Condenan a líder masónico cubano y otros tres acusados por tráfico ilegal de divisas en La Habana

Ángel Santiesteban Prats © Cubanet
Ángel Santiesteban Prats Foto © Cubanet

Un tribunal habanero condenó este jueves a cuatro miembros de la masonería cubana por supuesto tráfico ilegal de divisas, en un proceso que organizaciones jurídicas califican de persecución política disfrazada de causa penal. Entre los condenados está el escritor y exprisionero político, Ángel Santiesteban Prats, quien actualmente es Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33.

La Sección Penal del Tribunal Municipal Popular de Diez de Octubre dictó sentencia en la Causa 26E de 2026 e impuso penas de entre dos y cuatro años de limitación de libertad a José Ramón Viñas Alonso, Fernando Marcos García, Ángel Lázaro Santiesteban Prats y Osvaldo Ernesto Villegas Digat.

Viñas Alonso, quien ejercía como Muy Poderoso Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33 para la República de Cuba y presidía el Patronato del Asilo Nacional Masónico «Llansó», recibió la pena más severa: cuatro años de limitación de libertad y una multa de 500 cuotas de 50 pesos cada una.

El contador del asilo, Fernando Marcos García, fue sancionado con tres años de limitación de libertad y multa de 500 cuotas de 40 pesos.

Santiesteban Prats y Villegas Digat recibieron cada uno dos años de limitación de libertad y la misma multa de 500 cuotas de 40 pesos.

Como sanciones accesorias, el tribunal impuso a los cuatro condenados la privación de derechos, la prohibición de salir del territorio nacional y la inhabilitación para ejercer sus cargos u oficios.

«Se cumplió todo lo que amenazó la Seguridad del Estado. Ellos dijeron, o se quitan o los quitamos. Yo no he reconocido el delito», dijo Santiesteban Prats al medio independiente CubaNet. Según esa fuente, los oficiales les ofrecieron dejarlos salir del país si se apartaban. De lo contrario, les advirtieron: «Los vamos a llevar a juicio y ustedes saben que los vamos a sancionar».

«Yo lo dije allí, que yo no entendía por qué en todas esas horas que nos habían tenido ahí, no se había podido demostrar en el juicio que yo había cometido un delito. El instructor mintió, dijo cosas que no estaban en mi declaración», agregó el exprisionero político.

Los hechos que motivaron la acusación se reducen a dos operaciones de cambio de divisas realizadas con fondos del asilo: en septiembre de 2023, Viñas Alonso autorizó a Santiesteban Prats a cambiar 49,600 pesos cubanos por 200 dólares pertenecientes a la institución; en junio de 2025, autorizó a Villegas Digat a cambiar 37,500 pesos por otros 100 dólares del asilo. El monto total investigado fue de 300 dólares en casi dos años, a la tasa del mercado informal que utiliza la mayoría de la población cubana.

Según la defensa, el dinero estaba destinado a comprar leche en polvo y suministros básicos para los ancianos que residen en el asilo, una institución fundada en 1918 que atiende actualmente a unas 90 personas mayores.

La organización jurídica Cubalex cuestionó el proceso en un análisis publicado la víspera del juicio, señalando que ambas operaciones fueron registradas formalmente en los libros contables del asilo, lo que descarta cualquier clandestinidad. «La conversión interna de 300 USD en dos años para el mantenimiento de un asilo de ancianos sin fines de lucro no constituye una perturbación al orden socioeconómico o monetario del Estado», señaló.

Cubalex también advirtió que el expediente fue instruido por el Órgano Especializado en la Investigación Criminal de los Delitos Contra la Seguridad del Estado del MININT, y calificó esa decisión como evidencia de motivación política: «Asignar la investigación de un ajuste contable de 300 USD en una entidad benéfica al aparato de Inteligencia y Seguridad del Estado evidencia una clara persecución política e intromisión gubernamental en la autonomía de la Masonería Cubana».

Según la Cubalex, el componente más revelador del proceso es el tratamiento que la Fiscalía dio a Santiesteban Prats, escritor y periodista independiente con décadas de represión documentada. El escrito de acusación incluyó que el acusado «se expresa abiertamente en contra del proceso revolucionario que impera en Cuba» y «no se dedica a ninguna actividad socialmente útil», valoraciones ideológicas que Cubalex calificó como una violación del principio de igualdad ante la ley.

Santiesteban Prats fue elegido Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33 el 26 de septiembre de 2026, apenas semanas antes del juicio, sustituyendo precisamente a Viñas Alonso en el cargo.

Este caso se enmarca en una ofensiva estatal más amplia contra la masonería cubana que se intensificó desde 2024, con congelamiento de cuentas bancarias, anulación de decisiones internas de la organización e imposición de dirigentes afines al régimen.

Contra la sentencia, tanto los condenados como el fiscal tienen derecho a interponer recurso de apelación una vez que les sea notificada por escrito, recurso que deberá resolver la sala correspondiente del Tribunal Provincial Popular de La Habana.

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