Piden al Tribunal Supremo español sacar a asociación Cubanos por la Democracia del pleito contra la Ley de Nietos

Pasaporte español (Imagen de referencia) © CiberCuba
Pasaporte español (Imagen de referencia) Foto © CiberCuba

El partido extraparlamentario español Iustitia Europa presentó el viernes un escrito ante el Tribunal Supremo solicitando la exclusión del procedimiento judicial sobre la Ley de Nietos de dos asociaciones que defienden a los beneficiarios de esa norma: Cubanos por la Democracia y Ascendientes Españoles en el Mundo.

El argumento central de Iustitia Europa es que ambas entidades carecen de legitimación procesal para intervenir en el litigio.

Según el escrito remitido al Supremo, las asociaciones «no ostentan titularidad alguna» sobre las potestades de la Administración Electoral, ni tampoco «una posición jurídica individualizada frente al acuerdo impugnado».

El partido sostiene además que la controversia gira en torno a los efectos electorales y censales de la Ley de Nietos —no sobre la adquisición de la nacionalidad española—, por lo que «la eventual estimación de su demanda incidiría sobre las obligaciones de fiscalización, revisión, trazabilidad y control de la Junta Electoral Central y de la Oficina del Censo Electoral».

La maniobra busca dejar sin voz ante el Supremo a dos de las principales organizaciones que representan a los cubanos y otros descendientes de exiliados españoles afectados por la suspensión cautelar del voto, en un momento en que el plazo para personarse en el procedimiento vence el 22 de octubre.

Iustitia Europa es el mismo partido que, junto a Vox, recurrió ante el Supremo la instrucción del Ministerio de Justicia de 2022, que presumía la condición de exiliado para todos los españoles que salieron del país entre 1936 y 1955 sin necesidad de acreditarlo documentalmente.

A raíz de esos recursos, el Supremo suspendió cautelarmente en septiembre las altas en el censo electoral de los afectados por la Ley de Nietos.

El 12 de octubre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo rechazó el recurso de la Abogacía del Estado y mantuvo la suspensión, que afecta potencialmente a 163,020 electores inscritos en el Censo de Residentes Ausentes en el Extranjero (CERA). La Fiscalía también había pedido permitir el voto, y el Supremo tampoco atendió esa solicitud.

Es importante subrayar que la suspensión no anula las nacionalidades españolas concedidas ni deroga la Ley de Memoria Democrática: solo restringe cautelarmente los efectos electorales de determinadas inscripciones en el CERA de cara a las elecciones generales del 29 de noviembre. Los nacionalizados por esta vía que residen en España no están afectados.

En paralelo a la petición de exclusión, el frente judicial se ha intensificado en varios frentes. El Centro de Descendientes de Españoles Unidos (Ce.DEU) presentó alegaciones ante el Supremo solicitando el levantamiento de la cautelar, argumentando que la medida discrimina a quienes viven fuera de España frente a otros nacionalizados por la misma ley que residen en el país.

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, fue más lejos e interpuso un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional con solicitud de medidas cautelarísimas para que los afectados puedan votar el 29 de noviembre. Iustitia Europa respondió este sábado con un escrito urgente ante el Constitucional oponiéndose a esa petición.

Mientras tanto, los afectados tienen hasta el 22 de octubre para comparecer ante el Supremo como parte codemandada, con abogado y procurador, según la resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado el 15 de octubre.

Iustitia Europa ha identificado el periodo del 24 al 30 de octubre como crítico, pues está previsto el envío de documentación electoral a los inscritos en el CERA.

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