
El Consejo de Estado de Cuba publicó este miércoles el Decreto-Ley 133 de 2026, una norma que elimina el límite de 100 trabajadores para las empresas privadas y reconoce jurídicamente la existencia de negocios que superen esa cifra.
La disposición, emitida el 19 de agosto de 2026 y publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba No. 71 Ordinaria de 2026, modifica los Decretos-Leyes 88, 89 y 90 de 2024 y entra en vigor con su publicación.
El cambio supone la materialización jurídica de una de las principales medidas para el sector privado que el régimen cubano había anunciado en junio, cuando presentó un paquete de transformaciones económicas en medio de la prolongada crisis que atraviesa la isla.
Empresas privadas podrán superar los 100 trabajadores
Uno de los cambios más importantes del Decreto-Ley 133 es la desaparición del techo de 100 personas ocupadas que hasta ahora establecía el tamaño máximo de las medianas empresas privadas.
Con la nueva regulación, la clasificación queda establecida de la siguiente manera:
- Microempresas, de una a diez personas ocupadas.
- Pequeñas empresas, de 11 a 35.
- Medianas empresas, de 36 a 100.
- Empresas privadas con más de 100 trabajadores.
En la práctica, la medida abre la puerta a la existencia legal de empresas privadas de mayor tamaño, aunque estas continuarán operando dentro del sistema de regulaciones y controles establecidos por el Estado cubano.
El decreto modifica incluso la denominación del Decreto-Ley 88, que pasa a llamarse «Sobre las micro, pequeñas y medianas empresas y empresas privadas con más de cien (100) trabajadores».
Además, dispone que las referencias a las «mipymes» contenidas en el ordenamiento jurídico cubano sean sustituidas por la nueva denominación.
¿Qué podrán hacer las nuevas empresas privadas?
El Decreto-Ley 133 define estas entidades como unidades económicas con personalidad jurídica destinadas fundamentalmente a producir bienes y prestar servicios.
La norma contempla empresas de propiedad estatal, privada, mixta y de organizaciones políticas, de masas y sociales.
Entre las facultades reconocidas se encuentran gestionar y administrar su patrimonio, definir los productos y servicios que comercializan, operar cuentas bancarias, determinar su estructura y plantilla y establecer los ingresos de sus trabajadores, siempre respetando el salario mínimo establecido legalmente.
También podrán fijar precios de acuerdo con las disposiciones del Ministerio de Finanzas y Precios y realizar operaciones de comercio exterior directamente cuando cuenten con la autorización correspondiente del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
La ampliación del tamaño permitido para las empresas privadas, por tanto, no supone una liberalización completa de su actividad.
El Estado mantiene regulaciones sobre precios, operaciones bancarias, moneda, comercio exterior y otros aspectos de su funcionamiento.
Obligaciones y controles para el sector privado
La normativa establece además una serie de obligaciones para las entidades económicas, entre ellas registrar sus operaciones mediante cuentas bancarias, comercializar en pesos cubanos salvo las excepciones establecidas legalmente, cumplir las normas sobre uso racional de la energía e implementar sistemas de control interno.
También deberán ajustarse a la legislación sobre comercio electrónico, entregar la información estadística requerida por las autoridades y mantener actualizados sus datos en el Registro Mercantil.
La combinación de nuevas facultades con mecanismos de supervisión refleja el modelo de apertura limitada aplicado por las autoridades cubanas al sector privado, cuyo crecimiento ha sido permitido en los últimos años mientras el Estado conserva amplias facultades regulatorias.
Una medida anunciada desde junio
La eliminación del límite de 100 trabajadores había sido anunciada en junio por el régimen cubano como parte de un conjunto de reformas dirigidas a modificar las reglas bajo las que funcionan los actores económicos no estatales.
Entre los cambios anunciados entonces figuraban también la eliminación de la restricción que impedía a una misma persona ser propietaria de varias mipymes o cooperativas no agropecuarias, una reducción de las actividades prohibidas para el sector privado y la simplificación de determinados trámites para la creación y transformación de empresas.
También se plantearon derechos de usufructo o superficie para actores económicos no estatales y nuevas posibilidades para la importación y comercialización de combustibles, entre otras medidas.
El Decreto-Ley 133 supone ahora la concreción jurídica de una parte de aquellas transformaciones, particularmente la eliminación del límite de trabajadores y el reconocimiento de una categoría empresarial privada por encima del tamaño máximo establecido hasta ahora para las medianas empresas.
Parte del paquete de 176 medidas del régimen
La reforma quedó posteriormente integrada en el paquete de 176 medidas económicas y sociales presentado por el primer ministro Manuel Marrero Cruz ante la Asamblea Nacional el 18 de junio de 2026, durante la Tercera Sesión Extraordinaria de la X Legislatura.
Las autoridades presentaron ese conjunto de medidas como un intento de reordenar la economía cubana, afectada por la caída de la producción, la inflación, la escasez de divisas, los prolongados apagones y el deterioro de los servicios básicos.
El reconocimiento de empresas privadas de mayor tamaño representa un cambio significativo respecto al modelo establecido cuando las mipymes fueron legalizadas en septiembre de 2021, después de más de cinco décadas sin un sector empresarial privado formal de estas características en Cuba.
Desde entonces, los negocios privados han ganado peso en la economía de la isla, particularmente en actividades como el comercio, los servicios, la gastronomía, el transporte y determinadas producciones, en un contexto marcado por las dificultades del deteriorado sector estatal para cubrir las necesidades de la población.
La Gaceta incluye otras normas para los actores económicos
Junto al Decreto-Ley 133, la Gaceta Oficial No. 71 publica tres disposiciones complementarias relacionadas con el funcionamiento de los actores económicos.
La Resolución 98/2026 del Banco Central de Cuba regula el depósito a la vista del capital inicial destinado a la constitución de empresas.
Por su parte, la Resolución 30/2026 del Ministerio de Educación actualiza el procedimiento de control de las actividades desarrolladas por actores económicos no estatales.
La Resolución 2/2026 del Instituto Nacional de Actores Económicos No Estatales regula los procedimientos de creación, fusión, escisión y extinción de mipymes, empresas privadas con más de 100 trabajadores y cooperativas no agropecuarias.
La entrada en vigor de estas disposiciones marca así un nuevo paso en la reconfiguración del sector privado cubano: desaparece una de las principales barreras legales para el crecimiento de las empresas, pero su expansión continúa sujeta a un amplio marco de autorización, regulación y supervisión estatal.
Preguntas frecuentes sobre la eliminación del límite de 100 trabajadores en empresas privadas en Cuba
CiberCuba te lo explica:
¿Qué implica la eliminación del límite de 100 trabajadores para las empresas privadas en Cuba?
La eliminación del límite de 100 trabajadores permite que las empresas privadas en Cuba puedan crecer más allá de ese techo, lo que supone un avance significativo para el sector privado. Sin embargo, estas empresas seguirán sujetas a las regulaciones y controles estatales.
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¿Cómo afecta el Decreto-Ley 133 de 2026 a la clasificación de empresas en Cuba?
El Decreto-Ley 133 redefine las categorías de las empresas en Cuba: microempresas (1-10 personas), pequeñas empresas (11-35), medianas empresas (36-100), y empresas privadas con más de 100 trabajadores. Esto permite un reconocimiento legal y formal de las grandes empresas privadas.
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¿Qué nuevas oportunidades tienen las empresas privadas en Cuba tras este cambio?
Las empresas privadas ahora pueden gestionar y administrar su patrimonio, definir productos y servicios, operar cuentas bancarias, y llevar a cabo comercio exterior con autorización. Sin embargo, deben cumplir con las regulaciones estatales sobre precios, operaciones bancarias y comercio exterior.
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¿Qué regulaciones continúan afectando a las empresas privadas en Cuba?
A pesar de la eliminación del límite de trabajadores, las empresas privadas deben ajustarse a un marco extenso de regulaciones estatales que incluyen la fijación de precios, el uso de cuentas bancarias, el comercio en pesos cubanos, y la entrega de información estadística a las autoridades.
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¿Cómo se integra este cambio en el contexto de las reformas económicas en Cuba?
Este cambio es parte de un paquete de 176 medidas económicas y sociales anunciadas en junio de 2026, que buscan reordenar la economía cubana. Estas reformas incluyen la eliminación de restricciones para el sector privado y una mayor apertura a la inversión y participación privada.
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