Guardia Costera alerta a los pasajeros de barcos en los cayos de Florida: "Hasta 60 mil dólares de multa"

Guardia Costera alerta a los pasajeros de barcos en los cayos de Florida: "Hasta 60 mil dólares de multa"




Este artículo es de hace 1 año

La Guardia Costera de Estados Unidos advirtió a los pasajeros y operadores de embarcaciones en los Cayos de Florida, sobre los graves riesgos legales y de seguridad de usar barcos sin la debida licencia.

La advertencia se produjo luego de que una tripulación de la Estación Cortez detuviera una operación de charter ilegal en el canal intracostero cerca de la Isla Anna Maria.

Según el comunicado oficial, la embarcación de 24 pies transportaba a nueve pasajeros sin contar con la documentación reglamentaria ni el equipo de seguridad adecuado, incluyendo chalecos salvavidas suficientes.

La Guardia Costera identificó entre las fallas la ausencia de un Certificado de Inspección válido (46 C.F.R. 176.100 (a))., y la insuficiencia de chalecos salvavidas a bordo (46 C.F.R. 180.71).

"Cualquier persona que pague por un viaje en una embarcación de pasajeros debe solicitar ver la credencial de marino mercante del capitán, otorgada por la Guardia Costera. Si el capitán no puede mostrarla, no se suban al barco", advirtió Brian Knapp, jefe de investigaciones del Sector San Petersburgo.

Agregó que los propietarios y operadores de embarcaciones ilegales podrían enfrentar multas civiles superiores a los 60,000 dólares por prestar servicios de transporte de pasajeros sin las debidas licencias.

En los casos en que se viole una orden del Capitán del Puerto, las sanciones podrían alcanzar los 111,031 dólares, enfatizó.

Algunas de las multas específicas incluyen hasta $22,324 por operar sin credencial de marino mercante; hasta $9,086 por no participar en un programa de pruebas de drogas; hasta $5,661 por no tener un Certificado de Inspección válido y hasta $19,324 por no presentar un Certificado de Documentación en embarcaciones de más de cinco toneladas netas.

La Guardia Costera recordó que los arrendamientos de tipo "bareboat" (sin tripulación incluida) deben permitir al cliente elegir libremente al capitán o incluso operar la nave por sí mismo.

Si el cliente no tiene esa opción, entonces el contrato no califica como "bareboat" y está sujeto a las normativas de charter comercial.

VER COMENTARIOS (1)

Archivado en:

Redacción de CiberCuba

Equipo de periodistas comprometidos con informar sobre la actualidad cubana y temas de interés global. En CiberCuba trabajamos para ofrecer noticias veraces y análisis críticos.






¿Tienes algo que reportar?
Escribe a CiberCuba:

editores@cibercuba.com

+1 786 3965 689


Este artículo ha sido generado o editado con la ayuda de inteligencia artificial. Ha sido revisado por un editor antes de su publicación.



Redacción de CiberCuba

Equipo de periodistas comprometidos con informar sobre la actualidad cubana y temas de interés global. En CiberCuba trabajamos para ofrecer noticias veraces y análisis críticos.

Sigue leyendo

Sigue bajando para leer más noticias.

No hay más noticias que mostrar, visitar Portada