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Tribunales de La Habana sancionan con cárcel, decomisos y destierros a incumplidores de medidas por la pandemia

El presidente del Tribunal Provincial Popular de La Habana detalló en conferencia de prensa las principales sanciones que se han impuesto en la capital durante la crisis del coronavirus.

Cubanos con mascarilla en La Habana © CiberCuba
Cubanos con mascarilla en La Habana Foto © CiberCuba

Este artículo es de hace 3 años

Penas de cárcel, decomisos, multas y el destierro de residentes ilegales en La Habana figuran entre las sanciones impuestas por los tribunales de la capital desde el inicio de la crisis del coronavirus en Cuba.

De abril a la fecha, se han abierto procesos por los delitos de actividades económicas ilícitas, especulación y acaparamiento, receptación y apropiación indebida, contra los “coleros”, acaparadores, revendedores y traficantes ilegales de monedas, según informó en conferencia de prensa, Yojanier Sierra Infante, presidente del Tribunal Provincial Popular (TPP).

El 60% de los sancionados han sido condenados a prisión, mientras que el resto fueron requeridos con multas y sanciones subsidiarias en libertad, precisó.

También se han impuesto sanciones accesorias como el decomiso de los bienes ocupados, entre los que se cuentan alimentos y productos de primera necesidad como pollo, aceite, café, detergente, cloro, puré de tomate y leche en polvo.

En algunos casos se han desterrado de la capital -por períodos de 4 y 5 años- a sancionados que residían ilegalmente en La Habana.

Las principales conductas juzgadas en esta etapa de coronavirus en Cuba han sido la venta de turnos en las colas, cuyos precios de tickets oscilan entre 50 CUP hasta 5 CUC; la sobreventa de productos de primera necesidad; y la ocupación de productos de procedencia desconocida, presuntamente para revender.

En La Habana se han radicado causas, además, contra personas que incumplieron las medidas previstas para frenar la propagación de la pandemia, específicamente, por propagación de epidemias, desacato, desobediencia, resistencia y portación y tenencia ilegal de armas.

En estos casos el 70% de los sancionados fueron condenados a prisión, mientras que el resto recibió multas y sanciones subsidiarias en libertad. Aludir desconocimiento de las medidas tras seis meses de pandemia es considerado por el Estado cubano algo “inadmisible”.

Las principales conductas juzgadas por incumplimiento de medidas sanitarias son: no usar el nasobuco en la vía pública, faltar el respeto a los agentes del orden público cuando requieren a un ciudadano por no llevar mascarilla; resistirse a una detención policial; portar armas blancas al momento de las detenciones por no llevar mascarilla; y organizar fiestas en ríos, piscinas o casas particulares.

El presidente del Tribunal Provincial Popular de La Habana aseguró que en todos los procesos los tribunales han obrado respetando el cumplimiento del derecho consagrado en la Constitución de la República en su artículo 94.

“Hemos impartido la justicia de forma individualizada, sin recetas generales, evaluando caso a caso; tomando decisiones según las pruebas practicadas, el hecho probado, las circunstancias, el comportamiento del acusado en ese momento y su conducta anterior, y la afectación económica ocasionada”, aseguró Sierra Infante.

Indicó que durante la pandemia han aplicado para el juzgamiento el artículo 53, inciso e, del Código Penal, que agrava la sanción y establece que “los jueces actuarán con rigor en las funciones penales, teniendo en cuenta que el hecho es cometido aprovechándose de las circunstancias de situación especial que tiene el país”.

En este periodo los tribunales cubanos han suspendido la tramitación de algunos asuntos y se han centrado en los que consideran necesario para el país, que son aquellos relacionados al juzgamiento de delitos cometidos en la actual crisis epidemiológica y económica.

Este objetivo implicó que se dispusiera de cuatro tribunales municipales regionales (Marianao, Plaza de la Revolución, Regla y Diez de Octubre). Además, atienden la tramitación de atestados directos y expedientes de índice de peligro por conducta antisocial.

Otro tema que tratan es la tramitación de procedimientos de Habeas Corpus y la revisión a los términos de los acusados en medida cautelar de prisión provisional, entre otros.

Los procesos más afectados desde que se inició la epidemia fueron los civiles, administrativos y económicos, pues su realización implica la movilidad de varias personas.

Sierra Infante informó además que cuando la actividad judicial vuelva a la normalidad, se le dará prioridad en la tramitación a las causas con acusados en prisión provisional y a los procesos de familia.

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