Acuerdo X-82

Incorporar en el Orden del Día sobre movimientos de cuadros

Organismo
Asamblea Nacional del Poder Popular
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 80 Ordinaria de 2024 (2024-08-26)
Páginas
25–26
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El Acuerdo No. X-82, emitido por la Asamblea Nacional del Poder Popular, regula la incorporación de un nuevo punto en el Orden del Día del Tercer Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, relativo a movimientos de cuadros.

Texto íntegro

GOC-2024-480-O80 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 19 de julio de 2024, correspondiente al Tercer Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: “La Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba”, de 20 de diciembre de 2019, en su

Artículo 92.2 dispone que la inclusión en el orden del día de algún nuevo asunto requiere la aprobación de la mayoría de los diputados.

POR CUANTO: El Presidente de la República ha propuesto la incorporación de un nuevo punto en el orden del día del Tercer Período de Sesiones de la Asamblea Nacional en su X Legislatura, relativo a movimientos de cuadros.

POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribuciones que le están conferidas, ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:ACUERDO NÚMERO X-77

ÚNICO: Incorporar en el Orden del Día para el Tercer Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular en su X Legislatura, a propuesta del Presidente de la República, un punto sobre movimientos de cuadros.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.

DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 19 días del mes de julio del año 2024, “Año 66 de la Revolución”.Juan Esteban Lazo Hernández