Acuerdo 3526

Otorgar la Medalla COMBATIENTE DE LA PRODUCCION Y LA DEFENSA

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 1 Extraordinaria Especial de 2003 (2003-01-31)
Páginas
3–4
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Resumen generado por IA

El Consejo de Estado otorga la Medalla 'COMBATIENTE DE LA PRODUCCION Y LA DEFENSA' a militares con más de 20 años de servicio ejemplar en las Fuerzas Armadas Revolucionarias. La norma es emitida por el Consejo de Estado.

Texto íntegro

ACUERDO NUMERO 3518

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PRIMERO: Otorgar la Medalla “COMBATIENTE DE LA PRODUCCION Y LA DEFENSA" a los compañeros que se relacionan en los Anexos de este Acuerdo que obran en la Secretaría del Consejo de Estado, en reconocimiento a los servicios prestados en las Fuerzas Armadas Revolucionarias con una actitud ejemplar y consecuente trayectoria militar durante más de 20 años, consagrados a los intereses de la defensa de nuestra Patria Socialista, en ocasión de su jubilación y pasar a cumplir otras tareas y funciones que la Revolución les asigne.

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SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla a los condecorados.

DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 9 días del mes de enero del 2003.

Fidel Castro Ruz

Presidente del Consejo

de Estado

El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas y a propuesta del Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, ha adoptado el siguiente