La dictadura cubana lanza una ley para quedarse con las divisas del comercio electrónico



CiberCuba te lo explica aquí

Imagen de referencia Foto © CiberCuba / ChatGPT

El Consejo de Ministros de Cuba publicó este 25 de febrero de 2026 en la Gaceta Oficial el Acuerdo 10216, una regulación que pone en la mira a todas las plataformas de comercio electrónico que operan con pagos en divisas desde el exterior. Aunque fue adoptado el 27 de agosto de 2025, el régimen esperó seis meses para hacerlo público, una demora que por sí sola revela el cálculo político detrás de la medida.

Este acuerdo es, para muchos emprendedores, un tiro desesperado del Gobierno contra las pymes, justo cuando el sector privado se había convertido en el único barco que aún navegaba en medio del naufragio de la economía cubana.

Plataformas como SuperMarket23, Cuballama, Cubamax, DimeCuba, Cubatel Market, MallHabana, EnviosCuba, CompreMarket, y más de una docena de tiendas similares que permiten a la diáspora cubana enviar alimentos, medicinas y productos básicos a sus familias en la isla, quedan ahora bajo la amenaza directa de este marco regulatorio.

Lo que realmente busca el Acuerdo 10216

Detrás del lenguaje burocrático, el objetivo es transparente: capturar las divisas que fluyen a través del comercio electrónico y que hoy escapan al control directo del Estado cubano.

El Acuerdo establece que el Banco Central de Cuba decidirá quién puede recibir pagos desde el exterior, otorgándole al régimen un interruptor sobre quién opera y quién no. Obliga a todas las plataformas a inscribirse en registros estatales, someterse a supervisión fiscal total y registrar sus sistemas ante el Ministerio de Comunicaciones. Pero el punto más revelador es la exigencia de que los ingresos del comercio electrónico sean "enrutados como prioridad hacia cuentas en bancos cubanos." En otras palabras, la dictadura quiere que cada dólar que la diáspora gasta en alimentar a sus familias pase primero por sus manos.

Además, el Acuerdo prohíbe directamente la venta de bienes a entidades extranjeras para que estas los comercialicen a beneficiarios en Cuba, atacando frontalmente el modelo de negocio de la mayoría de las plataformas que operan desde fuera de la isla, que es precisamente donde reside la confianza del consumidor cubano en el exilio.

Y como remate, los tributos deben pagarse en divisas, no en pesos cubanos. El régimen no quiere su tajada en moneda nacional devaluada; quiere dólares.

La prueba de que las tiendas online no son del régimen

Durante años ha circulado el argumento de que estas plataformas son negocios del régimen o de testaferros disfrazados. Este Acuerdo desmonta esa narrativa por completo.

Si estas tiendas fueran del Estado o estuvieran controladas por él, esta regulación no existiría. No sería necesario obligarlas a registrarse en múltiples organismos gubernamentales, a abrir sus libros ante la administración tributaria ni a cumplir regulaciones de ciberseguridad del Ministerio del Interior. Ya estarían integradas al aparato estatal.

Lo que el Acuerdo 10216 demuestra es que la dictadura esta observando cómo un flujo significativo de divisas circulaba por canales que no controla. Y eso le resultó intolerable.

El absurdo legal: cumplir con La Habana puede violar la ley en Estados Unidos

El Acuerdo 10216 presenta una contradicción que roza lo absurdo y que podría convertirlo en letra muerta para las plataformas que operan desde Estados Unidos — que son la mayoría.

Las regulaciones de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de EE.UU. prohíben a cualquier persona o empresa bajo jurisdicción estadounidense realizar transacciones financieras que beneficien al gobierno cubano, sus fuerzas armadas o entidades vinculadas al aparato estatal. GAESA, CIMEX y FINCIMEX — el conglomerado militar que controla buena parte de la economía cubana — figuran en la lista de entidades restringidas del Departamento de Estado, reinstaurada por la administración Trump en enero de 2025 con 237 entidades. El Banco Central de Cuba es, por definición, una institución del gobierno.

Y el contexto actual hace la contradicción aún más flagrante. Desde su regreso al poder, la administración Trump ha endurecido drásticamente las sanciones contra Cuba: redesignó la isla como Estado Patrocinador del Terrorismo, reemitió el memorándum presidencial NSPM-5 que amplía las restricciones sobre entidades militares y gubernamentales, y en enero de 2026 declaró una emergencia nacional con respecto a Cuba mediante la Orden Ejecutiva 14380. Washington está en su momento de máxima presión contra el régimen cubano.

En este escenario, lo que el Acuerdo 10216 exige — canalizar los ingresos del comercio electrónico hacia el sistema bancario estatal cubano y someterse a la autorización del Banco Central — podría constituir una violación directa de las sanciones estadounidenses. Las penalidades por incumplimiento de OFAC no son menores: hasta 10 años de prisión, multas de hasta un millón de dólares para empresas y 250,000 dólares para individuos.

La política de Estados Unidos ha sido consistente en un punto, tanto bajo administraciones demócratas como republicanas: las transacciones autorizadas deben beneficiar al sector privado independiente cubano, no al aparato estatal. El Acuerdo 10216 pretende exactamente lo contrario.

Pero el problema no se limita a las sanciones comerciales. El Acuerdo exige que las plataformas proporcionen a la administración tributaria cubana "mecanismos informativos, de acceso y supervisión" sobre sus operaciones, y que cumplan regulaciones de ciberseguridad dictadas por el Ministerio del Interior — el MININT, el aparato represivo de la dictadura. En la práctica, esto significa entregar a un Estado designado como Patrocinador del Terrorismo datos de transacciones financieras, información personal de clientes estadounidenses (nombres, direcciones, montos de compra) y acceso a sistemas internos de las plataformas. Para una empresa con sede en Miami, esto podría violar no solo las regulaciones de OFAC sino también las leyes federales y estatales de protección de datos y privacidad del consumidor, incluyendo la legislación de privacidad de Florida.

En la práctica, el régimen está pidiendo a empresas con cuentas en bancos estadounidenses y clientes que pagan con tarjetas Visa y Mastercard, que canalicen dinero hacia las arcas del Estado cubano y le entreguen sus bases de datos. Cumplir con La Habana significaría violar la ley en Washington. Las plataformas se verían obligadas a elegir entre someterse a la dictadura y exponerse a sanciones federales, o ignorar el Acuerdo y arriesgarse a perder la capacidad de operar dentro de Cuba.

Posibles violaciones a leyes de terceros países

La aplicación del Acuerdo 10216 no solo entraría en conflicto con la legislación estadounidense. Varias de las plataformas de comercio electrónico que sirven a la diáspora cubana operan desde Europa — particularmente desde España — y cuentan con usuarios en múltiples jurisdicciones. Para estas empresas, cumplir con las exigencias de La Habana podría acarrear violaciones legales en cadena.

En la Unión Europea, el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) prohíbe la transferencia de datos personales a terceros países que no garanticen un nivel adecuado de protección. Cuba no cuenta con una decisión de adecuación de la Comisión Europea — ni remotamente podría obtenerla, dado que los criterios exigen respeto al estado de derecho, a los derechos humanos y la existencia de autoridades de supervisión independientes. Entregar datos de usuarios europeos al Ministerio del Interior cubano o a la administración tributaria de la dictadura constituiría una transferencia ilegal de datos personales bajo el GDPR, con multas que pueden alcanzar los 20 millones de euros o el 4% de la facturación global de la empresa.

El agravante es que el Acuerdo no pide datos a cualquier organismo: los exige el MININT a través de sus regulaciones de ciberseguridad y la administración tributaria del régimen. Entregar "mecanismos informativos, de acceso y supervisión" a la policía política de una dictadura va más allá de un problema de cumplimiento normativo: pone en riesgo directo la seguridad de los usuarios. Un cubano en la isla que recibe envíos del exterior, un exiliado que compra regularmente para su familia — todos quedarían expuestos ante un aparato de inteligencia que persigue y encarcela disidentes.

Para plataformas que operan en Canadá, las leyes de privacidad federales (PIPEDA) imponen restricciones similares sobre transferencias internacionales de datos. En cualquier jurisdicción con un marco mínimo de protección de datos, la exigencia cubana plantea el mismo problema: un gobierno sin garantías de derechos fundamentales, sin supervisión independiente y con un historial documentado de represión política no puede ser receptor legítimo de datos personales de ciudadanos extranjeros.

El régimen perdió este negocio por incapaz

Conviene recordar cómo se llegó hasta aquí. Las tiendas en divisas (las antiguas TRD, Cimex, Panamericana) fueron durante décadas el monopolio del Estado cubano para captar las remesas de la diáspora. El negocio era redondo: la familia en el exterior enviaba dólares y el gobierno vendía productos importados con márgenes enormes a través de sus cadenas estatales.

Pero el régimen fue incapaz de mantener ese negocio. Las tiendas estatales en MLC (Moneda Libremente Convertible) se convirtieron en un fiasco: estantes vacíos, productos de pésima calidad, precios inflados y un servicio deplorable. La incapacidad crónica del Estado cubano para gestionar una cadena de suministro básica hizo que la diáspora buscara alternativas. Y las encontró en las plataformas de comercio electrónico operadas por emprendedores cubanos, muchos de ellos mipymes, que lograron lo que el Estado no pudo: ofrecer productos de calidad, con mejores precios y entregas fiables.

Ahora la dictadura recurre a lo único que sabe hacer: legislar para controlar, prohibir y extraer valor del trabajo ajeno. Quiere recuperar por la fuerza lo que perdió por su propia incompetencia.

Lo que viene

El Acuerdo entra en vigor 60 días después de su publicación, es decir, alrededor del 26 de abril de 2026. Quienes ya operan tendrán 30 días adicionales para cumplir con las nuevas exigencias una vez que el Banco Central emita las disposiciones complementarias.

La gran pregunta es si las plataformas que operan desde el exterior se someterán a estas exigencias o si buscarán formas de seguir operando al margen del control estatal.

La desesperación detrás de la ley

Este Acuerdo no se puede entender de forma aislada. Hay que leerlo en el contexto de un régimen que se queda sin oxígeno económico. El suministro de petróleo subsidiado desde Venezuela — durante dos décadas el salvavidas energético de la dictadura — se ha desplomado hasta niveles críticos, al punto de que Cuba ha tenido que suspender el reabastecimiento de combustible en sus propios aeropuertos. El turismo, la otra fuente histórica de divisas, está en caída libre: la crisis energética permanente, la inseguridad, el deterioro de la infraestructura y las restricciones de viaje impuestas por Washington han ahuyentado a los visitantes. Las exportaciones son marginales. La inversión extranjera, inexistente.

En ese escenario de asfixia, el régimen mira hacia el único flujo de divisas que aún funciona — el dinero que la diáspora envía a través del comercio electrónico para alimentar a sus familias — y su respuesta no es facilitar ese ecosistema sino intentar capturarlo. Es la reacción de un gobierno que no sabe generar riqueza, solo confiscarla.

El problema de Cuba no se resuelve con un Acuerdo más en la Gaceta Oficial. Mientras GAESA — el conglomerado empresarial de las Fuerzas Armadas que controla el turismo, las importaciones, las remesas, el comercio minorista y sectores enteros de la economía — mantenga las riendas del país, no hay solución posible. GAESA no es solo un actor económico: es el mecanismo por el cual la cúpula militar extrae riqueza de cada transacción que ocurre en Cuba, desde el hotel donde duerme un turista hasta el paquete de pollo que un exiliado compra para su madre.

Ninguna reforma económica puede funcionar cuando el mismo aparato que debería impulsarla es el principal beneficiario del sistema que la impide. Toda solución real para Cuba pasa, inevitablemente, por desmantelar a GAESA. Mientras eso no ocurra, medidas como el Acuerdo 10216 seguirán siendo lo que siempre han sido: manotazos de ahogado de una dictadura incapaz, tratando de arrebatar al sector privado lo poco que funciona en la economía cubana.

Ver más
VER COMENTARIOS (1)

Archivado en:

Artículo de opinión: Las declaraciones y opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de su autor y no representan necesariamente el punto de vista de CiberCuba.

Luis Flores

CEO y cofundador de CiberCuba.com. Cuando tengo tiempo escribo artículos de opinión sobre la realidad cubana vista desde la perspectiva de un emigrante.






¿Tienes algo que reportar?
Escribe a CiberCuba:

editores@cibercuba.com

+1 786 3965 689


Este artículo ha sido generado o editado con la ayuda de inteligencia artificial. Ha sido revisado por un editor antes de su publicación.




Siguiente artículo:

No hay más noticias que mostrar, visitar Portada