Un dato revelado ante el Tribunal Supremo español sacude el debate en torno a la llamada Ley de Nietos: de aproximadamente 1,2 millones de personas que solicitaron la nacionalidad española al amparo de la instrucción de 2022, que entendía por exiliado a todo el que salió de España entre 1936 y 1955, apenas 900 han podido acreditar documentalmente que sus abuelos eran exiliados del franquismo (huyeron de España entre 1936 y 1939), que es lo que se cuestiona judicialmente en estos momentos y el motivo por el que se ha suspendido el derecho a voto de esos nuevos españoles.
Así lo explicó el abogado Julio Rodríguez Pellitero, personado en la causa ante el Supremo, en una entrevista con CiberCuba. Según detalló, fue la propia Abogacía del Estado —en representación del Gobierno español— quien aportó esa prueba a requerimiento del demandante. «El Gobierno, representado por la Abogacía del Estado, ha demostrado, ha aportado prueba porque lo ha requerido el demandante, de que solo 900 nacionalidades, corresponden a nietos de exiliados».
El dato cobra mayor dimensión cuando se contrasta con el total: «De 1,2 millones, solo 900 personas han podido acreditar que sus abuelos eran exiliados», subrayó el letrado.
La razón de esta disparidad es doble. Por un lado, la instrucción firmada en octubre de 2022 por Sofía Puente Santiago, entonces directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, no exigía demostrar el exilio para obtener la nacionalidad: bastaba con acreditar que el abuelo era español. «Si tu abuelo era español, tú podías optar por tu abuelo que era español o demostrar adicionalmente que era exiliado», explicó Rodríguez Pellitero. Por otro lado, probar el exilio implica reunir documentación compleja, frente a un simple certificado de nacimiento del abuelo.
A eso se suma un factor histórico: «El número de exiliados realmente es poco. Porque los exiliados republicanos se fueron básicamente a México, a Cuba, pero no eran demasiados», señaló el abogado.
El 28 de octubre, el Gobierno entregó al Supremo una lista nominal de 163,355 personas cuyos derechos electorales quedaron afectados por la medida cautelar dictada en septiembre, cuando el Supremo suspendió los efectos electorales de unas 170,000 inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) vinculadas a esa instrucción, de cara a las elecciones generales del 29 de noviembre. De esas 163,355 personas, solo 901 expedientes incluían certificación consular que acredita el exilio de un ascendiente.
Este viernes, el Supremo rechazó ampliar la suspensión a los nacionalizados inscritos como residentes en España, por lo que quienes viven y están empadronados en el país podrán votar en noviembre.
Los recurrentes —Iustitia Europa y Vox en procedimientos separados— pretenden la anulación total de la instrucción de 2022, lo que pondría en riesgo la nacionalidad de quienes la obtuvieron por la vía del abuelo español sin ser descendientes de exiliados. Rodríguez Pellitero comprende el argumento, pero advierte sobre sus consecuencias: «Yo entiendo el punto de vista del recurrente. Si un español no se convirtió en español siguiendo el cauce legal adecuado, su voto debe ser nulo. Porque su nacionalidad tiene un vicio». Sin embargo, considera desproporcionado que cuatro años después se pretenda anular el 99,9% de las nacionalidades concedidas, vulnerando el principio de seguridad jurídica.
Cuba es el segundo país con mayor número de afectados, solo por detrás de Argentina. Más de 350,000 cubanos iniciaron trámites de nacionalidad española desde 2022, y el Consulado de España en La Habana acumulaba más de 137,700 expedientes pendientes. «Ese es un tema que evidentemente afecta y puede afectar a centenares de miles de cubanos», advirtió el abogado.
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