
El Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba aprobó la Resolución 201/2026, una norma que establece un conjunto de beneficios fiscales para las empresas de Industrias Locales y los talleres que contratan personas en situación de discapacidad, con el objetivo declarado de fomentar su inclusión laboral.
La resolución, firmada el 2 de septiembre por el ministro Vladimir Regueiro Ale, fue publicada este 7 de octubre en la Gaceta Oficial No. 84 Ordinaria de 2026, y entra en vigor este mismo miércoles.
El primer beneficio que establece la norma es una superdeducción del 150% de los gastos por salarios y contribuciones a la seguridad social, aplicable al cálculo del Impuesto sobre Utilidades.
El mecanismo permite a las empresas y talleres restar del cálculo tributario una cantidad mayor a la efectivamente desembolsada, lo que en la práctica abarata el costo de contratar a trabajadores con discapacidad.
En segundo lugar, la resolución fija en 30% el tipo impositivo para el aporte por rendimiento de la Inversión Estatal en las entidades beneficiadas.
El tercer beneficio alcanza directamente a los trabajadores. Quienes se encuentren en situación de discapacidad y laboren en estas entidades verán incrementado en un 50% el mínimo exento aplicable al Impuesto sobre los Ingresos Personales.
La cuarta medida exime del Impuesto sobre las ventas y los servicios a los actores económicos que realicen ventas mayoristas de insumos y materias primas a esas empresas y talleres.
Como contrapartida, esos mismos actores económicos quedan obligados a diferenciar en su contabilidad las operaciones de venta mayorista dirigidas a las entidades beneficiadas, a fin de facilitar el control fiscal.
La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) es la responsable de establecer los mecanismos que garanticen el seguimiento y control de los beneficios otorgados.
La norma se apoya en la Ley 113 «Del Sistema Tributario», de julio de 2012, cuya Disposición Final Segunda faculta al ministro de Finanzas y Precios a conceder exenciones y modificar procedimientos tributarios cuando las circunstancias económicas y sociales lo aconsejen.
En su parte expositiva, la resolución reconoce que las 176 Transformaciones Económicas y Sociales aprobadas por la Asamblea Nacional el 19 de junio de 2026 contemplaban expresamente la necesidad de ampliar los beneficios fiscales para talleres que empleen a personas con discapacidad.
Los talleres especiales de las Empresas de Industrias Locales constituyen históricamente la principal vía de empleo protegido para personas con discapacidad en Cuba, encuadrados en el Programa de Empleo para las Personas con Discapacidad (PROEMDIS), vigente desde 1995.
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