Régimen pide hasta siete años de cárcel a dos cubanos por lanzar octavillas en Cienfuegos

La Fiscalía cubana pide cárcel a Yamislan Pozo y Serguey Pozo por lanzar octavillas políticas. El OCDH denuncia represión y defiende que las consignas no incitan a la violencia, sino que expresan ideas políticas.

Cienfuegos, imagen de referencia © Viajes Cuba
Cienfuegos, imagen de referencia Foto © Viajes Cuba

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La Fiscalía cubana solicitó penas de 6 y 7 años de prisión para los ciudadanos Yamislan Pozo Águila (de 24 años) y Serguey Pozo Tagle (de 45 años) por lanzar octavillas con mensajes políticos y grabar su difusión para enviarla fuera del país.

El caso, según denunció el Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH), avanza hacia juicio por el delito de “propaganda contra el orden constitucional” y se originó la madrugada del 10 de febrero de 2025 cuando.

Según el expediente, uno de los acusados esparció panfletos en un espacio público mientras el otro filmaba la acción.

La causa fue tramitada por la Unidad de Instrucción de los Delitos contra la Seguridad del Estado y pasó a la Sala de los delitos contra la seguridad del Estado del Tribunal Provincial.

Captura de Facebook

De acuerdo con el escrito fiscal, las octavillas promovían consignas de “Cuba Primero”, llamaban a “un mañana libre y próspero” y al “Día Cero” como jornada de movilización ciudadana.


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El OCDH, que accedió a la acusación, sostiene que el texto no contiene llamados a la violencia ni a atacar instituciones, por lo que carece de tipicidad penal y su sanción equivaldría a criminalizar una idea o expectativa política.

La organización enmarca el proceso en un patrón de represión sostenida: solo en octubre documentó 198 acciones contra la población civil —29 detenciones arbitrarias y 169 abusos— y, desde enero, 2.660 incidentes para impedir o limitar derechos civiles y políticos.

El expediente describe que Serguey Pozo arrojó las octavillas a las 5:30 am. mientras Yamislan Pozo lo grababa con un celular “con el fin de enviarlo a una persona residente en el exterior”.

Entre las frases reproducidas en la acusación figuran llamados a “juntarnos de una vez en el último esfuerzo” y a que “los cubanos tomaremos las calles para dar comienzo al primer día de una vida plena, digna y justa”.

Para el OCDH, se trata de discurso político protegido por el artículo 54 de la Constitución y por estándares internacionales de libertad de expresión; recuerda además jurisprudencia comparada que protege la crítica política incluso cuando es dura si no incita a la violencia o al odio.

Tras la fase preparatoria, el expediente 122/2025 quedó listo para la vista en sala por delitos contra la seguridad del Estado.

El OCDH pide la liberación inmediata de los acusados y denuncia que la Fiscalía intenta imputar como incitación un contenido que, a su juicio, no genera riesgo concreto e inmediato para el bien jurídico protegido.

En el mismo contexto provincial, el observatorio reportó condenas de 5 y 6 años contra seis personas por “toques de calderos y otros objetos metálicos”, lo que, sostiene, confirma una tendencia a penalizar expresiones de disenso.

Mientras el proceso avanza hacia juicio y quedan por definirse fechas, tribunal y pruebas que se practicarán en la vista oral, el caso de las octavillas se ha convertido en un termómetro del umbral de tolerancia del sistema penal frente a la protesta pacífica: para la acusación, las consignas constituyen propaganda contra el orden constitucional; para las organizaciones de derechos humanos, son manifestaciones de pensamiento político cuyo castigo vulnera principios de legalidad y libertad de expresión.

Preguntas frecuentes sobre la represión en Cuba y los juicios por disenso político

¿Por qué el régimen cubano está pidiendo penas de cárcel para Yamislan Pozo Águila y Serguey Pozo Tagle?

La Fiscalía cubana solicita penas de 6 y 7 años de prisión para Yamislan Pozo Águila y Serguey Pozo Tagle por lanzar octavillas con mensajes políticos en Cienfuegos. Los acusan de “propaganda contra el orden constitucional”, alegando que las octavillas promovían consignas como “Cuba Primero” y llamaban a una movilización ciudadana. El Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH) argumenta que el contenido no incita a la violencia y que su sanción representa una criminalización de la expresión política.

¿Qué tipo de represión se está denunciando en Cuba en relación con las protestas pacíficas?

El OCDH denuncia un patrón sostenido de represión del régimen cubano contra la población civil, documentando 198 acciones represivas solo en octubre, incluyendo detenciones arbitrarias y abusos. La represión se dirige especialmente contra expresiones de disenso político, como las protestas pacíficas por servicios básicos, y se penaliza con sanciones desproporcionadas, lo que vulnera derechos civiles y políticos fundamentales.

¿Qué precedentes existen sobre las condenas por protestas en Cuba?

Casos previos muestran un patrón de severas condenas por protestas pacíficas. Por ejemplo, en Encrucijada, Villa Clara, se han pedido hasta 9 años de cárcel para manifestantes que simplemente protestaban contra apagones. Similarmente, en Granma, 16 ciudadanos enfrentan penas de hasta 7 años por protestar pacíficamente por necesidades básicas. Estos procesos reflejan un esfuerzo del régimen de criminalizar el descontento social y limitar las libertades de expresión y manifestación.

¿Qué argumentos utilizan las organizaciones de derechos humanos para defender a los acusados por protestar en Cuba?

Organizaciones como el OCDH y Cubalex sostienen que las acusaciones contra los manifestantes carecen de fundamentos sólidos, señalando que las protestas fueron pacíficas y no presentaron un riesgo concreto para la seguridad del Estado. Argumentan que criminalizar estas manifestaciones es una violación de los derechos humanos y del derecho a la libertad de expresión, protegido tanto por la Constitución cubana como por estándares internacionales.

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