
El Consejo de Ministros de Cuba publicó este martes en la Gaceta Oficial un decreto que regula las representaciones comerciales extranjeras en la isla, confirmando que las oficinas de representación no pueden importar ni exportar con carácter comercial, ni realizar comercio mayorista o minorista, ni emitir facturas, ni distribuir o transportar mercancías en el territorio nacional.
La norma, suscrita por el primer ministro Manuel Marrero Cruz, es una versión actualizada del Decreto 32 de febrero de 2021 y entra en vigor 30 días después de su publicación en la Gaceta Oficial.
El texto establece una distinción importante entre dos figuras jurídicas: las oficinas de representación, que mantienen las restricciones más severas, y las sucursales, que según el Decreto 183/2026 publicado el 2 de octubre sí pueden importar y exportar con fines comerciales, hacer comercio mayorista, emitir facturas y distribuir mercancías. La única actividad que sigue vedada para las sucursales es el comercio minorista general.
El decreto precisa que tanto las oficinas de representación como las sucursales «no tienen personalidad jurídica propia, ni patrimonio independiente de la entidad extranjera que las establecen», por lo que la casa matriz responde por todas sus obligaciones y deudas ante la ley cubana.
La norma también obliga a estas representaciones a recibir y tramitar emplazamientos judiciales, citaciones y notificaciones de los tribunales cubanos en cualquier proceso en que esté involucrada la empresa extranjera que las establece.
Como parte de la nueva regulación, el decreto crea el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de Cuba, en el que deberán inscribirse todas las entidades que operen bajo estas modalidades.
La licencia de inscripción tendrá una vigencia máxima de cinco años, y las entidades ya activas en la isla contarán con 180 días desde la entrada en vigor del decreto para completar ese trámite.
El régimen justifica la medida señalando que las «transformaciones operadas en el comercio exterior y la experiencia acumulada aconsejan eliminar la dispersión normativa existente» y adecuar las reglas «a los términos y prácticas de uso internacional».
Esta norma se enmarca en el paquete de 176 reformas económicas y sociales aprobadas en junio de 2026, que el propio Marrero Cruz presentó ante la Asamblea Nacional. Según el informe más reciente del gobierno, el 91% de esas medidas —160 de 176— ya está en marcha, respaldadas por 197 normas jurídicas ratificadas.
El paquete de reformas promete liberalizar y descentralizar la economía cubana, pero en la práctica el Estado mantiene el control sobre los puntos decisivos del comercio: licencias, bancos, aduanas, puertos, importadoras, almacenamiento y acceso a divisas.
El sector privado cubano atraviesa además un momento frágil: en 2025 registró su primera reducción histórica de empresas activas desde su legalización en 2021, con 816 cierres netos, mientras el gobierno clausuró decenas de mipymes en un programa de «corrección de distorsiones».
Las entidades extranjeras que operen en Cuba y deban inscribirse en el nuevo registro tienen hasta 180 días tras la entrada en vigor del decreto para regularizar su situación ante la Cámara de Comercio.
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