Resolución 292

Renovación de la sucursal de la compañía rusa Registro de Navegación Marítima de Rusia

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 62 Ordinaria de 2018 (2018-12-24)
Páginas
3–4
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La Resolución No. 292 regula la renovación de la sucursal de la compañía rusa Registro de Navegación Marítima de Rusia en Cuba. Fue emitida por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

Texto íntegro

GOC-2018-1188-O62 RESOLUCIÓN No. 292/2018

POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de la Licencia de la sucursal de la compañía rusa REgiSTRO DE NAv EgACióN MARí TiMA DE RUSiA y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,

R e s u e l v o :PRiMERO: Autorizar la renovación de la sucursal de la compañía rusa Registro de Navegación Marítima de Rusia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba. SEgUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía rusa Registro de Navegación Marítima de Rusia en Cuba, a partir de su renovación, será la realización de actividades relacionadas con la clasificación e inspección de buques de tráfico internacional; emisión de certificados, según lo establecido en los convenios internacionales; asesoramiento de cursos y la tramitación de la obtención de la clase por buques cubanos.

TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza la realización de las actividades siguientes:

1868 GACETA OFICIAL 24 de diciembre de 2018 a) importar y exportar directamente, con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de postventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior; c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. COMUNíQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Ministerio del Comercio Exterior y la inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, a la Ministra de Finanzas y Precios, a la Presidenta del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana general de la República, al Presidente de la compañía ACOREC, S.A., al Director de la Dirección de inmigración y Extranjería, a la Presidenta de la compañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. PUBLíQUESE en la gaceta Oficial de la República de Cuba. ARCHívESE el original de la misma en la Dirección Jurídica del Ministerio.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la inversión Extranjera, a los doce días del mes de octubre de dos mil dieciocho.Rodrigo Malmierca Díaz Ministro del Comercio Exterior y la inversión Extranjera________________