Resolución 142

Sobre la clasificación de la demanda del servicio de taxi

Organismo
Ministerio del Transporte
Fecha emisión
2021-04-30
Publicada en
Gaceta No. 53 Ordinaria de 2021 (2021-05-12)
Páginas
17–19
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La Resolución 142/2021 del Ministerio del Transporte regula la clasificación de la demanda del servicio de taxi en Cuba y establece pagos adicionales máximos para trabajadores de agencias de taxi y gestión de pasaje según la modalidad del servicio y la demanda territorial.

Texto íntegro

GOC-2021-488-O53 RESOLUCIÓN 142/2021

POR CUANTO: El Decreto-Ley 17 “De la Implementación del Proceso de Ordena-miento Monetario”, de 24 de noviembre de 2020, establece la unificación monetaria y cambiaria.

POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la aprobación de Precios y Tarifas”, de 25 de noviembre de 2020, establece la nomenclatura de productos y servicios cuyos precios y tarifas en pesos cubanos, se fijan y modifican por el Consejo de Ministros y faculta al Ministro de Finanzas y Precios o en quien este delegue, a aprobar y modificar los precios y tarifas de los productos y servicios que no están relacionados en el Anexo Único del referido Decreto.

POR CUANTO: Por la Resolución 367, de fecha 26 de diciembre de 2020, dictada por el que resuelve, se estableció la demanda del servicio de taxi en el país por territorio, la que requiere ser actualizada a partir de los cambios en los servicios que se asumen por la Em-presa Taxis Cuba y de igual forma derogar la referida Resolución 367.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas en el

Artículo 145, inciso e), de la Constitución de la República de Cuba,

1628 GACETA OFICIAL 12 de mayo de 2021 RESUELVOPRIMERO: Establecer la clasificación de la demanda del servicio de taxi en la modali-dad de alto confort o clásico por territorios, en lo adelante la demanda, como sigue: 1. Demanda alta: la que existe en las provincias La Habana y Matanzas. 2. Demanda media: la que existe en Pinar del Río, Cienfuegos, Villa Clara, Sancti Spíritus, Ciego de Ávila, Camagüey, Holguín y Santiago de Cuba. 3. Demanda baja: la que existe en Artemisa, Mayabeque, Las Tunas, Granma, Guantá-namo y el municipio especial Isla de la Juventud.

SEGUNDO: Aprobar el pago adicional máximo a alcanzar por los trabajadores de las Agencias de Taxi y Agencias de Gestión de Pasaje, en lo adelante, las Agencias, según la modalidad del servicio de taxi que estas realicen y la demanda del territorio donde ra-diquen, según se establece en el Anexo Único a la presente Resolución que forma parte integrante de la misma.

TERCERO: Se deroga la Resolución 367, de fecha 26 de diciembre de 2020, dictada por el que Resuelve.

PUBLÍQUESE esta Resolución en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la presente Resolución en el protocolo de resoluciones a cargo de la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 30 días del mes de abril de 2021, “Año 63 de la Revolución”.Eduardo Rodríguez Dávila Ministro del Transporte ANEXO ÚNICO 1. Para las Agencias de Taxi y Agencias de Gestión de Pasaje que prestan servicio en la modalidad de alto confort o clásico.Cargos y grupos de cargos según su complejidad Pago adicional máximo Demanda alta Demanda media Demanda baja Director de la Agencia 3500,00 3200,00 3000,00 Jefe de Grupo Operaciones, Jefe de Grupo Económico, Jefe de Grupo Técnico Logístico, Especialista B en Gestión Comercial, Especialista B en Gestión Económica, Especialista A del Transporte Automotor 3200,00 2900,00 2700,00 Otros cargos de especialista con requisito de calificación de NS y la totalidad de los cargos de Técnicos con requisito de calificación de NMS. Jefe de Taller Automotor, Mecánico A Automotor, Jefe de Grupo Central de Llamadas, Jefe de Grupo de Control de Flota 3000,00 2700,00 2500,00

1629 GACETA OFICIAL12 de mayo de 20212. Para las Agencias de Taxi y Agencias de Gestión de Pasaje que prestan servicio en la modalidad de regular.Cargos y grupos de cargos según su complejidad Pago adicional máximo Director de la Agencia 3000,00 Jefe de Grupo Operaciones, Jefe de Grupo Económico, Jefe de Grupo Técnico Logístico, Especialista B en Gestión Comercial, Especialista B en Gestión Económica, Especialista A del Transporte Automotor 2700,00 Otros cargos de especialista con requisito de calificación de NS y la totalidad de los cargos de Técnicos con requisito de calificación de NMS. Jefe de Taller Automotor, Mecánico A Automotor, Jefe de Grupo Central de Llamadas, Jefe de Grupo de Control de Flota 2500,00________________