
La familia de un ciudadano cubano condenado a 13 años de prisión en Santiago de Cuba por tráfico internacional de drogas denunció que en el proceso judicial se violaron derechos fundamentales y garantías procesales.
El tribunal provincial informó en Facebook que el acusado, residente en Surinam desde 2022, fue detenido en el aeropuerto internacional Antonio Maceo, donde las autoridades hallaron 300 gramos de cocaína de alta pureza ocultos en un sillín de bicicleta que formaba parte de su equipaje.
La fiscalía admitió que “el acusado de 33 años de edad había recibido bienes en su equipaje de una persona en Surinam”, y además “por estas acciones recibió 84 dólares y debía entregar los bienes una persona a su llegada al territorio nacional, de la cual no se conoció su identidad”.
Y seguidamente aclaró: “El que se preste a traer encomiendas y trae drogas es responsable de las mismas por lo que el tribunal consideró al imputado autor según el artículo 20.1.2 inciso a) del Código Penal”.
No obstante, la nota enfatiza en que se le realizó un juicio “ejemplarizante”, afirmación que resulta ilógico al plantearse que “el tribunal tuvo en cuenta que esta persona no había sido controlada con anterioridad por vincularse a las drogas, mantenía adecuada conducta social y no le constaban antecedentes penales”.
Sin embargo, en los comentarios a la publicación oficial sobre el caso, los familiares del condenado reclamaron la reapertura del proceso, alegando que se negaron pruebas y testigos que demostraban la falta de conocimiento del acusado respecto a la sustancia encontrada.
Su hermana Yaidarys Rodríguez Avilés expresó que la versión publicada por el tribunal era “incompleta y sesgada” y recordó que su hermano regresó a Cuba en medio de una difícil situación económica.
“No contaba con suficiente dinero para pagar su pasaje y tuvo que vender parte de su equipaje. Era la primera vez que salía del país, no tenía experiencia ni intenciones maliciosas”, escribió.
Según dijo, el acusado revisó minuciosamente cada artículo recibido, incluido el sillín, y testigos confirmaron que desconocía la existencia de drogas en su interior.
Rodríguez señaló que durante el juicio no se admitieron testigos ni pruebas que hubieran demostrado la diligencia de su hermano, y agregó que incluso agentes de la Aduana declararon que la droga estaba tan oculta que ni expertos podían haberla detectado en una inspección superficial.
“Mi hermano fue víctima de una trampa y del afán de hacer un juicio ejemplarizante”, concluyó.
Otra hermana, Yaliannis Reyes, calificó el proceso de “una injusticia total”.
“Exigimos que hagan público el juicio de principio a fin, porque allí quedó demostrado que él no tenía intención de traficar. No tuvieron en cuenta el dolor de una madre, de una hija que hoy está desconsolada. Exigimos justicia y que se cumplan las leyes y los derechos”, denunció.
La madre, Eneida Avilés Castillo, aseguró sentirse devastada: “Que pena siento en mi corazón de ver con mis propios ojos las injusticias que se han cometido con mi hijo, condenándolo a 13 años sin tomar en cuenta que solo fue engañado. Entró a Cuba pocos días antes de perder su estatus migratorio, porque no quería convertirse en emigrante. Estoy de acuerdo en que se sancione a los verdaderos delincuentes de la droga, pero no de esta manera, destruyendo familias inocentes”.
El padrastro, Juan Rafael Rodríguez Diéguez, maestro de profesión, también se pronunció en defensa del acusado.
“En este proceso se negaron pruebas fundamentales, se quebrantó el principio de igualdad ante la ley y se vulneró la presunción de inocencia. Se condenó sin demostrar dolo ni voluntad consciente de cometer delito alguno”, señaló.
Rodríguez citó los artículos 54 y 55 de la Constitución y el 95 del Código Penal, al sostener que el juicio no cumplió con las garantías mínimas del debido proceso.
En una segunda intervención, Yaidarys Rodríguez Avilés cuestionó la interpretación del Código Penal aplicada por el tribunal.
“Para condenar a alguien como autor se debe demostrar que actuó de forma directa y consciente. En este caso no se probó ni conocimiento ni intención de traficar. La sentencia es desproporcionada y carente de fundamentos sólidos”, afirmó.
Yaliannis Reyes insistió en el impacto emocional que la condena ha causado: “No se imaginan el daño psicológico y moral que esta injusticia ha causado a mi hermano y a nuestra familia. ¿Cómo explicarle a mis hijos que su tío fue sentenciado a 13 años sin base ni fundamentos? Queremos justicia para el acusado de la causa 90 de 2025”.
Los familiares, en conjunto, reclamaron la revisión del proceso, la admisión de todas las pruebas y testimonios que fueron excluidos y la publicación íntegra del juicio, con el fin de que “la sociedad conozca la verdad completa y no solo una versión parcial que favorece la imagen oficial”.
Recientemente, el Tribunal Supremo Popular de Cuba lanzó una seria advertencia sobre el crecimiento del consumo y tráfico de drogas sintéticas en la isla, especialmente en La Habana.
Además, aprobó un dictamen que endurece las sanciones penales para quienes tengan o distribuyan estas sustancias altamente tóxicas.
El Supremo aclaró que ya no será necesario que un acusado posea una libra (460 gramos) de droga para ser procesado bajo el artículo de “cantidades relativamente grandes” del Código Penal.
En el caso de los cannabinoides sintéticos, bastará demostrar, mediante peritajes en toxicología y criminalística, que la sustancia es de alta toxicidad, cuántas dosis podían derivarse de lo incautado y el potencial daño a la salud pública.
Para la tenencia ilícita, la calificación será bajo el Artículo 236 inciso a), con penas de uno a tres años de cárcel o multas de hasta mil cuotas, como ocurre con sustancias de la potencia de la cocaína.
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