, a través de fuentes renovables de energía, de noventa pesos cubanos por kilowatts hora (90.00 CUP/kWh), entregado al SEN en cualquier horario del día».

El salto respecto a la tarifa anterior es considerable: la Resolución 238/2023 fijaba apenas 3.00 CUP/kWh para productores no residenciales y 6.00 CUP/kWh para los residenciales, lo que significa que la nueva cifra representa un aumento de 30 y 15 veces, respectivamente.

Bajo el esquema de 2023, las centrales azucareras renovables tenían además tarifas diferenciadas según el momento del día: 9.00 CUP/kWh en horario diurno, 12.00 CUP/kWh en pico y 4.00 CUP/kWh en la madrugada. Todo ese esquema queda sustituido por la tarifa plana vigente.

La medida llama la atención por la asimetría que genera: mientras el SEN pagará 90 CUP/kWh a quienes le vendan electricidad renovable, el consumidor residencial cubano paga por consumirla entre 0.33 CUP/kWh —para los primeros 100 kWh mensuales— y 25.00 CUP/kWh en el tramo más alto, según la tarifa escalonada vigente desde marzo de 2024.

Esa diferencia refleja el carácter de incentivo de la medida: el régimen busca atraer inversión privada en generación distribuida ante la incapacidad del Estado para sostener el sistema eléctrico.

En la misma Gaceta No. 66 se publicó la Resolución 180/2026, que amplía los incentivos fiscales para las energías renovables: exime del Impuesto Aduanero a personas naturales y jurídicas que importen paneles solares fotovoltaicos, calentadores solares, bombas fotovoltaicas, pequeños aerogeneradores, biodigestores, alumbrado solar, aires acondicionados solares y cargadores para vehículos eléctricos.

Además, esa resolución exime del pago de impuestos sobre Utilidades e Ingresos Personales a quienes instalen fuentes renovables para autoconsumo o entrega al SEN, durante el período de recuperación de la inversión y por un plazo de hasta ocho años.

El paquete normativo llega días después de que Cuba registrara un nuevo colapso total del SEN el pasado domingo, en medio de una crisis energética que en múltiples jornadas de 2026 ha acumulado déficits cercanos o superiores a los 2,000 MW.

El país cuenta actualmente con 54 parques solares fotovoltaicos que aportan picos de hasta 858 MW durante el día, aunque esa producción cae al anochecer, precisamente cuando se concentra el mayor consumo. El plan oficial apunta a llegar a 92 parques solares para 2028.

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