Acuerdo 5423
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Medalla POR EL SERVICIO EJEMPLAR EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS. Esta norma regula la concesión de dicha medalla a individuos con más de 20 años de servicio ejemplar en las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
- Otorgar la Medalla POR EL SERVICIO EJEMPLAR EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS a compañeros con más de 20 años de servicio.
- La medalla se otorga en reconocimiento a servicios prestados con actitud ejemplar y consecuente trayectoria militar.
- El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias se encarga de la entrega de la medalla.
- La concesión se relaciona con el Decreto-Ley número 105 de 13 de julio de 1988.
Texto íntegro
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le hansido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución y la Ley número 17 de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adop-tado el siguiente
ACUERDO NÚMERO 5413
PRIMERO: Otorgar la Medalla “POR EL SERVICIO EJEMPLAR EN LAS FUERZASARMADAS REVOLUCIONARIAS”, creada por el Decreto-Ley número 105 de 13 dejulio de 1988, a los compañeros que se relacionan en los anexos de este Acuerdo queobran en la Secretaría del Consejo de Estado, en reconocimiento a los servicios prestadosen las Fuerzas Armadas Revolucionarias con una actitud ejemplar y consecuente trayec-toria militar durante más de 20 años consagrados a la defensa de nuestra Patria Socialista
y de su integridad territorial, en ocasión de su licenciamiento y pasar a desempeñar otrastareas y funciones que la Revolución les asigne.
SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado dedisponer lo relacionado con la entrega de la Medalla a los condecorados.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 4 días del mes de enero de 2016.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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