
La Corte Suprema abre este lunes su período 2026-27 con dos casos clave para los cubanos: deportaciones a terceros países y detención migratoria sin acceso automático a fianza.
Las dos disputas forman parte de los principales asuntos migratorios que afrontará el máximo tribunal durante su nuevo período judicial, informó CBS News.
El primero, DHS v. D.V.D., será debatido el 9 de diciembre de 2026. El segundo, Rhoney v. Barbosa da Cunha, expediente 26-104, fue aceptado por la Corte el pasado 1 de octubre y todavía no tiene fecha para los argumentos orales.
Las decisiones finales podrían conocerse antes del receso de verano de la Corte, previsiblemente hacia finales de junio de 2027.
Deportaciones a países con los que el inmigrante no tiene vínculos
En DHS v. D.V.D., que surge de una demanda colectiva presentada en 2025 por D.V.D. —un inmigrante cubano identificado con un seudónimo autorizado por el tribunal— y otros tres demandantes que buscan impedir su deportación a países distintos de los contemplados en sus órdenes de remoción sin la oportunidad de alegar los riesgos que enfrentarían allí, los jueces deberán examinar la política de la administración Trump que permite deportar inmigrantes a terceros países, incluso cuando no tienen vínculos con el destino escogido.
Uno de los puntos centrales es determinar qué garantías debe recibir el inmigrante antes del traslado, particularmente si debe ser informado con suficiente antelación y tener la oportunidad de alegar que enfrentaría persecución, tortura u otros peligros en el país receptor.
Para los cubanos, la cuestión tiene especial relevancia debido a las dificultades que durante años ha enfrentado Estados Unidos para ejecutar determinadas órdenes de deportación hacia Cuba.
Un informe de Human Rights Watch documentó que 4,353 cubanos fueron deportados a México entre enero de 2025 y marzo de 2026, convirtiéndose en el grupo más numeroso de extranjeros enviados por Estados Unidos a ese país pese a no ser mexicanos.
Casos como los de Arístides Fernández García, deportado a República Centroafricana en julio, y Yasmany Moreno de Armas, enviado al mismo país después de haber llegado a Florida en balsa en 2016, han mostrado el impacto que estos traslados pueden tener sobre personas enviadas a destinos donde no poseen vínculos familiares ni sociales.
«La vida que se vive aquí es bien horrible y bien triste, de todo el trabajo que se pasa y todo el hambre que se pasa aquí en este país», afirmó Moreno de Armas en un video divulgado en septiembre.
El pasado 29 de septiembre, la Corte Suprema suspendió temporalmente una decisión de tribunales inferiores que había impuesto garantías adicionales antes de las deportaciones a terceros países.
La decisión permite que esos traslados continúen mientras el máximo tribunal estudia el fondo del caso, pero no significa que la Corte haya declarado legal la política.
Desde el regreso de Trump a la Casa Blanca, más de 25,000 personas han sido deportadas a terceros países, principalmente México, aunque también a naciones de África, América Latina y otras regiones.
Detención sin fianza: un caso que puede alcanzar a cubanos con I-220A
La segunda disputa, Rhoney v. Barbosa da Cunha, aborda otra cuestión de enorme impacto: si determinados inmigrantes que entraron a Estados Unidos sin haber sido formalmente admitidos pueden permanecer detenidos obligatoriamente durante sus procesos de deportación, sin posibilidad de solicitar fianza ante un juez de inmigración.
El caso surgió después de que la administración Trump modificara en 2025 su interpretación de la ley migratoria y comenzara a considerar a personas que entraron sin inspección como «solicitantes de admisión», incluso cuando llevaban años viviendo dentro del país.
Bajo esa interpretación, quedarían sujetas a una disposición que exige su detención durante el proceso migratorio.
La ACLU, que representa al inmigrante brasileño Ricardo Aparecido Barbosa da Cunha, sostiene que esa interpretación podría afectar a millones de personas que viven dentro de Estados Unidos sin haber sido formalmente admitidas.
El caso puede tener particular importancia para determinados cubanos que entraron sin haber sido formalmente admitidos y posteriormente quedaron bajo custodia de ICE, incluidos algunos que recibieron documentos como la I-220A.
Las detenciones de ciudadanos cubanos por la agencia migratoria aumentaron un 463% entre octubre de 2024 y enero de 2026, según un análisis del Instituto Cato.
En mayo, el Tribunal de Apelaciones del 11.º Circuito, con jurisdicción sobre Florida, Georgia y Alabama, rechazó la interpretación del gobierno en dos casos consolidados y determinó que los inmigrantes no admitidos que son arrestados después de encontrarse ya en el interior de Estados Unidos están, por regla general, bajo una disposición que permite solicitar fianza, salvo aquellos sujetos a otras normas de detención obligatoria.
Ese precedente es especialmente importante para Florida, donde reside una de las mayores comunidades de inmigrantes cubanos del país, y podría quedar confirmado o modificado por la decisión que adopte ahora la Corte Suprema.
Otros tribunales federales también han rechazado la nueva interpretación de la administración, mientras los circuitos Quinto y Octavo se han pronunciado a favor de la posición gubernamental, una división entre cortes que la Corte Suprema deberá resolver.
La decisión determinará, en esencia, si una persona que lleva años dentro de Estados Unidos pero nunca fue formalmente admitida debe permanecer detenida durante su proceso migratorio o puede pedir a un juez que evalúe si corresponde dejarla en libertad bajo fianza.
Para miles de cubanos sometidos a procesos de deportación, la diferencia puede significar pasar meses bajo custodia de ICE o tener la posibilidad de continuar su caso migratorio en libertad.
Estos casos ante la Corte Suprema podrían redefinir las reglas de deportación y detención para miles de migrantes. Sigue todos los detalles en nuestra sección de Inmigración en EE.UU..
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