Acuerdo 3529

Otorgar la Medalla COMBATIENTE DE LA PRODUCCION Y LA DEFENSA

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 1 Extraordinaria Especial de 2003 (2003-01-31)
Páginas
3
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El Consejo de Estado otorga la Medalla 'COMBATIENTE DE LA PRODUCCION Y LA DEFENSA' a individuos destacados en actividades de preparación y disposición combativas. La norma es emitida por el Consejo de Estado.

Texto íntegro

ACUERDO NUMERO 3515

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PRIMERO: Otorgar la Medalla “COMBATIENTE DE LA PRODUCCION Y LA DEFENSA” a los compañeros que se relacionan en los Anexos de este Acuerdo que obran en la Secretaría del Consejo de Estado, en reconocimiento a la actitud ejemplar mantenida y a los resultados de "BIEN" y "SOBRESALIENTE" alcanzados en las actividades de la preparación y disposición combativas, en interés de las tropas y fuerzas de las pequeñas unidades de la defensa territorial en su mando o en el marco de su territorio, en los últimos tres años de instrucción, lo cual ha coadyuvado, de manera notable, al desarrollo y fortalecimiento de la capacidad defensiva de nuestro país.

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SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla a los condecorados.

DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 9 días del mes de enero del 2003.

Fidel Castro Ruz

Presidente del Consejo

de Estado

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El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas y a propuesta del Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, ha adoptado el siguiente