¡Sorpresa! Extranjeros podrán invertir y patrocinar el deporte cubano



Equipo de pelota de Matanzas, el saltador y combate de boxeo de Julio César La Cruz © Collage JIT - Facebook/Jumpers World - Cubadebate
Equipo de pelota de Matanzas, el saltador y combate de boxeo de Julio César La Cruz Foto © Collage JIT - Facebook/Jumpers World - Cubadebate

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Cuba aprobó la Ley 179 del Sistema Deportivo Cubano, la primera normativa integral de su tipo en la historia del país, que permitirá a actores económicos extranjeros participar en el patrocinio y financiamiento del deporte en la isla a partir del 13 de mayo de 2026, fecha en que entra en vigor.

La ley fue aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular en julio de 2025 y publicada en la Gaceta Oficial No. 3 Ordinaria el 13 de enero de 2026.

Con 5 títulos, 26 capítulos y 253 artículos, establece el marco legal para el funcionamiento del Sistema Deportivo Cubano e incorpora por primera vez a actores económicos estatales y no estatales, tanto nacionales como extranjeros.

El director jurídico del INDER, Karel Luis Pachot Zambrana, explicó a Prensa Latina que "la condición de nacional o extranjero no limita la posibilidad de participar en acciones de patrocinio dentro del deporte en la isla".

Según el funcionario, la contribución de estos actores "no se limita al financiamiento, sino que también incluye producción de bienes, prestación de servicios e innovación y desarrollo del conocimiento, en función del fortalecimiento del sistema deportivo como un bien de interés social".

El proceso de autorización está regulado por la Resolución 41 de 2025 del INDER: el actor económico interesado presenta su propuesta a una federación o comité organizador, y la autoridad competente evalúa y aprueba según el nivel del evento.

Pachot Zambrana reconoció que uno de los principales desafíos será "mejorar la preparación y el conocimiento de todos los involucrados en los procesos de autorización de publicidad y patrocinio".

Otro cambio relevante es la autonomía federativa en la selección de atletas.

El artículo 156 establece que las federaciones deportivas nacionales tienen competencia exclusiva para seleccionar atletas y personal técnico, sin exigir residencia permanente en el país.

Esto abre la puerta a que cubanos radicados en el exterior integren selecciones nacionales, aunque con condicionantes: los criterios de elegibilidad de federaciones internacionales y el cumplimiento de los principios del Sistema Deportivo Cubano.

La ley llega en un momento de colapso del deporte cubano en 2025.

Ese año, 41 peloteros firmaron con organizaciones de Grandes Ligas, el INDER suspendió indefinidamente certámenes en múltiples disciplinas por falta de combustible, y Cuba se retiró de la AmeriCup de baloncesto en febrero tras la denegación de visados a 14 de 17 jugadores y entrenadores.

El PIB cubano cayó un 5% en 2025, acumulando una caída del 15% desde 2020.

La apertura al patrocinio extranjero se enmarca en una tendencia más amplia: en marzo de 2026, el régimen anunció que emigrados podrán invertir directamente en Cuba en sectores como turismo, infraestructura y energía.

Sin embargo, expertos advierten sobre la ausencia de Estado de derecho y garantías jurídicas reales para los inversores.

De hecho, la historia de un inversor extranjero preso en Cuba ha vuelto a encender las alarmas sobre los riesgos reales de apostar por el mercado cubano, donde las reglas del juego pueden cambiar sin previo aviso ni amparo legal efectivo.

Pachot Zambrana insistió en que el Estado "continúa siendo el principal garante de los recursos del deporte en la isla", y que el modelo se mantiene alineado con el sistema económico y social socialista del país, lo que plantea interrogantes sobre el alcance real de la apertura anunciada.

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