Este lunes 9 de junio entró en vigor una nueva Proclama Presidencial firmada por Donald Trump que impone restricciones migratorias a ciudadanos de 19 países, incluida Cuba.
El término “travel ban” (prohibición de viajes) se utiliza de manera mediática para describir una medida ejecutiva del gobierno de Estados Unidos que restringe o bloquea la entrada de ciudadanos extranjeros de determinados países. El término se ha popularizado desde la primera presidencia de Donald Trump, cuando se implementaron restricciones similares.
La medida ha despertado preocupación entre miles de cubanos con trámites pendientes o planes de viaje hacia Estados Unidos. Estos son los detalles que debes tener en cuenta antes de viajar.
¿Qué implica la medida para los cubanos?
Cuba fue incluida en el grupo de países con restricción parcial de entrada. Esto significa que ciertos tipos de visas quedan suspendidas, afectando tanto a inmigrantes como a no inmigrantes.
En concreto, los nacionales cubanos no podrán ingresar a EE.UU. con las siguientes visas:
- B-1 (negocios)
- B-2 (turismo)
- B-1/B-2 (turismo/negocios)
- F (estudios académicos)
- M (estudios vocacionales)
- J (intercambio estudiantil o profesional)
¿Quiénes quedan exentos?
La proclama contempla excepciones específicas para los siguientes casos:
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- Residentes permanentes legales (portadores de green card).
- Personas con doble nacionalidad, si viajan con pasaporte de un país no incluido en la lista.
- Titulares de visas diplomáticas y especiales (A, G, C, NATO).
- Familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses con visas IR-1, IR-2 e IR-5 (cónyuge, hijos menores y padres).
- Menores adoptados bajo las categorías IR-3, IR-4, IH-3 e IH-4.
- Beneficiarios de permisos especiales como el Formulario I-512 o autorizaciones PARCIS vigentes.
¿Qué pasa si ya tienes una visa vigente?
Los cubanos con visas válidas emitidas antes del 8 de junio de 2025 podrán ingresar a EE.UU. siempre que no hayan permanecido fuera del estatus legal. Esto incluye las visas B-2 de cinco años otorgadas desde 2023.
No obstante, es importante recordar que la visa no garantiza la entrada al país. La decisión final recae sobre los oficiales migratorios en el puerto de entrada.
¿Se verá afectada la reunificación familiar?
Sí, en parte. Las solicitudes hechas por ciudadanos estadounidenses para cónyuges, hijos o padres están exentas y se procesarán normalmente.
Sin embargo, las reclamaciones de residentes permanentes quedan suspendidas, lo que ha dejado a muchas familias cubanas en una incertidumbre dolorosa.
¿Cuáles son los países con suspensión total de entrada?
Se prohíbe completamente el ingreso de ciudadanos de 12 países a EE.UU., ya sea con visas de inmigrante (residencia permanente) o de no inmigrante (turismo, negocios, estudio, etc.). No se tramitarán nuevas visas en estas categorías, salvo excepciones muy limitadas contempladas en la sección 5 de la proclama (como casos de adopciones, refugiados, o intereses nacionales específicos).
- Afganistán
- Birmania (Myanmar)
- Chad
- República del Congo (Congo-Brazzaville)
- Guinea Ecuatorial
- Eritrea
- Haití
- Irán
- Libia
- Somalia
- Sudán
- Yemen
¿Qué otros países tienen restricción parcial de entrada a EE.UU. como Cuba?
Los siete países con restricción parcial son:
- Burundi
- Laos
- Sierra Leona
- Togo
- Turkmenistán
- Venezuela
- Cuba
La medida no afecta a todos los visados ni a todos los ciudadanos por igual. Existen excepciones, como familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses (visas IR/CR), casos de adopción o personas con doble nacionalidad que viajen con pasaporte de un país no restringido.
¿Habrá más cambios en la política migratoria de Estados Unidos?
La proclamación prevé revisiones cada 90 días para evaluar si los países incluidos han mejorado su cooperación con EE.UU. Esto podría derivar en modificaciones futuras.
Para Cuba, las restricciones están ligadas a su designación como país patrocinador del terrorismo y su negativa a aceptar la repatriación de nacionales deportados.
Café Fuerte informó que la nueva política migratoria representa el mayor obstáculo para los viajes de cubanos a Estados Unidos en cuatro décadas y alerta que se esperan directrices más específicas por parte de las autoridades.
Mientras tanto, se aconseja a los cubanos afectados revisar el período de validez de sus visas y buscar orientación legal si sus planes migratorios podrían verse comprometidos.
El gobierno de Estados Unidos advierte a quienes planeen hacer una estancia mayor a la permitida, que antes de aventurarse a tal decisión, realicen formalmente una solicitud de extensión de visado. Todos los viajeros estarán monitoreados durante su permanencia en el país y si incumplen la ley serán deportados.
Preguntas frecuentes sobre el "Travel Ban" para cubanos y sus implicaciones
¿Qué visas están afectadas para los cubanos con las nuevas restricciones de viaje a EE.UU.?
Las visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J para cubanos están suspendidas bajo la nueva Proclamación Presidencial firmada por Donald Trump. Esto afecta tanto a inmigrantes como a no inmigrantes, limitando significativamente las posibilidades de entrada legal de los cubanos a Estados Unidos.
¿Quiénes están exentos de las restricciones de viaje a EE.UU.?
Están exentos los residentes permanentes legales, personas con doble nacionalidad que viajen con el pasaporte de un país no incluido en la lista, titulares de visas diplomáticas y especiales, y familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses. También se contemplan excepciones para beneficiarios de permisos especiales como el Formulario I-512 o autorizaciones PARCIS vigentes.
¿Qué pasa si un cubano ya tiene una visa vigente para viajar a EE.UU.?
Los cubanos con visas válidas emitidas antes del 8 de junio de 2025 pueden ingresar a EE.UU., siempre que no hayan permanecido fuera del estatus legal. Sin embargo, la entrada no está garantizada, ya que la decisión final es de los oficiales migratorios en el puerto de entrada.
¿Cómo afecta el "Travel Ban" a la reunificación familiar de los cubanos?
La reunificación familiar se ve afectada parcialmente, ya que las solicitudes hechas por ciudadanos estadounidenses para cónyuges, hijos o padres están exentas. Sin embargo, las reclamaciones de residentes permanentes quedan suspendidas, lo que genera incertidumbre para muchas familias cubanas.
¿Qué opciones tienen los cubanos para ingresar a EE.UU. si tienen doble nacionalidad?
Los cubanos con doble nacionalidad pueden ingresar a EE.UU. utilizando el pasaporte de un país no incluido en la lista, siempre que cuenten con una visa válida de ese país. Esta opción puede ser una vía para esquivar las restricciones impuestas por el "Travel Ban".
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