Resolución 288/2018
La Resolución No. 288/2018 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la autorización de renovación de licencia a C.R. TECHNOLOGY SYSTEMS, S.P.A. La norma establece el procedimiento y condiciones para la renovación de la licencia de la sucursal de esta compañía italiana en Cuba.
- Se autoriza la renovación de la licencia a C.R. TECHNOLOGY SYSTEMS, S.P.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- El objeto de la sucursal será realizar actividades comerciales relacionadas con mercancías específicas (capítulos 27, 32, 34, 38, 39, 40, 44, 63, 68, 70, 71, 73, 74, 76, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 90, 91, 94, 96).
- La licencia no autoriza importar y exportar directamente con carácter comercial, realizar comercio mayorista y minorista en general, ni distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
- La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras es responsable del cumplimiento de la resolución.
- La resolución fue emitida por el Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, Rodrigo Malmierca Díaz.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 288/2018
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece el pro-cedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación delicencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la Repúblicade Cuba.
POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie-dades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expedienteincoado en virtud de la solicitud de renovación de la Licencia de la sucursal de la compañíaitaliana C.R. TECHNOLOGY SYSTEMS, S.P.A. y, del análisis efectuado, se ha consideradoacceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptadopor el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia de la sucursal de la compañíaitaliana C.R. TECHNOLOGY SYSTEMS, S.P.A., en el Registro Nacional de Sucur-sales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comer-cio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía italiana C.R. TECHNOLOGYSYSTEMS, S.P.A., en Cuba, a partir de su renovación, será la realización de actividadescomerciales relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial;
b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios,excepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los con-tratos que amparan las operaciones de comercio exterior;
c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socieda-des Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto enla presente Resolución.
COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Ministeriodel Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacionalde Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras adscrito a la Cámara de
Comercio de la República de Cuba, a la Ministra de Finanzas y Precios, a la Presidentadel Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente dela compañía ACOREC, S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, ala Presidenta de la compañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a lostres días del mes de octubre de dos mil dieciocho.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro del Comercio Exterior
y la Inversión Extranjera
ANEXO No. 1
NOMENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZARACTIVIDADES COMERCIALES A C.R. TECHNOLOGY SYSTEMS S.P.A.
| Descripción | | - | | Capítulo 27 Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materiasbituminosas; ceras minerales | | Capítulo 32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materiascolorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas | | Capítulo 34 Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubri-cantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastaspara modelar, "ceras para odontología" y preparaciones para odontología a base de yeso fraguable | | Capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas | | Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas | | Capítulo 40 Caucho y sus manufacturas | | Capítulo 44 Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera | | Capítulo 63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos | | Capítulo 68 Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materiasanálogas | | Capítulo 70 Vidrio y sus manufacturas | | Capítulo 71 Perlas naturales o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos,chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas | | Capítulo 73 Manufacturas de fundición, hierro o acero | | Capítulo 74 Cobre y sus manufacturas | | Capítulo 76 Aluminio y sus manufacturas | | Capítulo 82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común;partes de estos artículos, de metal común | | Capítulo 83 Manufacturas diversas de metal común | | Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes deestas máquinas o aparatos | | Capítulo 85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o repro-ducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y laspartes y accesorios de estos aparatos | | Capítulo 86 Vehículos y material para vías férreas o similares, y sus partes; aparatos mecánicos(incluso electromecánicos) de señalización para vías de comunicación |
| Descripción | | - | | Capítulo 87 Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres; sus partesy accesorios | | Capítulo 90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o preci-sión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos | | Capítulo 91 Aparatos de relojería y sus partes | | Capítulo 94 Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos dealumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadorasluminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas | | Capítulo 96 Manufacturas diversas |
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