
El Tribunal Municipal Popular de Habana del Este condenó este jueves a Anna Bensi —cuyo nombre legal es Ana Sofía Benítez Silvente— y a su madre, Caridad Silvente Laffita, a dos años de limitación de libertad por grabar y publicar en redes sociales un video de un agente de la Policía Nacional Revolucionaria que acudió a su domicilio en Alamar.
El comunicado oficial del tribunal señala que los hechos ocurrieron el 10 de marzo de 2026, cuando el agente llegó al domicilio de ambas para entregarles una citación. Al identificarse y mostrar su carné, Caridad Silvente comenzó a grabarlo, captando su nombre, apellidos, número de identidad, fotografía y dirección de domicilio.
Ana Sofía publicó posteriormente ese video en redes sociales, donde generó miles de comentarios, una parte significativa de los cuales contenía, según el tribunal, «palabras ofensivas, denigrantes y amenazadoras contra el oficial y sus familiares», lo que les habría provocado afectaciones psicológicas.
El régimen calificó los hechos como constitutivos del delito de «actos contra la intimidad personal y familiar, la propia imagen y voz, identidad de otras personas y sus datos», tipificado en el artículo 393 del Código Penal cubano, e impuso a cada acusada una sanción de dos años de limitación de libertad, una pena no privativa de libertad que implica restricciones de movimiento, prohibición de cambiar de residencia sin autorización judicial y obligación de comparecer ante el tribunal cuando se requiera.
El comunicado oficial afirma que «durante el juicio oral se cumplieron con las garantías establecidas en la legislación procesal penal y fueron representadas ambas partes por abogados designados, respetando en todo momento sus derechos constitucionales y el debido proceso». Sin embargo, el acceso al juicio fue extremadamente restringido, con reportes de que apenas un testigo fue autorizado a entrar.
Antes de ingresar al tribunal, Anna Bensi —de 21 años— llegó entre aplausos de simpatizantes y fue contundente: «No es justo», declaró, y añadió que «ninguno de nosotros somos criminales». También afirmó que «no estamos de acuerdo con el sistema político de nuestro país» y pidió que «Cuba sea libre».
El proceso fue presidido por la jueza Zamira Marrero Morgado, señalada por activistas por su participación en causas vinculadas a los juicios del 11 de julio de 2021. El caso había sido inicialmente archivado, pero fue reabierto en julio de 2026 tras una querella interpuesta por el agente afectado. Ambas permanecían bajo arresto domiciliario y con prohibición de salida del país desde el 25 de marzo de 2026.
La organización Cubalex defendió el derecho a grabar a funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones y argumentó que el artículo 393 no debería aplicarse a la actuación de agentes del Estado, advirtiendo que está siendo instrumentalizado para criminalizar la fiscalización ciudadana.
El caso atrajo atención internacional. Los congresistas cubanoamericanos Mario Díaz-Balart, María Elvira Salazar y Carlos A. Giménez expresaron su completo apoyo a las acusadas y exigieron su liberación incondicional. La Embajada de Estados Unidos en La Habana se pronunció el mismo día del juicio con el mensaje «Pensar diferente no es un crimen».
Contra la sentencia dictada, las partes tienen derecho a interponer recurso de apelación ante la Sala correspondiente del Tribunal Provincial Popular de La Habana, a partir del momento en que reciban la notificación por escrito.
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