
Las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), las empresas privadas de más de 100 trabajadores y las cooperativas no agropecuarias podrán optar a concesiones para explorar y explotar yacimientos de petróleo y gas en Cuba, según establece una nueva normativa publicada este lunes en la Gaceta Oficial.
La disposición aparece en el Decreto 184 de 2026, que reglamenta el Decreto-Ley 135 «De Petróleo y Gas», aprobado por el Consejo de Estado el pasado 3 de septiembre.
El artículo 13 del Reglamento contempla expresamente que estas modalidades empresariales puedan participar por cuenta propia en actividades de exploración y explotación petrolera, aunque condiciona su autorización al cumplimiento de requisitos técnicos y legales.
Para ello, deberán contar con el aval del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), la intervención de la Oficina Nacional de Recursos Minerales (ONRM) y la correspondiente aprobación estatal.
El ejercicio directo de estas actividades requiere la aprobación del Consejo de Ministros, previa aprobación del Consejo de Estado, por lo que la normativa no supone una autorización automática para las empresas interesadas.
Además, los solicitantes deberán acreditar ante la ONRM su capacidad técnica para desarrollar las operaciones. El propio Reglamento aclara que obtener esa acreditación no garantiza recibir una concesión petrolera.
Las concesiones podrán tener una duración máxima de 30 años, prorrogables por otros 10, y se adjudicarán mediante licitaciones abiertas o, excepcionalmente, restringidas.
Una apertura anunciada anteriormente
La posibilidad de incorporar empresas privadas al negocio petrolero cubano no surge con esta legislación.
El pasado 18 de junio, durante una sesión extraordinaria de la Asamblea Nacional, el primer ministro Manuel Marrero Cruz anunció un paquete de 176 medidas económicas, entre las que figuraba permitir la participación de capital privado y extranjero en la importación y comercialización de combustibles, incluida la red minorista.
Un mes después, el Gobierno dio otro paso con el Decreto 160, publicado el 28 de julio, que modificó las restricciones aplicables al sector no estatal.
Según la información, la extracción de petróleo crudo y gas natural quedó clasificada como una actividad autorizable o condicionada, susceptible de desarrollarse mediante concesiones administrativas y otras modalidades previstas legalmente.
Aquella disposición ya contemplaba que las mipymes privadas y las cooperativas no agropecuarias pudieran ejercer directamente estas actividades con aprobación estatal, dada la importancia estratégica de los recursos.
Posteriormente, el 2 de septiembre, el Consejo de Estado eliminó el límite de 100 trabajadores para las empresas privadas mediante el Decreto-Ley 133, una modificación que permitió reconocer legalmente negocios de mayor tamaño.
La actualización del Decreto-Ley 88, publicada en septiembre, incorporó formalmente esa categoría empresarial, ahora incluida entre las entidades que pueden aspirar a concesiones petroleras.
El nuevo Reglamento desarrolla así una posibilidad contemplada anteriormente, al precisar los procedimientos y requisitos que deberán cumplir las empresas interesadas.
El Estado mantiene la propiedad de los yacimientos
Pese a la participación privada prevista en la legislación, los recursos petroleros no cambian de propietario.
El Decreto-Ley 135 establece que los yacimientos de petróleo y gas son de «propiedad socialista de todo el pueblo», por lo que las concesiones otorgan derechos de exploración y explotación, pero no transfieren su titularidad.
La participación de compañías extranjeras en la industria petrolera cubana tampoco es nueva. En 2015, la australiana Melbana Energy, entonces denominada MEO, firmó un contrato con CUPET para explorar el Bloque 9, en el norte del país.
La actualización normativa llega en medio de una profunda crisis energética, marcada por apagones prolongados, escasez de combustible y una producción nacional insuficiente para satisfacer la demanda.
Aunque el nuevo marco legal establece condiciones para la participación del sector privado, su impacto dependerá de las concesiones que efectivamente autoricen las autoridades y de la capacidad de las empresas para asumir las inversiones y exigencias técnicas de la industria.
El Decreto 184 y el Decreto-Ley 135 fueron publicados en la Gaceta Oficial No. 85 Ordinaria de 2026 y entrarán en vigor el próximo 19 de octubre.
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