Resolución 166

Autorización de inscripción de oficina de representación de SUMINISTROS OTERO, S.L.

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
2023-05-24
Publicada en
Gaceta No. 50 Ordinaria de 2023 (2023-06-06)
Páginas
12–13
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La Resolución No. 166 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de la compañía española SUMINISTROS OTERO, S.L. en Cuba. La norma se emite en virtud del Decreto 32/2021, que regula el establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba.

Texto íntegro

GOC-2023-480-O50 RESOLUCIÓN 166/2023

POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de represen-taciones comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece las regulaciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de las oficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y de re-presentación en la República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado, en virtud de la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la compañía española SUMINISTROS OTERO, S.L. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del

Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía española SUMINISTROS OTERO, S.L. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía española SUMINISTROS OTERO, S.L. en Cuba, a partir de su inscripción, es la comercialización de productos alimenticios y bebidas en general, así como productos de cosmética y belleza, maquinarias e insumos.

TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio internacional; c) emitir facturas comerciales; ni d) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extran-jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

1053 GACETA OFICIAL6 de junio de 2023

QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desis-timiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá al archivo del expediente incoado. NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio. COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Co-merciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera. DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil veintitrés, “Año 65 de la Revolución”.Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro________________