American Airlines e Iberostar alcanzaron acuerdos confidenciales para poner fin a las demandas presentadas contra ellas bajo el Título III de la Ley Helms-Burton por uso de propiedades confiscadas en Cuba, según información reportada por primera vez el sábado por el Consejo Económico y Comercial EE.UU.-Cuba.
Ambos acuerdos se habían mantenido sin divulgar públicamente hasta ese momento, a pesar de haber sido formalizados con meses de antelación.
American Airlines llegó a su acuerdo el 19 de febrero de 2026 con el demandante José Ramón López Regueiro, hijo de José López Vilaboy, un empresario cubano que adquirió los terrenos del Aeropuerto Internacional José Martí de La Habana a Pan American Airways en 1952 por 1,5 millones de dólares.
López Vilaboy modernizó la pista de aterrizaje y construyó la terminal aeroportuaria, que fue confiscada sin compensación tras el triunfo de la Revolución Cubana en enero de 1959.
La demanda, presentada en 2019 por el bufete Rivero Mestre LLP de Miami, acusaba a la aerolínea de «traficar» con esa propiedad confiscada al operar vuelos regulares al aeropuerto habanero.
El caso fue inicialmente desestimado con perjuicio el 30 de junio de 2022, pero el Tribunal de Apelaciones del 11º Circuito ordenó en agosto de 2025 que el tribunal de distrito continuara con el litigio, lo que eventualmente condujo al acuerdo.
Iberostar, por su parte, alcanzó su acuerdo en una mediación celebrada el 25 de agosto de 2025, con la orden de desestimación emitida el 9 de septiembre de ese año por el juez senior Robert N. Scola Jr. del Distrito Sur de Florida.
La demanda contra la cadena hotelera española fue presentada el 8 de enero de 2020 por herederos de Dolores Martí Mercade y Fernando Canto Bory, propietarios originales de un hotel llamado El Imperial en Santiago de Cuba, hoy rebautizado como Iberostar Heritage Imperial.
Iberostar opera en Cuba en asociación con Gaviota, la compañía de turismo de propiedad militar del régimen cubano.
El caso Iberostar tuvo además una dimensión internacional relevante: la Unión Europea intervino en el proceso, siendo la primera vez que un tribunal estadounidense reconoció el interés de la UE en litigios del Título III de la Ley Helms-Burton.
La noticia de los acuerdos se suma a la creciente incertidumbre para las empresas extranjeras en Cuba, después de que la administración Trump intensificara la presión sobre el régimen y amenazara con sanciones a las compañías y bancos extranjeros que se asocien con él.
El 7 de mayo, Washington sancionó a GAESA —el conglomerado militar cubano— y a su presidenta, Ania Lastres Morera, lo que llevó a la empresa minera canadiense Sherritt International a anunciar la suspensión de sus operaciones en la isla.
El mismo demandante López Regueiro presentó en noviembre de 2025 una demanda similar contra Delta Air Lines por operar en el aeropuerto habanero, caso en el que Delta solicitó la desestimación argumentando que sus vuelos fueron autorizados por el gobierno federal desde 2016.
Paralelamente, dos demandas similares —una contra cuatro compañías de cruceros por el uso del puerto de La Habana y otra relacionada con Cimex y GAESA— se encuentran ante la Corte Suprema de EE.UU., que celebró audiencias orales el 23 de febrero y se espera un fallo en breve.
Los expertos consideran que un fallo favorable a los demandantes podría disuadir aún más a los inversores extranjeros de hacer negocios en Cuba, hasta que las reclamaciones se resuelvan mediante negociaciones entre ambos gobiernos.
Preguntas Frecuentes sobre las Demandas de la Ley Helms-Burton y las Confiscaciones en Cuba
CiberCuba te lo explica:
¿Qué acuerdos han alcanzado American Airlines e Iberostar respecto a las demandas por confiscaciones en Cuba?
American Airlines e Iberostar han llegado a acuerdos confidenciales para resolver las demandas presentadas bajo el Título III de la Ley Helms-Burton. Estas demandas estaban relacionadas con el uso de propiedades confiscadas en Cuba. American Airlines cerró un acuerdo con José Ramón López Regueiro, mientras que Iberostar lo hizo en una mediación con herederos de los propietarios originales de un hotel en Santiago de Cuba.
¿Qué implica la Ley Helms-Burton y su Título III para empresas extranjeras en Cuba?
La Ley Helms-Burton, específicamente su Título III, permite a ciudadanos estadounidenses y cubanoamericanos presentar demandas en tribunales de EE.UU. contra empresas que se beneficien de propiedades confiscadas por el régimen cubano. La activación de este título en 2019 por la administración Trump ha llevado a múltiples litigios contra empresas extranjeras que operan en Cuba.
¿Cómo afectan las sanciones de EE.UU. y las demandas de la Helms-Burton al turismo en Cuba?
Las sanciones de EE.UU. y las demandas bajo la Ley Helms-Burton están generando un clima de incertidumbre para el turismo en Cuba. Muchas empresas extranjeras, especialmente hoteleras, enfrentan riesgos financieros y reputacionales al operar en la isla, lo que puede llevar a una reducción significativa de las inversiones y operaciones turísticas.
¿Qué papel juega la Corte Suprema de EE.UU. en las demandas por propiedades confiscadas en Cuba?
La Corte Suprema de EE.UU. tiene la responsabilidad de definir el alcance del Título III de la Ley Helms-Burton, lo que podría influir significativamente en las demandas por propiedades confiscadas en Cuba. Un fallo favorable a los demandantes podría aumentar las reclamaciones y disuadir a las empresas extranjeras de invertir en Cuba.
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