Ministerio de Cultura cambia las reglas para contratar y comercializar espectáculos en Cuba

Concierto, imagen de referencia © Facebook / Centro Nacional de Música de Concierto CUBA
Concierto, imagen de referencia Foto © Facebook / Centro Nacional de Música de Concierto CUBA

El Ministerio de Cultura de Cuba aprobó este viernes la Resolución 30/2026, que establece el nuevo Reglamento para la Contratación y Comercialización de las Presentaciones Artísticas de la Música, los Espectáculos Musicales y las Artes Escénicas, publicado en la Gaceta Oficial No. 78 Ordinaria de 2026, en las páginas 170 a 176.

La norma, emitida el 9 de septiembre de 2026, deroga expresamente la Resolución 70 del 19 de septiembre de 2013, que había regido la contratación artística en el país durante más de una década.

El reglamento tiene como propósito, según su Artículo 1, «establecer las normas que rigen la contratación y comercialización de las presentaciones artísticas de las unidades artísticas no subvencionadas de la música y los espectáculos musicales, y de las artes escénicas, en el territorio nacional y en el extranjero».

Sus disposiciones se aplican a los trabajadores de la rama artística y a las entidades de representación artística autorizadas, entre las que figuran las agencias y centros subordinados al MINCULT, la Empresa de Grabaciones y Ediciones Musicales (EGREM), la sociedad mercantil ARTEX S.A., los centros y consejos provinciales de música y artes escénicas, y otras entidades de la Administración Central del Estado expresamente habilitadas.

La resolución distingue dos modalidades contractuales para la comercialización de presentaciones: el contrato de representación artística y el de servicios artísticos.

El contrato de representación artística —suscrito entre la entidad de representación y la unidad artística— debe incluir el nombre artístico del grupo o intérprete, las cuantías de indemnización por incumplimiento injustificado, las causas de terminación por razones técnico-artísticas, y un anexo con la relación completa de integrantes y sus porcentajes de retribución.

Sobre la distribución de ingresos, el Artículo 6 establece que «los porcientos de retribución a la unidad artística se determinan entre el director de la misma y sus integrantes», y que solo pueden modificarse ante cambios de repertorio «debidamente concebido y autorizado por el Consejo Técnico».

La remuneración puede ejecutarse de forma individual a cada integrante de la unidad artística o canalizarse a través de un único miembro, según lo que las partes acuerden en el contrato.

Entre las obligaciones que la norma impone a las entidades de representación artística se encuentran gestionar la promoción y comercialización de las presentaciones, garantizar las condiciones pactadas con los clientes, efectuar la remuneración dentro del plazo acordado y retener el porcentaje correspondiente a ingresos personales antes de realizar el pago.

Por su parte, las unidades artísticas quedan obligadas a realizar sus presentaciones con calidad, respetar las fechas y horarios pactados, e informar con anticipación cuando prevean un posible incumplimiento.

El fundamento jurídico de la resolución es la Ley 189 «Código de Trabajo», aprobada por la Asamblea Nacional el 30 de julio de 2026, cuya Disposición Final Segunda, inciso b), faculta al ministro de Cultura para aprobar el sistema de contratación artística, comercialización y retribución en estas manifestaciones.

La Gaceta No. 78 también recoge las Resoluciones 28/2026 y 29/2026 del MINCULT, sobre modalidades de contrato de trabajo y remuneración de la rama artística y sobre el sistema de evaluación de los trabajadores artísticos, respectivamente, conformando un marco regulatorio integral para el sector cultural cubano.

Preguntas frecuentes sobre la Resolución 30/2026 del Ministerio de Cultura de Cuba

CiberCuba te lo explica:

¿Qué establece la nueva Resolución 30/2026 del Ministerio de Cultura de Cuba?

La Resolución 30/2026 establece el nuevo Reglamento para la Contratación y Comercialización de las Presentaciones Artísticas de la música, los espectáculos musicales y las artes escénicas. Esta norma se aplica tanto en el territorio nacional como en el extranjero y regula las presentaciones de unidades artísticas no subvencionadas.

Publicidad

¿Cuáles son las modalidades contractuales establecidas por la nueva normativa?

La Resolución distingue dos modalidades contractuales para la comercialización de presentaciones: el contrato de representación artística y el de servicios artísticos. En el contrato de representación artística se deben incluir detalles como el nombre artístico del grupo o intérprete y las cuantías de indemnización por incumplimiento injustificado.

Publicidad

¿Cómo se determina la distribución de ingresos según la Resolución 30/2026?

Los porcentajes de retribución a la unidad artística se determinan entre el director de la misma y sus integrantes. Esta distribución puede modificarse ante cambios de repertorio autorizados por el Consejo Técnico, y la remuneración se puede ejecutar de forma individual o canalizarse a través de un único miembro.

Publicidad

COMENTAR

Vídeos relacionados:

Archivado en:

Redacción de CiberCuba

Equipo de periodistas comprometidos con informar sobre la actualidad cubana y temas de interés global. En CiberCuba trabajamos para ofrecer noticias veraces y análisis críticos.






¿Tienes algo que reportar?
Escribe a CiberCuba:

editores@cibercuba.com

+1 786 3965 689


Este artículo ha sido generado o editado con la ayuda de inteligencia artificial. Ha sido revisado por un editor antes de su publicación.



Redacción de CiberCuba

Equipo de periodistas comprometidos con informar sobre la actualidad cubana y temas de interés global. En CiberCuba trabajamos para ofrecer noticias veraces y análisis críticos.

Sigue leyendo 👇

No hay más noticias que mostrar, visitar Portada