
El Consejo de Estado de Cuba aprobó el Decreto-Ley 128, que modifica la Ley 118, «Ley de la Inversión Extranjera», vigente desde 2014, con cambios que flexibilizan la contratación laboral, amplían el acceso a la banca internacional y otorgan mayor autonomía a las empresas con capital foráneo para gestionar sus utilidades.
La norma, firmada el 28 de julio por Juan Esteban Lazo Hernández, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, fue publicada este jueves en la Gaceta Oficial No. 73 Ordinaria de 2026 y entró en vigor de forma inmediata.
El propio texto del decreto justifica la reforma señalando que «las transformaciones económicas y sociales aprobadas hacen necesario actualizar la Ley 118 y su Reglamento, a fin de continuar flexibilizando la gestión de las modalidades de inversión extranjera».
La norma se inscribe en el paquete de 176 transformaciones económicas y sociales aprobadas por la Asamblea Nacional el 19 de junio de 2026, que el régimen presentó como la mayor apertura económica en décadas.
Acceso a la banca internacional
Uno de los cambios más significativos afecta al artículo 25 de la Ley 118.
El nuevo texto establece que las empresas mixtas y los inversionistas nacionales partes en contratos de asociación económica internacional «pueden abrir y operar cuentas en bancos radicados en el extranjero, lo cual notifican al Banco Central de Cuba; así mismo, pueden concertar operaciones crediticias con instituciones financieras extranjeras de acuerdo con las regulaciones vigentes en esta materia».
La Resolución 100 del Banco Central de Cuba, publicada en la misma Gaceta No. 73, desarrolla las regulaciones específicas para la apertura de esas cuentas en el exterior.
Autonomía en el destino de las utilidades
El artículo 29 reformado otorga a los órganos de dirección de las empresas mixtas y de capital totalmente extranjero la facultad de «decidir el destino de las utilidades generadas, incluida la creación de un fondo de estimulación».
Quedan excluidos de esta disposición los contratos de administración hotelera, productiva o de servicios, así como los de prestación de servicios profesionales.
El mismo artículo abre además la posibilidad de que los trabajadores reciban «gratificaciones en divisas, siempre que la modalidad de inversión extranjera las genere».
Contratación laboral directa
Uno de los cambios de mayor alcance se produce en el ámbito laboral.
La Ley 118 original de 2014 exigía contratar trabajadores a través de entidades empleadoras estatales intermediarias.
El nuevo artículo 30.1 modifica ese esquema: los trabajadores cubanos o extranjeros residentes permanentes «pueden ser contratados directamente por las empresas mixtas, las empresas de capital totalmente extranjero o por las partes del contrato de asociación económica internacional, o a través de entidades empleadoras autorizadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social».
El Acuerdo 10443 del Consejo de Ministros y la Resolución 56 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, también publicados en la Gaceta No. 73, complementan esta modificación con las normas de procedimiento aplicables.
El artículo 31.2 añade que, cuando las empresas opten por contratar a través de una entidad empleadora, podrán solicitar la sustitución de un trabajador si consideran que «no satisface sus exigencias en el trabajo».
Derogaciones y plazo para la versión concordada
El decreto elimina los apartados 2 y 4 del artículo 30 y el artículo 32 de la Ley 118, así como el artículo 19 del Decreto 325, «Reglamento de la Ley de la Inversión Extranjera», de 2014.
La Disposición Final Segunda ordena a la ministra de Justicia, Rosabel Gamón Verde, publicar en un plazo de 30 días hábiles una versión «debidamente actualizada, revisada y concordada» tanto de la Ley 118 como del Decreto 325.
Ese plazo comenzó a correr con la publicación de la norma en la Gaceta Oficial No. 73 Ordinaria de 2026, que incluye en total ocho normas vinculadas a la inversión extranjera, el turismo y el comercio exterior.
Preguntas frecuentes sobre la modificación de la Ley de Inversión Extranjera en Cuba
CiberCuba te lo explica:
¿Qué cambios introduce el Decreto-Ley 128 en la Ley de Inversión Extranjera en Cuba?
El Decreto-Ley 128 modifica la Ley 118 de Inversión Extranjera de 2014 con cambios que flexibilizan la contratación laboral, amplían el acceso a la banca internacional y otorgan mayor autonomía a las empresas con capital extranjero para gestionar sus utilidades. Estas modificaciones buscan adaptarse a las transformaciones económicas y sociales aprobadas recientemente en Cuba.
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¿Cómo afecta la reforma a la contratación laboral en Cuba?
La reforma del Decreto-Ley 128 permite por primera vez que los trabajadores cubanos o extranjeros residentes permanentes puedan ser contratados directamente por empresas mixtas o de capital totalmente extranjero, eliminando la obligación de hacerlo a través de entidades empleadoras estatales intermediarias, lo que representa un cambio significativo en el esquema laboral de Cuba.
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¿Qué implica el acceso a la banca internacional para las empresas en Cuba?
Con la modificación de la Ley de Inversión Extranjera, las empresas mixtas y los inversionistas nacionales pueden abrir y operar cuentas en bancos extranjeros sin autorización previa, aunque deben notificar al Banco Central de Cuba. Esto facilita la gestión financiera internacional de las empresas en Cuba.
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¿Qué autonomía tendrán las empresas mixtas en la gestión de utilidades?
El nuevo artículo 29 del Decreto-Ley 128 otorga a las empresas mixtas y de capital totalmente extranjero la facultad de decidir el destino de las utilidades generadas, incluyendo la creación de fondos de estimulación, lo que les permite una mayor autonomía en la gestión de sus recursos financieros.
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¿Qué medidas se han tomado para atraer inversión extranjera en Cuba?
El gobierno cubano ha implementado un conjunto de medidas para atraer inversión extranjera, incluyendo la flexibilización de la gestión financiera, la posibilidad de participación directa de capital extranjero en empresas privadas y cooperativas, y la ampliación de derechos como el uso de derechos de superficie por 99 años. Sin embargo, el régimen mantiene un fuerte control sobre las inversiones, lo que genera dudas sobre la efectividad de estas medidas en atraer capital extranjero.
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