Resolución 1
La Resolución No. 1 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía panameña GLIOLA, S.A. en Cuba. La norma establece el procedimiento y condiciones para dicha renovación.
- Se autoriza la renovación de la licencia de la sucursal de GLIOLA, S.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- El objeto de la sucursal será la realización de actividades comerciales relacionadas con mercancías de los capítulos 44 y 94 (madera, manufacturas de madera, muebles, etc.).
- La licencia no autoriza a importar y exportar directamente con carácter comercial, realizar comercio mayorista y minorista en general, ni distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
- La sucursal solo puede realizar servicios de posventa y garantía expresamente acordados en los contratos de comercio exterior.
- La encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de la Resolución.
Texto íntegro
GOC-2019-206-O10 RESOLUCIÓN No. 1/2019
POR CUANTO: El Decreto No. 206 “Reglamento del Registro Nacional de Sucursa-les y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, de 10 de abril de 1996, establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancela-ción de licencias de las sucursales y agentes de sociedades mercantiles presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: La encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie-dades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de la licencia de la sucursal de la compañía panameña GLIOLA, S.A. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso a) del artículo 100 de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía panameña GLIOLA, S.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía panameña GLIOLA, S.A. en Cuba, a partir de su renovación, será la realización de actividades comerciales relacionadas con
410 GACETA OFICIAL 7 de febrero de 2019 las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior; y c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTA: La encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
DISPOSICIONES FINALES COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera; a la encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Co-mercio de la República de Cuba; al presidente de la Agencia de Contratación a Represen-taciones Comerciales, S.A.; al director de la Dirección de Inmigración y Extranjería; a la presidenta de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A.; al encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. DESE CUENTA a la ministra de Finanzas y Precios, a la presidenta del Banco Central de Cuba y al jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los catorce días del mes de enero de dos mil diecinueve.Rodrigo malmierca Díaz Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera Anexo no. 1 NOmENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZAR ACTIVIDADES COmERCIALES A GLIOLA, S.A. Descripción Capítulo 44 Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera Capítulo 94 Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas
411 GACETA OFICIAL7 de febrero de 2019