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El régimen cubano publicó este martes en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 60 las nuevas leyes de Migración, Extranjería y Ciudadanía junto a sus reglamentos, un marco normativo aprobado por la Asamblea Nacional en julio de 2024 pero que había permanecido sin publicar durante casi dos años.
La Cancillería cubana anunció la publicación en una conferencia de prensa celebrada en el Centro de Prensa Internacional, con participación de autoridades de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior y de la Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Las normas fueron elaboradas con la participación de 37 organismos del Estado cubano, según informaron las autoridades presentes en la rueda de prensa.
Entre los cambios más relevantes figura la introducción del concepto de Residencia Efectiva Migratoria, que reconoce como residentes a quienes permanezcan más de 180 días acumulados al año en Cuba, o demuestren arraigo mediante vínculos familiares, laborales, económicos o patrimoniales.
También se elimina el límite anterior de 24 meses de permanencia en el exterior. Según el anuncio oficial, «se establece que no existe restricción de tiempo para su estancia en el país; y se detiene el incremento de la condición de emigrado».
Esta restricción de los 24 meses había generado tensión constante con la diáspora cubana, estimada en más de dos millones de personas.
El parlamento cubano aprobó la nueva Ley de Migración el 19 de julio de 2024, pero sus disposiciones finales establecían un plazo de 180 días posteriores a su publicación en Gaceta Oficial para entrar en vigor, publicación que se demoró hasta hoy.
En materia de ciudadanía, se introduce el concepto de ciudadanía efectiva, que «reconoce la posibilidad de poseer otra ciudadanía sin perder la cubana, aunque se mantiene la obligación de utilizar esta última en los actos jurídicos dentro del territorio nacional».
Las nuevas leyes de ciudadanía y extranjería también crean categorías migratorias inéditas: residente provisional y residente humanitario, y amplían las causales para optar por la residencia permanente en Cuba, incluyendo vínculos familiares, tiempo de permanencia, calificación profesional y capacidad de inversión.
Además, la nueva Ley de Migración consolida un amplio marco de control estatal sobre los movimientos de personas, al otorgar a las autoridades facultades para autorizar, denegar o cancelar la entrada, permanencia y salida del territorio nacional tanto a extranjeros como a ciudadanos cubanos.
Entre sus disposiciones, se establecen múltiples causales de inadmisión al país, que incluyen desde antecedentes por delitos como terrorismo, narcotráfico o trata de personas, hasta razones más amplias vinculadas a la seguridad nacional, el orden público o la realización de acciones consideradas hostiles contra el sistema político.
En el caso de los ciudadanos cubanos, la normativa también amplía las condiciones bajo las cuales se puede impedir la salida del país.
Entre ellas figuran estar sujeto a procesos judiciales, tener obligaciones económicas pendientes con el Estado, cumplir sanciones penales, o incluso carecer de autorizaciones específicas cuando se trate de preservar fuerza laboral calificada o información considerada sensible.
Asimismo, la ley contempla restricciones por razones de defensa y seguridad nacional o por decisiones administrativas que respondan al interés público.
De igual forma, se introducen mecanismos que permiten limitar la entrada al país, incluso a ciudadanos cubanos, en situaciones excepcionales como emergencias, eventos de gran impacto o cuando las autoridades consideren que existen riesgos para la estabilidad interna.
A esto se suma la posibilidad de aplicar medidas como deportación, expulsión o prohibiciones de reingreso a extranjeros que infrinjan la legislación vigente o sean considerados una amenaza para el orden social.
La Gaceta incluye además el Decreto-Ley 117/2026, firmado el 15 de abril por Juan Esteban Lazo Hernández, presidente de la Asamblea Nacional, que crea de forma urgente la condición migratoria de Inversores y de Negocios para emigrados cubanos que deseen participar en la economía de la Isla.
Esta figura fue necesaria porque el 16 de marzo el gobierno anunció medidas para permitir la participación de la diáspora en la economía nacional, pero la Ley 171 aún no había entrado en vigor.
Los emigrados cubanos que quieran invertir en Cuba podrán solicitar esta condición en consulados cubanos o en oficinas del Ministerio del Interior, con un plazo de resolución de 30 días hábiles.
El trámite tiene un costo de 3,500 pesos cubanos, según establece la Resolución 93/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios, firmada por el ministro Vladimir Regueiro Ale.
Los cubanos que obtengan la condición de Inversores y de Negocios se equiparan en derechos a los residentes en territorio nacional mientras permanezcan en Cuba, según el Decreto 150/2026 firmado por el primer ministro Manuel Marrero Cruz.
La desconfianza de la diáspora ante las aperturas del régimen ha sido una constante desde que se anunciaron estas medidas en abril, dado el historial de incumplimientos y cambios de reglas del gobierno cubano frente a quienes han apostado por invertir en la Isla.
Preguntas frecuentes sobre las nuevas leyes de Migración, Extranjería y Ciudadanía en Cuba
CiberCuba te lo explica:
¿Qué cambios introduce la nueva ley de Migración en Cuba respecto a la permanencia en el exterior?
La nueva ley elimina el límite de 24 meses de permanencia en el exterior. Esto significa que los cubanos ya no tienen restricciones de tiempo para su estancia fuera del país, lo que responde a una demanda de la diáspora cubana y busca reducir tensiones con los emigrados.
¿Qué es la Residencia Efectiva Migratoria en Cuba?
La Residencia Efectiva Migratoria reconoce como residentes a quienes permanezcan más de 180 días acumulados al año en Cuba, o a quienes demuestren arraigo mediante vínculos familiares, laborales, económicos o patrimoniales. Esta figura busca flexibilizar el estatus de residencia en la isla.
¿Qué implicaciones tiene la nueva condición de Inversores para los emigrados cubanos?
La nueva condición de Inversores permite a los emigrados cubanos participar en la economía de la isla, equiparándolos en derechos a los residentes nacionales mientras permanezcan en Cuba. Sin embargo, esta apertura ha sido recibida con desconfianza debido al historial de incumplimientos y cambios de reglas por parte del gobierno cubano.
¿Cómo afecta la nueva legislación de ciudadanía a los cubanos con doble nacionalidad?
La nueva legislación introduce el concepto de ciudadanía efectiva, permitiendo poseer otra ciudadanía sin perder la cubana. Sin embargo, se mantiene la obligación de utilizar la ciudadanía cubana en los actos jurídicos dentro del territorio nacional.
¿Cuánto cuesta el trámite para obtener la condición de Inversores en Cuba?
El trámite para obtener la condición de Inversores tiene un costo de 3,500 pesos cubanos, según la Resolución 93/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios. Este costo es parte del proceso para que los emigrados cubanos puedan invertir en la economía de la isla.
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