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El nuevo anteproyecto del Código del Trabajo en Cuba, en proceso de discusión nacional, incorpora algunas medidas consideradas modernas como la “desconexión digital” y el teletrabajo, pero mantiene la prohibición del derecho a huelga y limita la representación laboral a la Central de Trabajadores de Cuba (CTC), el sindicato único controlado por el Partido Comunista.
La información fue difundida por la agencia EFE, que tuvo acceso al documento de 48 páginas.
Según el medio, el texto comenzó a discutirse este lunes y estará en “consulta” hasta el próximo 30 de noviembre en asambleas obligatorias dentro de los centros laborales, con ponentes designados y presencia de la CTC como ente rector.
Tras este proceso, el anteproyecto deberá ser revisado y aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular, después de recibir la validación del Comité Central del Partido Comunista de Cuba, lo que refuerza el carácter político del trámite y reduce la posibilidad de cambios sustanciales.
Entre las novedades, el código establece por primera vez la obligatoriedad de un seguro de desempleo para el sector privado, que deberán contratar y costear los empleadores de mipymes, cooperativas y negocios particulares.
Estas formas de gestión no estatal han crecido desde la reforma de 2021 y hoy emplean a más de 250,000 personas en todo el país.
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No obstante, el texto no aclara si los beneficios serán equivalentes a los que reciben los trabajadores estatales, ni qué entidad administrará el seguro, lo que genera dudas sobre su alcance real.
Otra novedad es la legalización del teletrabajo, incluso desde el extranjero bajo determinadas condiciones.
La ley exige que los contratos estipulen quién asume los gastos, cómo se supervisa la labor y en qué condiciones se puede revertir el acuerdo.
El anteproyecto plantea que esta modalidad podría favorecer la conciliación familiar, en particular en casos de trabajadores con personas dependientes a su cargo.
El proyecto también introduce el concepto de “desconexión digital”, que garantiza a los empleados el derecho a no ser contactados fuera de la jornada laboral, en días de descanso o durante vacaciones.
Este principio se aplicará tanto a quienes trabajen de manera presencial como a distancia.
El servicio social obligatorio para los recién graduados de la enseñanza superior se reduce de tres a dos años, con la posibilidad de que se cumpla en el sector privado o se suspenda bajo determinadas condiciones.
En cuanto al empleo digno, el texto plantea principios de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor, protección frente al acoso, no discriminación y corresponsabilidad familiar, que amplía las prestaciones de maternidad al padre y a otros familiares.
También reconoce el pluriempleo y limita la jornada laboral a un máximo de trece horas diarias entre todos los empleos de un trabajador.
Sin embargo, aunque el documento habla de “remuneración suficiente para satisfacer necesidades básicas”, no establece mecanismos obligatorios que garanticen ese objetivo.
Los salarios no se vinculan a indicadores macroeconómicos como inflación o costo de vida, ni existe obligación de revisarlos periódicamente mediante negociación colectiva.
El salario mínimo continúa fijado de manera centralizada por el Consejo de Ministros.
El apartado de negociación colectiva amplía formalmente los espacios de participación de los empleados, pero en la práctica refuerza la centralidad de la CTC en todos los procesos, incluida la Asamblea General de Trabajadores y los mecanismos de reclamación laboral.
Históricamente, los líderes de la CTC han pertenecido al Comité Central del Partido Comunista, y el sindicato no se ha caracterizado por defender demandas laborales frente al gobierno.
Al igual que la Constitución de 2019, el anteproyecto no reconoce el derecho a huelga ni la libertad sindical.
Los trabajadores cubanos continúan sin poder afiliarse a organizaciones independientes del Estado, lo que coloca a la isla en clara desventaja frente a los estándares internacionales en materia de derechos laborales.
El nuevo Código del Trabajo será sometido a la Asamblea Nacional en su próxima sesión, tras la aprobación previa del Partido Comunista.
De mantenerse sin cambios, la reforma consolidará un modelo que mezcla algunos conceptos de modernización laboral con un férreo control político sobre el movimiento sindical y la actividad económica en la isla.
Recientemente, el Gobierno de La Habana publicó en su perfil oficial de Facebook otros detalles sobre el anteproyecto, entre ellos la fijación de la edad mínima de contratación en 18 años, la reducción del servicio social a dos años y la ampliación del permiso de viaje al exterior hasta un año.
Además, la iniciativa recoge el reconocimiento de la licencia sin sueldo como derecho del trabajador, la prohibición expresa de despidos o limitaciones por embarazo, la posibilidad de apelar medidas disciplinarias y de cuestionar la responsabilidad material ante tribunales, así como la incorporación de la figura del trabajador autónomo sin subordinados.
También se anunció la creación de un seguro especial para empleados no estatales en situaciones de epidemias, desastres o apagones prolongados, la definición del concepto de negligencia, la licencia retribuida para cuidadores y la sustitución del criterio de “idoneidad demostrada” por “capacidad demostrada”.
De igual forma, el texto reconoce la prohibición de contratos temporales en labores permanentes, nuevas garantías para personas con discapacidad, la ratificación del papel de la asamblea de trabajadores en las decisiones de las empresas y el traslado de regímenes especiales a la vía judicial, salvo en el caso de las Fuerzas Armadas y el Ministerio del Interior.
A pesar de que el régimen aparentemente "piensa" en los trabajadores cubanos, el día a día evidencia otra realidad. En mayo, organizaciones independientes denunciaron el día primero la sistemática represión laboral en Cuba, en especial contra profesionales de los sectores cultural y educativo, en un contexto donde el único sindicato permitido, la CTC, opera bajo el control del Estado.
El Observatorio de Derechos Culturales (ODC) advirtió que el derecho al trabajo y las garantías laborales en la Isla son vulnerados por medio de “subterfugios paralegales” y con la complicidad de la CTC, que según el organismo actúa como "colaboradora del poder político" en lugar de representar a los trabajadores.
De igual forma, en julio, la Asociación Sindical Independiente de Cuba (ASIC) entregó a la Asamblea Nacional del Poder Popular un extenso pliego de demandas que exige reformas profundas en los ámbitos laboral, económico y político del país.
Bajo el título "Pliego de Demandas por la Libertad Sindical, la Justicia Económica y la Democracia en Cuba", el documento denuncia las violaciones sistemáticas de los derechos laborales y cuestiona la legitimidad del modelo político vigente en la Isla.
Según publicó la organización en su cuenta de X, las exigencias buscan "libertad sindical, justicia económica y democracia, frente a un régimen que reprime derechos y bloquea reformas laborales".
Preguntas frecuentes sobre el nuevo Código del Trabajo en Cuba
¿Por qué el nuevo Código del Trabajo en Cuba no reconoce el derecho a huelga?
El nuevo anteproyecto del Código del Trabajo en Cuba mantiene la prohibición del derecho a huelga, lo cual refuerza el control político del gobierno sobre el movimiento sindical. Esta decisión está alineada con la postura histórica del régimen cubano de no permitir sindicatos independientes ni protestas laborales, manteniendo así un férreo control sobre la actividad económica y laboral en la isla.
¿Qué cambios introduce el nuevo Código del Trabajo en Cuba respecto al teletrabajo?
El nuevo Código del Trabajo legaliza el teletrabajo, incluso desde el extranjero, pero bajo determinadas condiciones. Los contratos deberán especificar quién asume los gastos, cómo se supervisa la labor y en qué condiciones se puede revertir el acuerdo. Esta medida podría favorecer la conciliación familiar, especialmente para trabajadores con personas dependientes a su cargo.
¿Cómo afecta el nuevo Código del Trabajo a los sindicatos en Cuba?
El nuevo Código del Trabajo limita la representación laboral a la Central de Trabajadores de Cuba (CTC), el único sindicato permitido, que está controlado por el Partido Comunista. Aunque amplía formalmente los espacios de participación en la negociación colectiva, en la práctica refuerza la centralidad de la CTC, que históricamente no ha defendido demandas laborales frente al gobierno.
¿Qué establece el nuevo Código del Trabajo en Cuba sobre el seguro de desempleo?
El nuevo Código del Trabajo establece la obligatoriedad de un seguro de desempleo para el sector privado, que deberán contratar y costear los empleadores de mipymes, cooperativas y negocios particulares. Sin embargo, el texto no aclara si los beneficios serán equivalentes a los que reciben los trabajadores estatales, lo que genera dudas sobre su alcance real.
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