El ministro de Economía y Planificación, Joaquín Alonso Vázquez, explicó este jueves en el programa oficialista Mesa Redonda los detalles del nuevo sistema de gestión, control y asignación de divisas en Cuba.
El programa fue aprobado mediante el Decreto-Ley 113 del Consejo de Estado y está regulado por resoluciones del propio ministerio y del Banco Central de Cuba (BCC).
Durante su intervención, Alonso Vázquez reiteró que no trabajan para "dolarizar la economía" y afirmó que el objetivo del nuevo sistema es ordenar las operaciones en divisas, mejorar su control y regular las formas lícitas de acceso a moneda extranjera dentro del país.
En este sentido, el ministro subrayó: “No queremos acceder a las divisas a todo costo”.
¿Cuáles son las fuentes lícitas de obtención de divisas para el régimen?
El ministro detalló que las formas autorizadas para obtener divisas dentro del nuevo sistema incluyen:
- Ingresos por exportaciones.
- Comercio electrónico con pagos desde el exterior.
- Créditos y financiamientos externos.
- Pre financiamientos de proyectos.
- Donativos desde el exterior, "como los que acaban de hacerse para los damnificados del huracán Melissa", ejemplificó.
- Financiamientos de organizaciones internacionales.
- Operaciones en la Zona Especial de Desarrollo del Mariel (ZEDM).
- Pagos electrónicos entre actores económicos cubanos.
- Ventas a comercializadoras en divisas.
- Asignaciones centralizadas por el gobierno.
- Otras que se definan por la autoridad competente. En esta última señaló que es una forma de flexibilizar la norma. “La ventana está abierta porque pueden aparecer otras fuentes”, dijo Alonso Vázquez.
El ministro aseguró que el Decreto-Ley 113 busca incrementar los ingresos en divisas a través de exportaciones e inversión extranjera, hacer más eficiente la gestión, el control y la asignación de las divisas en la economía nacional, regular la operatoria en divisas mediante cuentas en moneda libremente convertible (MLC) y las Asignaciones de Capacidad de Acceso a la Divisa (ACAD).
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Además tienen el objetivo de precisar las transacciones internas autorizadas en divisas y definir fuentes de acceso lícitas, algo que al parecer se les fue de las manos durante el período de gestión económica del ministro anterior.
Uno de los temas que más interés tiene para la población es conocer quiénes son los sujetos que están afectados por esta nueva norma en Cuba. El ministro aseguró que "el nuevo sistema no discrimina por tipo de propiedad y abarca tanto a entidades estatales como privadas, así como a personas naturales".
Los actores autorizados son:
- Personas jurídicas cubanas: empresas estatales, mipymes (estatales y privadas), cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, y cualquier entidad formalmente constituida.
- Personas naturales que realizan actividad económica, como trabajadores por cuenta propia, campesinos, artistas y otros.
- Personas jurídicas extranjeras o mixtas: empresas de capital extranjero, contratos de asociación económica internacional, cuerpo diplomático y operadores de la Zona Especial de Desarrollo Mariel (ZEDM).
- Proyectos de Desarrollo Local.
- Proyectos de Cooperación Internacional.
El nuevo esquema presuntamente busca transparentar el flujo de divisas dentro del país y garantizar un acceso controlado, eficiente a esos recursos. Sin embargo, la propuesta recuerda al modelo impulsado por el exministro Alejandro Gil Fernández, recientemente juzgado por corrupción y espionaje.
Gil defendía un sistema similar de “asignación centralizada” de divisas y negaba que las medidas del régimen estuvieran favoreciendo la "dolarización de la economía cubana". En sus discursos también recordaba la compra de barcos de arroz que hace el gobierno cubano y hasta aseguró que eran "dolorosas" para los dirigentes del régimen las medidas económicas que aplicaban, sin apoyo del pueblo.
Otros temas importantes relacionados con el nuevo Decreto-Ley 113
El nuevo marco legal pretende fortalecer el control estatal sobre la circulación de divisas, pero también abrir espacios formales para el sector privado y los actores locales, bajo la supervisión directa del Banco Central y el Ministerio de Economía y Planificación.
El Banco Central de Cuba decidirá quiénes podrán operar en divisas y entre ellos mencionan a las empresas estatales, mipymes, cooperativas, trabajadores por cuenta propia, campesinos, artistas y entidades extranjeras, pero no los ciudadanos sin actividad económica.
Estas entidades podrán abrir cuentas bancarias en divisas para importar, transferir fondos o pagar servicios, siempre con licencia del BCC.
El Ministerio de Economía implementará la Asignación de Capacidad de Acceso a la Divisa (ACAD), que autoriza a empresas estatales a comprar divisas con pesos, pero con restricciones: no es transferible y caduca en 30 días.
Las empresas exportadoras podrán retener hasta el 80 % de sus ingresos en moneda dura, mientras el resto irá a fondos estatales.
El Gobierno asegura que busca “reordenar y transparentar” la economía y fomentar exportaciones, aunque reconoce que la dolarización parcial es inevitable y que, por ahora, la población común seguirá sin acceso directo a divisas ni mejoras inmediatas en su poder adquisitivo.
Preguntas frecuentes sobre la nueva ley de gestión, control y asignación de divisas en Cuba
¿Qué busca el nuevo sistema de gestión de divisas en Cuba?
El nuevo sistema busca ordenar y regular las operaciones en divisas, mejorar su control y definir las formas lícitas de acceso a moneda extranjera dentro del país. Además, se pretende incrementar los ingresos en divisas a través de exportaciones e inversión extranjera y hacer más eficiente la gestión de esas divisas en la economía nacional.
¿Cuáles son las fuentes lícitas de obtención de divisas según el nuevo sistema?
Las fuentes lícitas incluyen ingresos por exportaciones, comercio electrónico con pagos desde el exterior, créditos y financiamientos externos, pre financiamientos de proyectos, donativos desde el exterior, financiamientos de organizaciones internacionales, operaciones en la Zona Especial de Desarrollo del Mariel (ZEDM), pagos electrónicos entre actores económicos cubanos, ventas a comercializadoras en divisas, asignaciones centralizadas por el gobierno y otras definidas por la autoridad competente.
¿Quiénes son los sujetos afectados por la nueva norma en Cuba?
El nuevo sistema abarca tanto a entidades estatales como privadas, así como a personas naturales. Los actores autorizados incluyen personas jurídicas cubanas, personas naturales que realizan actividad económica, personas jurídicas extranjeras o mixtas, proyectos de desarrollo local y proyectos de cooperación internacional.
¿Qué implica la legalización de cuentas en divisas para actores no estatales?
La legalización permite a actores no estatales abrir cuentas bancarias en divisas, lo que les facilita importar, pagar servicios y realizar extracciones y transferencias. Esto incluye a micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), cooperativas, trabajadores por cuenta propia, artistas, creadores y productores agropecuarios, y personas naturales con tarjetas magnéticas y acceso a fondos del exterior.
¿Cómo afecta este decreto-ley a la economía cubana?
El decreto-ley institucionaliza la dolarización parcial de la economía cubana, creando un marco legal para la gestión y circulación de divisas. Esto reconfigura el sistema monetario al permitir la coexistencia de monedas extranjeras junto al peso cubano, lo que podría generar una economía segmentada donde solo quienes acceden al dólar pueden operar con mayor flexibilidad y competitividad.
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