Acuerdo 5495

Otorgar la Medalla FRATERNIDAD COMBATIVA

Organismo
Consejo de Estado de la República de Cuba
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 1 Extraordinaria Especial de 2017 (2017-01-10)
Páginas
2
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El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Medalla FRATERNIDAD COMBATIVA. Esta norma se emite en virtud de la Constitución y la Ley No. 17 de 1978, que regula el Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos.

Texto íntegro

El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que lehan sido conferidas por el inciso k), del artículo 90 de la Constitución, y la Ley No. 17,de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, haadoptado el siguiente

ACUERDO No. 5495

PRIMERO: Otorgar la Medalla “FRATERNIDAD COMBATIVA”, creada por el De-creto Ley No. 30, de 10 de diciembre de 1979, al Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aéreo de la República Popular China en Cuba,

Primer Coronel JIANLIANG WANG

en reconocimiento por haber contribuido al desarrollo y fortalecimiento de la capaci-dad defensiva de nuestro país, y a la consolidación de los lazos de amistad y fraternidadentre ambas naciones, así como por haber manifestado su especial admiración hacia Cubay su sólido compromiso con la Revolución Cubana.

SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargadode disponer todo lo relacionado con la entrega de esta Medalla al condecorado, enocasión de concluir próximamente su misión en nuestro país.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectos procedentes.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 6 días del mes de octubrede 2016.

Raúl Castro Ruz

Presidente del Consejo

de Estado

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