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El régimen cubano ya comenzó a desplegar en todo el país la implementación de la Resolución 86/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios, una norma que obliga a cuentapropistas, MIPYMES y otros actores no estatales a reportar operaciones sospechosas vinculadas a delitos financieros y terrorismo.
Según informó el propio Ministerio en sus redes sociales, se está ejecutando un programa de capacitación a nivel nacional dirigido a funcionarios, con el objetivo de garantizar la aplicación efectiva de la medida. Estas acciones se realizan en coordinación con los gobiernos locales y forman parte de la puesta en vigor de la normativa firmada el pasado 8 de abril.
Durante la jornada del sábado, la viceministra Yenisley Ortiz Mantecón, acompañada por el vicegobernador de La Habana, impartió sesiones de preparación a intendentes y funcionarios de los consejos de la administración en la capital, como parte de este proceso.
La Resolución 86 establece que los actores económicos no estatales que ejerzan la teneduría de libros pasan a ser “sujetos obligados” en la prevención del lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y otras actividades ilícitas. En la práctica, esto implica que deben vigilar las operaciones de sus clientes, reportar cualquier sospecha a las autoridades sin informarles y cumplir con estrictas obligaciones de confidencialidad.
El despliegue de capacitaciones evidencia que la medida ha entrado en una fase operativa y que su cumplimiento será supervisado directamente desde las estructuras territoriales del Estado. La participación de autoridades locales en el proceso sugiere, además, un control más cercano sobre el sector privado, en un contexto de creciente presión regulatoria.
El artículo cuatro de la resolución establece que estos sujetos «son responsables de no prestar servicios a clientes que estén en listas internacionales o en la Lista Nacional de personas y entidades vinculadas a acciones terroristas».
Cuando detecten una coincidencia, deben emitir «sin demora» un Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS) a la Dirección General de Investigación de Operaciones Financieras (DGIOF) del Banco Central de Cuba, sin informar al cliente investigado bajo ninguna circunstancia.
La obligación de confidencialidad es absoluta: los privados «no pueden revelar la información contenida en el ROS, salvo solicitud de autoridad competente», según el artículo 14.
Además, deben conservar todos los datos relevantes de sus clientes durante cinco años tras concluir la relación contractual y cooperar obligatoriamente con las autoridades cuando estas lo requieran.
El incumplimiento de estas obligaciones puede escalar hasta la Fiscalía General de la República, el Ministerio del Interior y la Contraloría General de la República, según el artículo 16 de la resolución.
La medida amplía de forma significativa el control estatal sobre el sector privado cubano en medio de la crisis, que cuenta con más de 11,000 MIPYMES registradas, genera el 31.2% del empleo y aporta el 23% de los ingresos fiscales.
Esta normativa se suma a otras disposiciones recientes que han endurecido las condiciones para el ejercicio de actividades económicas no estatales en Cuba, en medio de una crisis que ha obligado a miles de emprendedores a operar bajo mayores restricciones legales y administrativas.
Preguntas frecuentes sobre la Resolución 86/2026 y su impacto en el sector privado cubano
CiberCuba te lo explica:
¿Qué establece la Resolución 86/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba?
La Resolución 86/2026 obliga a cuentapropistas, MIPYMES y otros actores no estatales a reportar operaciones sospechosas vinculadas a delitos financieros y terrorismo. Esta norma establece que los actores económicos no estatales que ejerzan la teneduría de libros son "sujetos obligados" en la prevención del lavado de activos y el financiamiento al terrorismo, debiendo informar cualquier operación sospechosa a las autoridades sin informar al cliente involucrado.
¿Cuál es el propósito del entrenamiento de funcionarios sobre la nueva normativa?
El propósito del entrenamiento es garantizar la aplicación efectiva de la Resolución 86/2026. El régimen cubano ha iniciado un programa de capacitación a nivel nacional para funcionarios, en coordinación con los gobiernos locales, para asegurar que la normativa se implemente y supervise correctamente.
¿Cómo afecta la Resolución 86/2026 al sector privado cubano?
La resolución amplía significativamente el control estatal sobre el sector privado cubano. Con más de 11,000 MIPYMES registradas que generan el 31.2% del empleo y aportan el 23% de los ingresos fiscales, el sector privado ahora enfrenta una mayor carga burocrática y legal, siendo obligado a actuar como una extensión del sistema de control estatal para vigilar y reportar a sus clientes.
¿Qué consecuencias podría enfrentar un actor privado que incumpla con la normativa?
El incumplimiento de la normativa puede escalar hasta la Fiscalía General de la República, el Ministerio del Interior y la Contraloría General de la República. Los privados que no cumplan con las obligaciones de vigilancia y reporte pueden enfrentar sanciones severas, incluyendo investigaciones penales y la suspensión de sus actividades económicas.
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